¿Que debe entenderse por la Contabilidad Formal?
¿Quienes estan obligados a llevar la contabilidad formal?
Según el Art. 139 del codigo tributario dice:
Para el caso particular de los comerciantes, encontramos la respuesta en el codigo de comercio que estipula en el Art. 435 inciso 1º
"Para efectos de este código se entiende la contabilidad formal la que, ajustándose consistentemente a uno de los métodos generalmente aceptados por la tecnica contable apropiada para el negocio de que se trate, es llevada en libros autorizados en legal forma."
"El comerciante esta obligado a llevar la contabilidad debidamente organizada de acuerdo con alguno de los sistemas generalmente aceptados en materia de Contabilidad y aprobados por quienes ejercen la función publica de Auditoría."
De lo anterior se deduce otra interrogante: ¿Quienes son comerciantes?, el código de comercio en su Art. 2 dice:
¿Quienes estan obligados a llevar la contabilidad formal?
"Son comerciantes:
I. Las personas naturales titulares de una empresa mercantil, que se llaman comerciantes individuales.
II. Las sociedades que se llaman comerciantes sociales.
De acuerdo con el Art. 139 del código tributario los obligados a llevar la contabilidad formal son los sujetos pasivos que de conformidad a lo establecidos en el código de comercio o en leyes especiales estén obligados a ello. y se amplia la obligación de complementarse la contabilidad con los libros auxiliares necesarios para una mayor claridad de la información.
Los contadores públicos estan facultados para realizar los registros a los libros de contabilidad que deben llevar los comerciantes segun el Art. 17 literal b de la ley Reguladora del Ejercicio de la Contaduria
El código de comercio establece los libros de contabilidad que debe llevar un comerciante en su Art. 435 en su inciso tercero establece.
"El comerciante debe de llevar los siguientes registros contables: Estados Financieros, Diario y Mayor, y los demas que sean necesarios por exigencias contables o por la ley."