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FINES DEL DERECHO

CERTEZA DEL DERECHO

SEGURIDAD Y JUSTICIA

CONCEPTO

Es la previsibilidad por el ciudadano de las consecuencias jurídicas infalibles de sus propios actos y de sus acciones

Principio de certeza

La certeza en Derecho alude a la ausencia de dudas sobre la verdad de lo afirmado, sobre las normas a aplicar, sobre el alcance de las atribuciones de las partes y del juzgador, etcétera, lo que es consecuencia del principio de seguridad jurídica

ACTO Y HECHO JURIDICO

Son los valores jurídicos, fines que el hombre pretende cumplir por medio del Derecho.

La relación de la seguridad con la justicia.

Sirve la primera como base de la segunda y, dentro de los términos relativos en que es posible realizar la seguridad en las sociedades humanas, el límite de ella está determinado siempre por la justicia que aparece, la finalidad inmediata a cumplir, el valor más alto del ordenamiento jurídico

LA JUSTICIA

Platón: una virtud superior y ordenadora de las demás virtudes (que mantendrían una relación armónica),

Aristóteles: Lo justo es lo igual y puesto que lo igual es un medio, la justicia sería el justo medio; proponía una justicia como igualdad proporcional.

Ulpiano expresó que la justicia era la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno lo suyo.

La justicia se entiende como el conjunto de reglas y normas que establecen un marco adecuado para las relaciones entre personas, autorizando, prohibiendo y permitiendo acciones específicas en la interacción de individuos e instituciones

Acto Jurídico:

Es una manifestación de voluntad que se hace con la intención de producir consecuencias de derecho (crear, extinguir, modificar, derechos y obligaciones), las cuales son reconocidas por el ordenamiento jurídico.

Hecho Jurídico.−

Son todos aquellos acontecimientos naturales o del hombre que sin intervenir su voluntad para producir consecuencia de derecho éstas de igual forma se originan.

DERECHO COMO:

La justicia como virtud

Es el hábito de dar a cada uno lo que es suyo.

La teoría de justicia se desdoblan tres tendencias fundamentales:

En un primer momento

La justicia como una cualidad subjetiva: como una virtud o un hábito moral, la expresión del bien absoluto, la santidad, la perfección individual del ser humano.

En un segundo momento

La justicia de forma objetiva: como realización del orden social justo

En un tercer momento

La justicia desde su aspecto ideal: la justicia es el sentimiento que cada uno lleva consigo en cada lugar y en cada época sobre como deben ser los actos humanos y el Derecho.

La justicia como ordenamiento jurídico o conformidad con la ley

Lo que interesa más al Derecho es el punto de vista objetivo de la justicia, esto es, la contemplación del acto justo en sí mismo,

La justicia como ordenación correcta de la sociedad

.

La ordenación de la sociedad conforme a las exigencias de la moral pública

DERECHO COMO VALOR

Es el conjunto de disposiciones que adquieren rango obligatorio y que se encuentran al servicio de valores sociales, además de tener una finalidad axiológicamente respetable.

DERECHO COMO ARGUMENTACIÓN

Es aquel conjunto de normas que se materializan a través del lenguaje, pues éste es el instrumento fundamental del legislador, las palabras diseñan las normas jurídicas.

Una segunda finalidad del derecho es introducir cierto grado de certeza en las relaciones entre los miembros de la sociedad

DERECHO COMO:

CLASES DE JUSTICIA

La finalidad primaria del Derecho es hacer posible la convivencia social pacífica, asegurar la paz y el orden dentro de una sociedad, lo que se llama la seguridad

La justicia particular es la que delimita y armoniza los intereses individuales de la vida social de la comunidad.

Puede ser

  • conmutativa
  • distributiva

La justicia general busca el bien de la sociedad entera. El acto justo consiste en darle a la sociedad lo que le corresponde (Ejemplo: el pago de impuestos orienta la actividad gubernativa hacia el bien común).

La justicia judicial existe cuando el juez tiene que integrar el Derecho ante las lagunas de la ley, haciendo uso de la analogía o de los principios generales del Derecho, con el fin de encontrar una solución justa para el caso concreto.

La justicia social entendida como valor supremo del Derecho, es el conjunto de decisiones, normas y principios considerados razonables por un colectivo social determinado.

La justicia compulsiva, tiene dos manifestaciones:

1) Justicia compensatoria, es la justicia del Derecho privado como reacción frente al hecho dañoso

2) Justicia punitiva que es la justicia del Derecho público, como defensa de la colectividad ante el delito.

SEGURIDAD

Y la tercera finalidad y más importante del Derecho es introducir y mantener la justicia en las relaciones humanas

Concepto de Derecho

DERECHO COMO ORDENAMIENTO

Es aquel conjunto de normas que tratan de regular la conducta humana mediante ordenamientos, permisiones y prohibiciones.

DERECHO COMO FENÓMENO SOCIAL

Aquel ordenamiento Jurídico que nace para el efecto de regular la conducta entre los individuos, como grupo. Y tiene cabida, mientras que se encuentre en una sociedad.

OTROS VALORES

SEGURIDAD SUBJETIVA

Es el temor a la delincuencia, es decir el riesgo percibido.

SEGURIDAD OBJETIVA

La dimensión objetiva del fenómeno de la inseguridad ciudadana se basa en la probabilidad estadística que tienen las personas de ser víctima de alguno o varios tipos de delito, es decir en el riesgo real

Los valores superiores o fundamentales de los fines del derecho lo constituyen:

  • La Justicia
  • El Bien Común
  • Seguridad Jurídica

LA LIBERTAD

La palabra libertad tiene dos significados corrientes que se interrelacionan: libertad como hacer lo que uno desea o quiere (“querer”) y libertad como capacidad de elección (“elegir”). La libertad es la facultad de hacer o dejar de hacer. Si se comprende que la libertad es ante todo, respeto por la libertad ajena, es posible lograr una vida buena.

  • Se refiere fundamentalmente al hombre y a su conducta.

  • No es una ciencia explicativa, que estudie la conducta del hombre, sino una disciplina normativa que prescribe formas de conducta al hombre.

  • No estudia las acciones de los hombres; sino que señala lo que los hombres deben hacer; no resume lo que es sino que prescribe lo que debe ser.

LA IGUALDAD

Es el valor que exige para todos los hombres el mismo respeto, que es el sentimiento moral que reconoce en cada ser humano la misma dignidad, al margen de su raza, religión, credo político, clase social y situación económica o cultural.

No se puede hablar de igualdad sin libertad ni de libertad sin igualdad; los dos son valores inseparables en un Estado democrático de Derecho.

EL ORDEN

  • El orden es la realidad del Derecho y la justicia es el ideal del Derecho; sin orden no hay justicia posible

  • El orden jurídico deriva de este valor, cada norma cumple la función que le corresponde dentro del sistema jurídico.

  • Cada norma cumple el lugar que le corresponde hasta llegar a una norma de carácter mayor, que es la Constitución

PAZ

Hay una interconexión entre paz y orden, este último no lo tenemos si no tenemos paz, la finalidad del orden es la paz.

El orden es la disposición que asigna a las cosas diferentes y a las iguales el lugar que les corresponde.

SEGURIDAD JURIDICA

EL BIEN COMUN

La seguridad jurídica requiere:

a) La existencia de un ordenamiento jurídico estable y consistente.

b) La presunción de conocimiento de la ley.

c) Que la norma sea aplicada a todos los casos semejantes.

d) Que el legislador, al dar leyes, se ajuste estrictamente a los límites formales y materiales señalados en la constitución.

e) Que se respete el principio de legalidad penal.

CONCEPTO

Es la garantía dada al individuo de que su persona, sus bienes y derechos no serán objeto de ataques violentos, y si éstos llegaran a producirse la sociedad les garantiza protección y reparación.

  • El hombre no puede actuar sin tomar en cuenta los factores de tipo colectivo que determinan el campo lícito de la acción personal.

  • No solo el bien común limita y encauza la actividad individual para la consecución de fines egoístas de los hombres

  • Con respecto al Derecho, tiene como objeto regular la actividad individual y permitir la vida en sociedad. La cual busca un fin que es un fin común de todos los integrantes del grupo social.

Las características del bien

  • Es objetivo
  • Deriva de la naturaleza humana.
  • Redunda en provecho de todos.
  • Abarca a todo el hombre.
  • Obliga al Estado.
  • Obliga al ciudadano.

Universidad de las Ciencias y el Arte

de Costa Rica

Materia:

Introducción al Derecho II

Profesor:

Licenciado Javier Gamboa

Integrantes

Luis Mena Martínez

Jonathan Vargas Saenz

Andrey Quiros Vargas

DERECHO Y JUSTICIA

  • Ligado al concepto del Derecho está el del Estado, que es su máximo intérprete.

  • Las funciones de ordenación justa de la sociedad, de garantía y seguridad que al Derecho corresponden, son realizadas a través del Derecho por el Estado.

  • La Justicia es la garantía de nuestros derechos y esa garantía nos la da el Estado.

La seguridad Jurídica requiere:

f) La existencia de un Poder judicial independiente y respetuoso del ordenamiento jurídico vigente.

g) El respeto de la cosa juzgada es una categoría básica de la seguridad jurídica. La cosa juzgada no es otra cosa que el carácter inmutable e irreversible de las sentencias judiciales definitivas.

h) El principio de la irretroactividad de la ley.

i) Existencia de la figura jurídica denominada prescripción.

RELACIÓN ENTRE JUSTICIA, BIEN COMÚN Y SEGURIDAD JURÍDICA

El Derecho tiende a la realización de actos justos, el fin de este es crear conjunto de condiciones que llamamos seguridad jurídica, para así realizar el bien común.

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