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Transcript

Las instituciónes coloniales

Corregimientos

Introducción

Tribunal de la Inquisición

Consejo de Indias

Real Audiencia

Virreinatos

  • Este trabajo trata de las instituciones que hubieron en la época colonial en españa y chile
  • Además les describiremos como vivían en esa época
  • El Real y Supremo Consejo de Indias, conocido simplemente como Consejo de Indias, fue el órgano más importante de la administración indiana (América y las Filipinas), ya que asesoraba al Rey en la función ejecutiva, legislativa y judicial.
  • No tenía una sede física fija, sino que se trasladaba de un lugar a otro con el Rey y su Corte. Este consejo actuaba con el monarca y, en algunas materias excepcionales, actuaba solo.
  • Divisiones del territorio que comprendían una ciudad y su distrito, también son llamados partidos. En Chile existieron 11 corregimientos.
  • Los corregidores fueron elegidos por los gobernadores. Su permanencia en el cargo era de 1 año, aunque algunos lo ejercieron hasta 5 años.
  • Sus funciones eran : presidir el Cabildo, pero sin derecho a voto, administrar justicia por causas criminales, vigilaba el trato que se les daba a los indígenas y fiscalizaban la forma en que los encomenderos cumplían las ordenanzas.
  • Dentro de su titulo tenían el cargo de Justicia Mayor y Jefe Militar dentro de su jurisdicción, como Jefe Militar se le concedió la designación de Capitán y luego de Teniente del Capitán General.
  • Nombres: Maikol Fabián Zepeda Rojas
  • Escarlett Alejandra Araya Gonzalez
  • Betsabel Abigail Cavieres Barraza
  • Fue el más alto tribunal de justicia en Chile, además de ser el máximo organismo político-administrativo de nuestro país. Eran tribunales reales, que estaban integrados por un numero variable de ministros y un fiscal, los cuales eran presididos por el virrey o gobernador.
  • Tenia además, atribuciones judiciales, funciones administrativas, políticas y otras. Dentro de la justicia, la real audiencia se encargaba de los juicios civiles y criminales, exceptuando los fueros eclesiásticos, militares o comerciales.
  • Fue instituido en el año 1569 por el rey Felipe II y quedó a cargo de una orden eclesiástica: los dominicos y en América solo se aplicó en México y Perú.
  • Su principal y única función era moderar las costumbres de la época, es decir, juzgar y procesar todo lo que estuviera fuera de las costumbres normales de la Colonia.

1° Medio E

  • División territorial creada por Carlos I en 1542, la cual estaba a la cabeza del virrey, representante más directo del rey, más alto funcionario en América y tenia la facultad de resolver diversos asuntos como el propio monarca.
  • Tenia los títulos de gobernador y capitán general en su distrito y era el presidente de la Real Audiencia.
  • Sus atribuciones eran amplias: como gobernador administraba el virreinato, como capitán general dirigía el ejercito y la escuadra y presidía la Real Audiencia.
  • Le estaba encomendado desde España y de manera especial el velar por la protección de los indígenas.

Fue fundada alrededor de 1524 por Carlos V. Como institución se formó poco a poco, y ya los Reyes Católicos designan a Juan Rodríguez de Fonseca para estudiar los problemas de la colonización de las Indias con Cristóbal Colón. Al morir Fernando de Aragón se hace cargo de la Corona de Castilla en calidad de regente el Cardenal Cisneros, quien no tenía buenas relaciones con Rodríguez de Fonseca, de tal manera que lo separa de sus funciones y le encarga a dos miembros del Consejo de Castilla: Luis de Zapata y Lorenzo Galindes de Carvajal, para que formen un pequeño consejo, que se pasó a llamar “Junta de Indias”.

  • En 1516 cuando Carlos I se hace cargo de América, continua existiendo esta junta y ya en 1524 pasa a llamarse definitivamente Consejo de Indias. Su primer presidente fue el fray García de Loayza, quien se convertiría después en Arzobispo de Sevilla.
  • Las reformas borbónicas de 1714, con la creación de los ministros de despacho, quitan las atribuciones administrativas y legales del Consejo. En 1717 el Rey Felipe V crea una Secretaría de Marina e Indias, por lo que el Consejo va decayendo hasta que fue suprimido en 1812, luego nuevamente puesto en funcionamiento en 1814, cuando recupera la corona española Fernando VII y definitivamente abolido, como organismo asesor, en 1834.
  • Profesor: Bastián Collao Muñoz

La Corona

  • Quedaban bajo el control de los inquisidores todos aquellos que estuvieran en contra al modelo ideal: los herejes, invocadores del diablo, los judíos, adivinos y hechiceros o todo aquel que tuviera una posición diferente o contraria a la Iglesia. También cabían en esta categoría los infieles, bígamos y frailes corruptos o solicitantes. Esta institución era completamente autónoma frente a las autoridades americanas.
  • En sus funciones administrativas y políticas debía examinar ordenanzas, reglamentos y decretos del virrey o gobernador. En caso de que éste muriera, asumía el oidor más antiguo.
  • Entre sus otras atribuciones se encontraba la vigilancia del cumplimiento del Derecho de Patronato, el cobro y reparto del diezmo, protección de los indígenas, se encargaba de resolver pleitos sobre el goce de encomiendas y estaba autorizada para informar al rey sobre la conducta de las diversas autoridades en América.

Casa de Contratación

Cabildo

  • Fue instituida en el reinado de los Reyes Católicos, bajo un cetro común, la cual terminó de estructurarse como tal en el reinado de Felipe II, uniendo los Reinos Europeos de Aragón, Castilla, Cataluña, Navarra, Valencia, etc. Con los Reinos Americanos de Nueva España, Nueva Granada, Nueva Extremadura, etc.
  • Un pequeño ejemplo de lo expuesto anteriormente

Real Hacienda

Gobernaciones

  • En 1503 se estableció por decreto real la Casa de Contratación de Indias en Sevilla, creada para fomentar y regular el comercio y la navegación con el Nuevo Mundo. Su denominación oficial era Casa y Audiencia de Indias
  • Su origen estuvo durante la época de la Reconquista, pero no tuvo tanta importancia en España como en América.
  • Es el encargado de la administración de la ciudad y de representar y defender los intereses de los vecinos. El Cabildo estaba formado por 2 alcaldes, 6 regidores, 3 oficiales reales y el alguacil mayor.
  • Las sesiones del Cabildo podían ser: Ordinarias o Cabildo Cerrado, en las cuales solo participaban los miembros regulares y trataban asuntos administrativos corrientes como podían ser Extraordinaria o Cabildo Abierto para tratar asuntos de extrema importancia y ella participaba un gran numero de vecinos.
  • La corona, con el fin de proteger la libertad de acción tanto individual como colectiva de sus súbditos americanos, puso a disposición diversos medios para que pudieran hacerse oír por el rey y por sus representantes más cercanos (virreyes, gobernadores, etc.). A la cabeza de esta institución se encontraba el rey, cuya principal función era atender el bien de su comunidad, desde la cual emanaba su poder, sin poder usarlo para su propio beneficio.
  • Este organismo se encontraba bajo la Casa de Contratación y el Consejo de Indias y su principal función fue recibir o percibir el dinero llegado a las arcas reales de las colonias y administrarlo adecuadamente.
  • Sus principales funcionarios eran los tesoreros, contadores y los revisores. Éstos dependían de la Real Audiencia y debían rendir fianza y presentar un inventario acerca de todas sus posesiones para así evitar un enriquecimiento indebido.
  • Esta política financiera estaba regulada por una Junta de Real Hacienda, la cual estaba formada por el gobernador, los oficiales reales, el fiscal de la Real Audiencia y un oidor de la misma.
  • Las cuentas de esta institución debían remitirse cada cierto tiempo a sus dos organismos superiores: Consejo de Indias y Casa de Contratación
  • Estaban a cargo del gobernador el cual poseía las mismas atribuciones del virrey, aunque dependía de éste en ciertos aspectos.
  • Su periodo al mando de la gobernación duraba 3 años, pero si venía directamente desde España podía ejercer el cargo durante 5 años.
  • A pesar de que el gobernador estaba bajo el virrey, podía entenderse directamente con el monarca, si lo encontraba necesario.
  • El gobernador era también capitán general ya que dirigía a las fuerzas militares y era presidente de la Real Audiencia, la cual le servia de Consejo de Gobierno.
  • Sus atribuciones fueron sumamente variadas; funciones administrativas como la construcción de caminos, obras publicas, dictación de ordenanzas, etc.; funciones economicas como la fijación de precios, regulación de la producción, control de profesionales, etc.; funciones judiciales, administrar justicia de primera instancia en lo civil y en lo criminal; funciones políticas, representaba al pueblo frente a las altas autoridades (gobernadores, virreyes, etc.)
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