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Colaborar y cumplir con el Programa para la Prevención de Alteraciones a la Salud del POE
Mantenimiento a equipo y herramientas
Medidas técnicas de control
Recabar información técnica y administrativa que permita
seleccionar las áreas y puestos por evaluar, los procesos de trabajo en los cuales se encuentra el POE y el
método apropiado para medir las vibraciones
La evaluación debe realizarse en cada uno de los diferentes ciclos de exposición del POE, de
acuerdo al reconocimiento.
El patrón debe mantener la documentación del programa con la información registrada durante los
últimos cinco años.
a) evaluación del nivel de exposición a vibraciones
b) programa de capacitación y adiestramiento para el POE
c) vigilancia a la salud
d) medidas técnicas y administrativas de control adoptadas
MARIO OSVALDO
RODRIGUEZ MUÑOZ
LEONARDO
NAVARRETE MARTINEZ
NOM-026-STPS-1998, Colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos
conducidos en tuberías.
1.Objetivo
2. Campo de aplicación
3. Referencias
4. Definiciones
5. Obligaciones del patrón
6. Obligaciones del POE
7. Límites máximos permisibles de exposición a vibraciones
8. Programa para la prevención de alteraciones a la salud del POE
9. Unidades de verificación y laboratorios de pruebas
10. Vigilancia
11. Bibliografía
12. Concordancia con normas internacionales
DEFINICIONES:
Vibraciones en extremidades superiores: fenómeno físico que se manifiesta por la transmisión de
energía mecánica por vía sólida, en el intervalo de frecuencias desde 8 hasta 1600 Hz, a las extremidades
superiores del POE.
Personal Ocupacional mente Expuesto (POE): trabajadores que en el desempeño de sus actividades
laborales están expuestos a vibraciones.
Para efectos de la presente Norma se establecen las siguientes definiciones:
Cuerpo entero: todo el cuerpo del trabajador.
Nivel de Exposición a Vibraciones (NEV): aceleración promedio de las vibraciones, referida al tiempo
de exposición del trabajador.
Autoridad del trabajo; autoridad laboral
Establecer los límites máximos permisibles de exposición y las condiciones mínimas de seguridad e
higiene en los centros de trabajo donde se generen vibraciones que, por sus características y tiempo de
exposición, sean capaces de alterar la salud de los trabajadores.
Extremidades superiores: dedos, manos, muñecas y antebrazos del trabajador
Ciclo de exposición: intervalo de tiempo de alguna actividad específica del proceso de trabajo donde
está presente el personal ocupacional mente expuesto.
Vibraciones en cuerpo entero: fenómeno físico que se manifiesta por la transmisión de energía
mecánica por vía sólida, en el intervalo de frecuencias desde 1 hasta 80 Hz, al cuerpo entero del POE.
Banda de tercio de octava: intervalo entre dos tonos cuya relación es de un tercio de la octava
Vibraciones: movimientos periódicos u oscilatorios de un cuerpo rígido o elástico desde una posición
de equilibrio.