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Transcript

Thank you!

Si tengo la custodia, ¿puedo pedir la suspensión cautelar de las visitas con motivo del "estado de alarma"?

SI, valorando el riesgo de contagio derivado de la movilidad del niño o la niña

Mientras no obtenga esa resolución judicial, ¿cuál es el domicilio legal donde debe estar el o la menor durante el estado de alarma?

Por regla general, es el del padre o madre que tiene la guarda y custodia

En estado de alarma, ¿las personas menores de edad deben regresar a su residencia habitual?

SI, una de las excepciones de desplazamiento justificadas en el Decreto de estado de alarma es el "retorno al lugar de residencia habitual"

¿Está justificado que el progenitor custodio y las hijas e hijos salgan de ese domicilio para cumplir el régimen de visitas?

Se recomienda cumplir con el estado de alarma y permanecer en su residencia habitual

¿Y en caso de custodia compartida?

Se aconseja que en estos casos permanezcan en el domicilio del progenitor en el que se encontrasen cuando se declaró el estado de alarma o, si ya ha habido cambios, en el último domicilio

¿Y si las visitas o las entregas son en un Punto de Encuentro Familiar (PEF)?

Llevar a los hijos o hijas al PEF se considera desaconsejable

¿Me pueden denunciar por incumplir las visitas aunque estemos en estado de alarma?

SI, te pueden denunciar. Aunque debido al estado de alarma, se valorará siempre la buena fe y el interés superior del menor en estas circunstancias excepcionales

¿Tienes una orden de protección y está habiendo quebrantamiento?

Informa a tu abogado/a o agente policial. La actividad NO está suspendida para estos casos de violencia contra la mujer.

¿Tienes el servicio de ATEMPRO y te preocupa si el servicio se prestará con normalidad?

El servicio continúa operando con normalidad

¿Se suspenderá la prestación económica que percibes como víctima de violencia de género?

No, no se suspenderá. Todos los servicios especializados se mantienen activos. Te aconsejamos que consultes sus páginas Web o llames al teléfono que tenías de referencia

Si tenías cita, se pondrán en contacto contigo cuando finalice la situación extraordinaria

Si la cita era para presentar tu solicitud (RAI), puedes hacerlo a través de su sede electrónica

Guía de actuación para mujeres que estén sufriendo

violencia de género en situación de permanencia domiciliaria derivada del estado de alarma por COVID-19

SERVICIOS GENERALES

¿Necesitas información y asesoramiento?

Por teléfono marca 016

Por e-mail: 016-online@mscbs.es

24 hs / 365 días al año

¿Necesitas hablar sobre cómo te encuentras?

¿Necesitas apoyo psicológico?

Aseroramiento jurídico:

de 8:00 a 22:00 todos los días de la semana

682 916 136 / 682 508 507

(Vía WhatsApp)

¿Estás en una situación de emergencia?

112

091 (Policía Nacional)

062 (Guardia Civil)

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Ante una situación de peligro, recuerda:

Si tienes posibilidad, abandona el domicilio y pide ayuda: 112 (emergencias), 091 (policía) o 062 (guardia civil)

Si no puedes salir, busca un lugar seguro en el que resguardarte: ¡Descarga ALERTCOPS!

Si careces de otro hogar donde resguardarte, solicita ALOJAMIENTO TEMPORAL SEGURO

¿Tienes mascota? 673 765 330 es el teléfono de atención para gestionar espacios seguros para los animales

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