Definición del IPH
Formato oficial para la elaboración de reportes policiales que notifiquen a detalle un evento (hecho presuntamente constitutivo de delito y/o falta administrativa) y hallazgos de una actuación policial.
Justificación
- Homologar la información recabada por la Unidad Operativa.
- Derivado de la operación policial conformar una base de datos a nivel nacional que permita la generación de documentos analíticos, estadísticas y mapas delictivos que apoyen a la toma de decisiones en la prevención y combate al delito.
Fundamento
- Articulo 16 párrafo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la obligación de todas las autoridades que llevan a cabo una detención y del ministerio publico que las reciba, de elaborar un registro inmediato de esta.
- Articulo 21 constitucional, establece que la seguridad publica esta a cargo de la federación, el distrito federal, los estados y municipio; estableciendo además, que los tres niveles de gobierno deberán coordinarse entre si y se conformara el sistema nacional de seguridad publica.
- CUIDAR ORTOGRAFIA.
- LLENAR CON LETRA LEGIBLE.
- USAR REDACCION FACIL DE COMPRENDER.
- DESCRIBIR EN ORDEN CRONOLOGICO.
Secciones del IPH
- Datos Generales
- Personas Involucradas
- Medios de Transporte Involucrados
- Drogas Involucradas
- Armas Involucradas
- Objetos Asegurados
- Información Complementaria
- Observaciones del Informe
LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA
Artículo 43.- La Federación, el Distrito Federal y los Estados, establecerán en las disposiciones legales correspondientes que los integrantes de las Instituciones Policiales deberán llenar un Informe Policial Homologado que contendrá, cuando menos, los siguientes datos:
I. El área que lo emite;
II. El usuario capturista;
III. Los Datos Generales de registro;
IV. Motivo, que se clasifica en;
a) Tipo de evento, y
b) Subtipo de evento.
V. La ubicación del evento y en su caso, los caminos;
VI. La descripción de hechos, que deberá detallar modo, tiempo y lugar, entre otros datos.
VII. Entrevistas realizadas, y
VIII. En caso de detenciones:
a) Señalar los motivos de la detención;
b) Descripción de la persona;
c) El nombre del detenido y apodo, en su caso;
d) Descripción de estado físico aparente;
e) Objetos que le fueron encontrados;
f) Autoridad a la que fue puesto a disposición, y
g) Lugar en el que fue puesto a disposición.
El informe debe ser completo, los hechos deben describirse con continuidad, cronológicamente y resaltando lo importante; no deberá contener afirmaciones sin el soporte de datos o hechos reales, por lo que deberá evitar información de oídas, conjeturas o conclusiones ajenas a la investigación.
Operatividad
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