CUAL ES SU FINALIDAD EN EL SGSSS ?
Reglamentar la recolección, transferencia y difusión de la información en el subsistema al que concurren obligatoriamente todos los integrantes del Sistema General de Seguridad Social de Salud.
Regular, estandarizar y racionalizar el esfuerzo institucional en la generación de datos e información sobre los servicios de salud prestados
Reglamentan los datos básicos que deben reportar los prestadores de servicios de salud y las entidades administradoras de planes de beneficios sobre los servicios de salud prestados
La contratación incluirá la cobertura por grupo etario, metas, resultados, indicadores de impacto y seguimiento que se verificarán con los Registros Individuales de Prestación de Servicios (RIPS). (Art.11 ley 1438/2011
DE DONDE SALEN
LO DATOS DE LOS RIPS ?
Las fuentes de estos datos son las Facturas de Venta de Servicios y las Historias Clínicas
de los pacientes.
Y POR QUE DE LA HISTORIA CLINICA ?
La Historia Clínica es un documento privado, obligatorio y sometido a reserva, en el cual se registran cronológicamente las condiciones de salud del paciente,
los actos médicos y los demás procedimientos ejecutados por el equipo de salud que interviene en su atención. (Res 1995/99)
Los profesionales, técnicos y auxiliares que intervienen directamente en la atención a un usuario, tienen la obligación de registrar sus observaciones, conceptos, decisiones y resultados de las acciones en salud desarrolladas, conforme a las características señaladas en la presente resolución. (Res 1995/99)
La historia clínica es el registro obligatorio de las condiciones de salud del paciente. Es un documento privado sometido a reserva que únicamente puede ser conocido por terceros previa autorización del paciente o en los casos previstos por la Ley. (Art. 34 Ley 23/1981)
QUE ARCHIVOS COMPONEN LOS RIPS ?
Los tipos de archivos son los siguientes:
CT = Archivo de control
AF = Archivo de las transacciones : Se relacionan las Facturas
US = Archivo de usuarios de los servicios de salud: se reportan los usuarios atendidos
AD = Archivo de descripción agrupada de los servicios de salud prestados
AC = Archivo de consulta: Se Reportan todas las consultas hechas por las IPS (Medico, Enfermera, Odontologa, etc)
AP = Archivo de procedimientos: Se reportan todos los Procedimientos ( Laboratorio, RX, Ecografias, QX, Partos)
AH = Archivo de hospitalización: Se reportan las Hospitalizaciones
AU = Archivo de urgencias: Se Reportan las Observaciones de urgencias
AN = Archivo de recién nacidos: Se reprotan los Nacimientos en la IPS
AM = Archivo de medicamentos: Se relaciona los medicamentos ustilizados o suministrados en la IPS
AT = Archivo de otros servicios: Se reportan otras Actividades (Ambulancias, estancas, ect)
QUE PASA SI LOS DATOS DE LOS RIPS CONTIENEN ERRORES ?
Artículo 116. Sanciones por la no provisión de información. Los obligados a
reportar que no cumplan con el reporte oportuno, confiable, suficiente y con la calidad mínima aceptable de la información necesaria para la operación del sistema de monitoreo, de los sistemas de información del sector salud, o de las prestaciones de salud (Registros Individuales de Prestación de Servicios), serán reportados ante las autoridades competentes para que impongan las sanciones a que hubiera lugar. En el caso de las Entidades Promotoras de Salud y prestadores de servicios de salud podrá dar lugar a la suspensión de giros, la revocatoria de la certificación de habilitación. En el caso de los entes territoriales se notificará a la Superintendencia Nacional de Salud para que obre de acuerdo a su competencia. (Ley 1438/2011)
QUE SIGNIFICA CIE 10 ?
C lasificacion
I internacional
E enfermedades
10 revisión
Cual es la Relación de RIPS y CIE 10 ?
En los Archivos
AC Consultas ( todas)
AU Urgencia con Observación
AH Hospitalización
AN Nacidos
AP Procedimientos QX
Los cuales se deben diligenciar Diagnostico conforme a las reglas de validacion
Quien Coloca las Reglas de Validación
Y como son ?
Las reglas están en Un Documento
que se llama....
DONDE SE GENERAN MAS INCONSISTENCIAS ?
En el Archivo de Consulta
En las Areas de:
Consulta Ambulatoria
Consulta de Urgencias
Cuales son las Inconsistencias ?
- CAUSA EXTERNA NO CONCUERDA CON EL DX
- FINALIDAD DE LA CONSULTA NO CONCUERDA CON LA CAUSA O DX
- DIAGNOSTICO NO CORRESPONDE CON LA CAUSA EXTERNA
- TIPO DE DIAGNOSTICO NO CORRESPONDE CON EL DIAGNOSTICO
FINALIDAD DE LA CONSULTA
La consulta puede ser realizada al usuario con fines de resolución de problemas
de salud (diagnóstico y terapéutico) o de promoción de la salud y prevención de la enfermedad (de detección temprana o protección especifica)
Los valores en la finalidad son:
01 ATENCION DEL PARTO
02 ATENCION DEL RECIEN NACIDO
03 ATENCION EN PLANIFICACION FAMILIAR
04 DETECCION DE ALTERACIONES DE C Y D
05 DETECCION DE ALTERACIONES DEL JOVEN
06 DETECCION DE ALTERACIONES DEL EMBARAZO
07 DETECCION DE ALTERACIONES DEL ADULTO
08 DETECCION DE ALTERACIONES DE AGUDEZA VISUAL
09 DETECCION DE ENFERMEDAD PROFESIONAL
10 NO APLICA
Los valores de 01 a 09 corresponden a una finalidad de PROMOCION Y PREVENCION
La finalidad 10 corresponde a una finalidad RESOLUTIVA, es decir:
Cuando un paciente acude al médico porque se siente enfermo, presenta alguna sintomatología o ha sido víctima de un evento de causa externa, tales como accidentes, maltrato, agresión, violencia
REGLA DE VALIDACION
1-Que la Finalidad exista en la tabla de finalidad
2 - Referencia cruzada: si la finalidad esta en el rango de 01 a 09
El diagnostico principal debe ser un código “Z” y el primer diagnostico
Relacionado puede ser un código correspondiente a una patología o un signo o síntoma
3 - Si la finalidad es 10 el diagnostico no puede ser un código “Z”
TIPO DE DIAGNOSTICO PRINCIPAL
REGLA DE VALIDACION
Si el diagnostico corresponde a códigos que empiezan por
A, B, C, D, E, F, G, H, I, J, K, L, M, N, O, P, Q, S Y T
Debe ser CONFIRMADO, Ya sea nuevo o repetido
Nuevo: (2) si es la primera vez que se hace el DX a ese
Paciente, no solo por el médico que lo atiende en esa consulta
Sino por otros médicos en otro momento e IPS
Repetido: (3) cuando el paciente ya está siendo tratado por ese
Diagnostico
SI EL DIAGNOSTICO CORRESPONDE AL CODIGO “R” EL TIPO DEBE SER
1 ES DECIR IMPRESIÓN DIAGNOSTICA
CAUSA EXTERNA
01 ACC DE TRABAJO
02 ACC DE TRANSITO
03 ACC RABICO
04 ACC OFIDICO
05 OTRO TIPO DE ACC
06 EVENTO CATASTROFICO
07 LESION POR AGRESION
08 LESION AUTOFILGIDA
09 SOSPECHA DE MALTRATO FISICO
10 SOSPECHA DE ABUSO SEXUAL
11 SOSPECHA DE VIOLENCIA SEXUAL
12 SOSPECHA DE MALTRATO EMOSIONAL
13 ENFERMEDAD GENERAL
14 ENFERMEDAD PROFESIONAL
15 OTRA
REGLA DE VALIDACION
Del 01 al 12 Son la causa externas que más interesan para la vigilancia de la salud publica
Si hubieren otras causas externas no contempladas es estas 12 deben seleccionar el valor 15
Otra; y si requieren un mayor precisión en la cuas que origino la atención pueden hacerlo en el
campo de diagnóstico relacionado con los diagnósticos de los capítulo XX letras V a Y
Si algún diagnostico empieza con S o T no se acepta causa externa 13 o 15
CODIGO DEL DIAGNOSTICO PRINCIPAL
SE DEFINE COMO LA AFECCION DIAGNOSTICADA AL FINAL DEL PROCESO DE ATENCION DE SALUD O DE LA CONSULTA
COMO LA CAUSANTE PRIMARIA DE LA SOLICITUD DE ATENCION DEL PACIENTE
SI NO HAY NINGUN DIAGNOSTICO SE SELECCIONA EL SINTOMA PRINCIPAL, HALLAZGO ANORMAL O PROBLEMAS MAS IMPORTANTE COMO AFECCION PRINCIPAL CIE 10 Vol 2
RESOLUCION 4505 DE 2012
Por la cual se establece el reporte relacionado con el registro de las actividades de Protección Específica, Detección Temprana y la aplicación de las Guías de Atención Integral para las enfermedades de interés en salud pública de obligatorio
cumplimiento
Es el conjunto de actividades, procedimientos e intervenciones tendientes a garantizar la protección de los afiliados frente a un riesgo específico, con el fin de evitar la presencia de la enfermedad
ENFERMEDADES DE INTERES EN SALUD PUBLICA
- Bajo peso al nacer
- Alteraciones asociadas a la nutrición (Desnutrición proteico calórica y obesidad)
- Infección Respiratoria Aguda (menores de cinco años)
Alta: Otitis media, Faringitis estreptococcica, laringotraqueitis.
Baja: Bronconeumonía, bronquiolitis, neumonía.
- Enfermedad Diarreica Aguda / Cólera
- Tuberculosis Pulmonar y Extrapulmonar
- Meningitis Meningocóccica
- Asma Bronquial
- Síndrome convulsivo
- Fiebre reumática
- Vicios de refracción, Estrabismo, Cataratas.
- Enfermedades de Transmisión Sexual (Infección gonocóccica, Sífilis, VIH/SIDA)
- Hipertensión arterial
- Hipertensión arterial y Hemorragias asociadas al embarazo
- Menor y Mujer Maltratados
- Diabetes Juvenil y del Adulto
- Lesiones preneoplasicas de cuello uterino
- Lepra
- Malaria
- Dengue
- Leishmaniasis cutánea y visceral
- Fiebre Amarilla
Artículo 7. Responsabilidades de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, públicas y privadas. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 1438 de 2011, las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, públicas y privadas, serán responsables de:
DETECCION TEMPRANA
a. Detección temprana de las alteraciones del Crecimiento y Desarrollo (Menores de 10 años)
b. Detección temprana de las alteraciones del desarrollo del joven (10-29 años)
c. Detección temprana de las alteraciones del embarazo
d. Detección temprana de las alteraciones del Adulto (mayor de 45 años)
e. Detección temprana del cáncer de cuello uterino
f. Detección temprana del cáncer de seno
g. Detección temprana de las alteraciones de la agudeza visual
1. Recolectar y reportar a las Empresas Administradoras de Planes de Beneficios, incluidas las de régimen de excepción de salud y a las Direcciones Municipales y Distritales de Salud, el registro por persona de las actividades de Protección Específica, Detección Temprana y la aplicación de las Guías de Atención Integral de las enfermedades de interés en salud pública de obligatorio cumplimiento, según el Anexo Técnico, que hace parte integral de esta Resolución.
(118 VARIABLES)
PROTECCION ESPECIFICA
Es el conjunto de actividades, procedimientos e intervenciones que permiten identificaren forma oportuna y efectiva la enfermedad, facilitan su diagnóstico precoz, el tratamiento oportuno, la reducción de su duración y el daño causado, evitando secuelas, incapacidad y muerte.
a. Vacunación según el Esquema del
Programa Ampliado de Inmunizaciones (PAI)
b. Atención Preventiva en Salud Bucal
c. Atención del Parto
d. Atención al Recién Nacido
e. Atención en Planificación Familiar a hombres y mujeres
RIPS
CIE 10
RES 4505
DEFINICION DE RIPS
-Es el conjunto de datos mínimos y básicos que el Sistema General de Seguridad Social en Salud requiere para los procesos de dirección, regulación y control, y como soporte de la venta de servicio, cuya denominación, estructura y características se ha unificado y estandarizado para todas las entidades a que hace referencia el artículo segundo de la presente Resolución. Los datos de este registro se refieren a la identificación del prestador del servicio de salud, del usuario que lo recibe, de la prestación del servicio propiamente dicho y del motivo que originó su prestación: diagnóstico y causa externa.
Es el conjunto de datos mínimos y básicos que el Sistema General de Seguridad Social en Salud requiere para los procesos de dirección, regulación y control, y como soporte de la venta de servicio, cuya denominación, estructura y características se ha unificado y estandarizado para todas las entidades
Los datos de este registro se refieren a la identificación del prestador del servicio de salud, del usuario que lo recibe, de la prestación del servicio propiamente dicho y del motivo que originó su prestación: diagnóstico y causa externa.
GUIA DE ATENCION
Capacitar a su personal en el registro y soporte clínico relacionado con las
actividades de Protección Específica, Detección Temprana y la aplicación de
las Guías de Atención Integral de las enfermedades de interés en salud
pública de obligatorio cumplimiento.
Es el documento mediante el cual se establecen las actividades, procedimientos e intervenciones a seguir y el orden secuencial y lógico para el adecuado diagnóstico y tratamiento de las enfermedades de interés en salud pública
Son aquellas enfermedades que presentan un alto impacto en la salud colectiva y ameritan una atención y seguimiento especial. Estas enfermedades responden a los siguientes criterios:
1- Eventos de alta frecuencia y severidad que conllevan una alta carga social y económica para el Sistema.
2- Eventos transmisibles o con altas externalidades que pueden afectar rápidamente la salud de grupos de población.
3- Eventos que pueden evitarse con intervenciones de baja complejidad y que generan rápidamente impactos positivos sobre la población