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OIT

Trabajo decente

  • Único órgano de carácter tripartito
  • Encargado de irradiar el tema de Libertad sindical

La OIT y el sindicalismo han colaborado con la retoma de la democracia en los países donde se ha presentado dictaduras y diariamente buscan la reivindicaron de los derechos laborales

Significa contar con:

  • oportunidades de un trabajo que sea productivo y que produzca un ingreso digno,
  • seguridad en el lugar de trabajo y protección social para las familias,
  • mejores perspectivas de desarrollo personal e integración a la sociedad,
  • libertad para que la gente exprese sus opiniones,
  • organización y participación en las decisiones que afectan sus vidas,
  • e igualdad de oportunidad y trato para todas las mujeres y hombres.

LA LIBERTAD SINDICAL:

Un derecho fundamental

La negociación y la huelga son las herramientas esenciales de la libertad sindical, como único mecanismo que tienen los trabajadores para equilibrar la relación de poder entre ellos y los empleadores, forma de negociar en un pie de igualdad

DERECHO DE ASOCIACIÓN SINDICAL

LIBERTAD SINDICAL

DERECHO A LA HUELGA

DERECHO A LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA

las herramientas que tenemos trabajadores para protegernos son:

  • el fuero sindical
  • los permisos sindicales
  • las sanciones a los empleadores por realizar practicas anti sindicales

DE EMPRESA

Formados por individuos de varias profesiones, oficios o especialidades, que prestan sus servicios en una misma empresa, establecimiento o institución.

DE INDUSTRIA O POR RAMA DE ACTIVIDAD ECONOMICA

formados por individuos que prestan sus servicios en varias empresas de la misma industria o rama de actividad económica.

CLASES DE SINDICATOS

De oficios varios

Formados por trabajadores de diversas profesiones, disimiles o inconexas. Sólo pueden formarse en los lugares donde no haya trabajadores de una misma actividad, profesión u oficio en número mínimo requerido para formar uno gremial, y solo mientras subsista esta circunstancia.

GREMIO

COLOMBIA

si están formados por individuos de una misma profesión, oficio o especialidad.

LIBERTAD SINDICAL

La Organización internacional del trabajo, fue creada en el año 1919, como parte del Tratado de Versalles que terminó con la Primera Guerra Mundial, y reflejó la

“convicción de que la justicia social es esencial para alcanzar una paz universal y permanente”.

Colombia es miembro de esta organización desde el año 1919 y a la fecha tiene 60 convenios ratificados, 54 en vigor y 6 convenios denunciados en virtud de la ratificación del convenio 138, 167 y 169

Es preciso señalar que cuando un país es miembro de la OIT se obliga a adoptar “las medidas necesarias para hacer efectivas las disposiciones de dicho convenio;” conforme lo señala el artículo 19 de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo.

EL DERECHO DE ASOCIACION

ART. 38. Se garantiza el derecho de libre asociación ....

ART. 39. Los trabajadores y empleadores tienen derecho a constituir sindicatos o asociaciones, sin intervención del Estado. Su reconocimiento jurídico se producirá con la simple inscripción del acta de constitución...

ART. 55. Se garantiza el derecho de negociación colectiva para regular las relaciones laborales...

Es deber del Estado promover la concertación y los demás medios para la solución pacífica de los conflictos colectivos de trabajo.

ART. 56. Se garantiza el derecho de huelga, salvo en los servicios públicos esenciales definidos por el legislador...

ART. 10.—Igualdad de los trabajadores. Todos los trabajadores son iguales ante la ley, tienen las mismas protección y garantías, y en consecuencia, queda abolida toda distinción jurídica entre los trabajadores por razón del carácter intelectual o material de la labor, su forma o retribución, salvo las excepciones establecidas por la ley.

ART. 11.—Derecho al trabajo. Toda persona tiene derecho al trabajo y goza de libertad para escoger profesión y oficio, dentro de las normas prescritas por la Constitución

ART. 12.—Derechos de asociación y huelga. El Estado colombiano garantiza los derechos de asociación y huelga, en los términos prescritos por la Constitución Nacional y las leyes.

Conc.: arts. 59 (4º), 60 (7º), 353, 354, 355, 379 (b), 380, 429, 430. C.N., arts. 38, 39, 55,

PRIMER GRADO:

Sindicatos de empresa, gremial, industria, o de oficios varios

estructura sindical

DERECHO FUNDAMENTAL

SEGUNDO GRADO: LAS FEDERACIONES

Son la agrupación de sindicatos de cualquier clase, es decir de empresa, industria, gremial, general o de oficios varios.

TERCER GRADO: LAS CONFEDERACIÓNES. Representan la máxima autoridad en jerarquía sindical y puede afiliar personas en forma directa, sindicatos de primer grado y federaciones.

ORGANIZACIONES SINDICALES INTERNACIONALES:

EL TRABAJO

El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas.

SINDICALISMO

DEMOCRACIA

PAZ

LIGADO

TALLER

DERECHO DE TODOS

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