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Generalidades de Logística

Integrantes

Lucy Johana Cuartas

Andrea Carolina Cavajal

Bryan Orlando Carranza

Bienvenidos Legislación de las Enfermedades Mentales en Colombia

OBJETO DE LA LEY

Definiciones

El Estado a través del Sistema General de Seguridad Social en Salud garantizará a la población colombiana, priorizando a los niños, las niñas y adolescentes, El Ministerio de Justicia y del Derecho, el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario y las entidades prestadoras del servicio de salud contratadas para atender a los reclusos, adoptarán programas de atención para los enfermos mentales privados de libertad y garantizar los derechos a los que se refiere el artículo sexto de esta ley.

El objeto de la presente leyes garantizar el ejercicio pleno del Derecho a la Salud Mental a la población colombiana, priorizando a los niños, las niñas y adolescentes, enfoque promocional de Calidad de vida y la estrategia y principios de la Atención Primaria en Salud.

Garantías en la Salud Mental

1. Promoción de la salud mental. La promoción de la salud mental es una estrategia intersectorial y un conjunto de procesos orientados hacia la transformación de los determinantes de la Salud Mental que afectan la calidad de vida

2.Prevención Primaria del trastorno mental. La Prevención del trastorno mental hace referencia a las intervenciones tendientes a impactar los factores de riesgo. relacionados con la ocurrencia de trastornos mentales, enfatizando en el reconocimiento temprano de factores protectores y de riesgo, en su automanejo y está dirigida a los individuos, familias y colectivos.

3.Atención integral e integrada en salud mental. La atención integral en salud mental es la concurrencia del talento humano y los recursos suficientes y pertinentes en salud para responder a las necesidades de salud mental de la población, incluyendo la promoción, prevención secundaria y terciaria, diagnóstico precoz, tratamiento, rehabilitación en salud e inclusión social.

4.Atención integral e integrada en salud mental. La atención integral en salud mental es la concurrencia del talento humano y los recursos suficientes y pertinentes en salud para responder a las necesidades de salud mental de la población, incluyendo la promoción, prevención, diagnóstico precoz, tratamiento, rehabilitación en salud e inclusión social.

5.Trastorno mental. Para los efectos de la presente ley se entiende trastorno mental como una alteración de los procesos cognitivos y afectivos del desenvolvimiento considerado como normal con respecto al grupo social de referencia del cual proviene el individuo.

6.Discapacidad mental. Se presenta en una persona que padece limitaciones psíquicas o de comportamiento; que no le permiten en múltiples ocasiones comprender el alcance de sus actos, presenta dificultad para ejecutar acciones o tareas, y para participar en situaciones vitales.

7.Problema psicosocial. Un problema psicosocial o ambiental puede ser un acontecimiento vital negativo, una dificultad o deficiencia ambiental, una situación de estrés familiar o interpersonal, una insuficiencia en el apoyo social o los recursos personales, u otro problema relacionado con el contexto en que se han desarrollado alteraciones experimentadas por una persona.

8.Rehabilitación psicosocial. Es un proceso que facilita la oportunidad a individuos -que están deteriorados, discapacitados o afectados por el handicap -o desventaja-de un trastorno mental-para alcanzar el máximo nivel de funcionamiento independiente en la comunidad.

La salud mental se define como un estado dinámico que se expresa en la vida cotidiana a través del comportamiento y la interacción de manera tal que permite a los sujetos individuales y colectivos desplegar sus recursos emocionales, cognitivos y mentales para transitar por la vida cotidiana, para trabajar, para establecer relaciones significativas y para contribuir a la comunidad.

Que es Salud Mental

1. Promoción de la salud mental. La promoción de la salud mental es una estrategia intersectorial y un conjunto de procesos orientados hacia la transformación de los determinantes de la Salud Mental que afectan la calidad de vida

2. Prevención Primaria del trastorno mental. La Prevención del trastorno mental hace referencia a las intervenciones tendientes a impactar los factores de riesgo. relacionados con la ocurrencia de trastornos mentales, enfatizando en el reconocimiento temprano de factores protectores y de riesgo, en su auto manejo y está dirigida a los individuos, familias y colectivos.

3. Atención integral e integrada en salud mental. La atención integral en salud mental es la concurrencia del talento humano y los recursos suficientes y pertinentes en salud para responder a las necesidades de salud mental de la población, incluyendo la promoción, prevención secundaria y terciaria, diagnóstico precoz, tratamiento, rehabilitación en salud e inclusión social.

4. Atención integral e integrada en salud mental. La atención integral en salud mental es la concurrencia del talento humano y los recursos suficientes y pertinentes en salud para responder a las necesidades de salud mental de la población, incluyendo la promoción, prevención, diagnóstico precoz, tratamiento, rehabilitación en salud e inclusión social.

5. Trastorno mental. Para los efectos de la presente ley se entiende trastorno mental como una alteración de los procesos cognitivos y afectivos del desenvolvimiento considerado como normal con respecto al grupo social de referencia del cual proviene el individuo.

6. Discapacidad mental. Se presenta en una persona que padece limitaciones psíquicas o de comportamiento; que no le permiten en múltiples ocasiones comprender el alcance de sus actos, presenta dificultad para ejecutar acciones o tareas, y para participar en situaciones vitales. 

7. Problema psicosocial. Un problema psicosocial o ambiental puede ser un acontecimiento vital negativo, una dificultad o deficiencia ambiental, una situación de estrés familiar o interpersonal, una insuficiencia en el apoyo social o los recursos personales, u otro problema relacionado con el contexto en que se han desarrollado alteraciones experimentadas por una persona.

8. Rehabilitación psicosocial. Es un proceso que facilita la oportunidad a individuos -que están deteriorados, discapacitados o afectados por el handicap -o desventaja-de un trastorno mental-para alcanzar el máximo nivel de funcionamiento independiente en la comunidad.

Ámbito de Aplicación

Derechos de las Personas en el Ámbito de la Salud Mental

La presente leyes aplicable al Sistema General de Seguridad Social en Salud, específicamente al Ministerio de Salud y Protección Social, Superintendencia Nacional de Salud las empresas administradores de planes de Beneficios las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, las Empresas Sociales del Estado.

Además de los Derechos consignados en la Declaración de Lisboa de la Asociación Médica Mundial, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y otros instrumentos internacionales, Constitución Política, y la Ley General de Seguridad Social en Salud son derechos de las personas en el ámbito de la Salud Mental:

1. Derecho a recibir atención integral e integrada

2. Derecho a recibir información clara, oportuna, veraz y completa de las circunstancias relacionadas con su estado de salud, diagnóstico, tratamiento y pronóstico.

3. Derecho a recibir la atención especializada e interdisciplinaria y los tratamientos

4. Derecho a que las intervenciones sean las menos restrictivas de las. Libertades individuales de acuerdo a la ley vigente.

5. Derecho a tener un proceso psicoterapéutico, con los tiempos y sesiones necesarias

6. Derecho a recibir psicoeducación a nivel individual y familiar sobre su trastorno mental y las formas de auto cuidado.

7. Derecho a recibir incapacidad laboral, en los términos y condiciones dispuestas por el profesional

8. Derecho a ejercer sus derechos civiles y en caso de incapacidad.

9. Derecho a no ser discriminado o estigmatizado, por su condición de persona sujeto de atención en salud mental.

10. Derecho a recibir o rechazar ayuda espiritual o religiosa de acuerdo con sus creencias.

11. Derecho a acceder y mantener el vínculo con el sistema educativo y el empleo, y no ser excluido por causa de su trastorno mental.

12. Derecho a recibir el medicamento que requiera siempre con fines terapéuticos o diagnósticos.

13. Derecho a exigir que sea tenido en cuenta el consentimiento informado para recibir el tratamiento.

14. Derecho a no ser sometido a ensayos clínicos ni tratamientos experimentales sin su consentimiento informado.

15. Derecho a la confidencialidad de la información relacionada con su proceso de atención y respetar la intimidad de otros pacientes.

16. Derecho al Reintegro a su familia y comunidad.

RESPONSABILIDAD EN LA ATENCIÓN INTEGRAL E INTEGRADA EN SALUD MENTAL

El Min Salud adoptara en el marco de la Atención Primaria en Salud, el modelo de atención integral e integrada, protocolos de atención y las guías de atención integral en salud mental, con la participación ciudadana de los pacientes, sus familias, cuidadores y demás actores relevantes de conformidad con la política nacional de participación social vigente.

Estos protocolos incluirán progresivamente todos los problemas y trastornos, así como los procesos y procedimientos para su implementación.

La atención integral que aquí se menciona incluirá acciones complementarias tales como la integración familiar, social, laboral y educativa.

PROMOCIÓN DE LA SALUD MENTAL Y PREVENCIÓN DEL TRASTORNO MENTAL EN EL AMBITO LABORAL

Las ARP dentro de las actividades de promoción y prevención en salud deberán:

• Generar Estrategias, programas, acciones o servicios de promoción de la salud mental y prevención del trastorno mental.

• Garantizar que las empresas afiliadas incluyan dentro de su Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo un monitoreo permanente de la exposición a factores de riesgo psicosocial en el trabajo para proteger, mejorar y recuperar la salud mental en los trabajadores.

Por su parte el Min. Salud y el Min. Trabajo, determinaran y actualizaran lineamientos técnicos para el diseño, formulación e implementación de estrategias, programas, acciones o servicios de promoción de la salud mental y la prevención del trastorno mental en el ámbito laboral en un término no mayor a 6 meses a partir de la promulgación de la presente ley.

Según la Ley 1562 de 2012 "Modificación en el sistema de Riesgos Laborales y otras disposiciones en materia de Salud Ocupacional" el Min Trabajo ejercerá funciones de inspección y vigilancia y control de las acciones de promoción y prevención ordenadas para el ámbito laboral

Funciones del Depto. de Prosperidad Social

Función del Ministerio de Educación

ACCIONES DE PROMOCIÓN

El Ministerio de Educación en articulación con el Min. Salud, diseñara acciones intersectoriales para que por intermedio de proyectos pedagógicos, fomenten en los estudiantes:

• Competencias para su desempeño como ciudadanos respetuosos.

• Ejercer y fomentar los derechos humanos.

• Fomentar la convivencia escolar con énfasis en la promoción de la salud mental.

Estas acciones tendrán seguimiento y evaluación de impacto que permita planes de acción para el mejoramiento continuo, gestión de conocimiento investigación e innovación.

El Min Salud es el encargado de dirigir las acciones de promoción en salud mental a afectar positivamente los determinantes de la salud mental e involucra:

• Inclusión Social

• Eliminación del Estigma y discriminación

• Buen trato y prevención de violencia, hostigamiento, acoso o matoneo escolar

• Prevención del Suicidio

• Prevención de consumo de sustancias psicoactivas

• Participación Social, seguridad económica y alimentaria.

El Departamento de Prosperidad Social con la asesoría del Ministerio de Salud tendrá la responsabilidad en la población sujeto de atención lo siguiente:

• Promover y Prevenir las ocurrencias del trastorno mental mediante intervenciones tendientes a impactar los factores de riesgo relacionados con la ocurrencia de los mismos

• Constituir en asocio con las personas de derecho público o privado, asociaciones, fundaciones o entidades que apoyen o promuevan programas para la atención, tratamiento, promoción y prevención de las enfermedades en salud mental.

ENTIDAD ENCARGADA DE INSPECCIÓN Y VIGILANCIA EN PLANES DE PROMOCIÓN

Superintendencia Nacional de Salud

PROMOCIÓN PARA LA SALUD MENTAL Y PREVENCIÓN DE LA ENFERMEDAD MENTAL

La entidad encargada, en establecer las acciones en promoción de la salud mental, es el Ministerio de Salud y Protección Social, estas acciones deben incluirse en:

• Planes decenales y nacionales para la salud publica

• Planes Territoriales

• Planes de Intervenciones Colectivas

Por otra parte las acciones en promoción de la salud son de obligatoria implementación por Entidades promotoras de salud EPS, Instituciones Prestadoras del Servicio de Salud IPS, Administradoras de Riesgos Profesionales ARP y Empresas Sociales del Estado, las cuales tendrán un seguimiento y evaluación a través de indicadores

Atención Integral y Preferente en Salud Mental para Niños, Niñas y Adolescentes

En este punto el Código de Infancia y Adolescencia Ley 1098 de 2006 y la Ley 1438 de 2011 "Por medio del cual se reforma el sistema general en Seguridad Social en Salud" arts. 17, 18, 19, 20 y 21 mencionan que los Niños, Niñas y Adolescentes son sujetos de atención integral y preferente en salud mental.

Por otra parte esta ley propende la integración escolar en compañía del Estado, la familia y la comunidad para temas de trastorno mental; así mismo las Entidades Territoriales Certificadas en Educación deben adaptar los medios y condiciones de enseñanza, preparar a los educadores según las necesidades individuales, contando con el apoyo de un equipo interdisciplinario calificado en un centro de atención en salud cercano al centro educativo.

SERVICIOS DE SALUD MENTAL PARA NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES

Los entes territoriales, las empresas administradoras de planes de beneficios deberán disponer de:

• Servicios integrales en salud mental con modalidades específicas de atención para niños, niñas y adolescentes.

• Garantizar la atención oportuna, suficiente, continua, pertinente y de fácil accesibilidad a los servicios de promoción, prevención, detección temprana, diagnóstico, intervención, cuidado y rehabilitación psicosocial en salud mental en los términos previstos en la presente ley y sus reglamentos.

Por otro la presente ley menciona que para el desarrollo de la misma debe tener:

• Una estandarización de procesos y procedimientos.

• Unos mecanismos de seguimiento y evaluación.

• Un equipo interdisciplinario conformado por:

Psiquiatría, Psicología, Enfermería, Trabajo Social, Terapia Ocupacional, Terapia Psicosocial, Médico General, entre otros profesionales atendiendo el nivel de complejidad

• Capacitación y Formación de los Equipos básicos en Salud.

• Mejoramiento continuo y protección especial del Talento Humano que trabaje en salud mental, esto bajo la inspección y vigilancia del Min Trabajo conforme a lo establecido en la Ley 1562 de 2012.

• Talento Humano en Protección Prehospitalaria, quienes deben acreditar titulo en Medicina, Psiquiatría, Psicología, Enfermería o Atención Prehospitalaria.

PRESTADORES DE SERVICIOS

Las Empresas Administradoras de Planes de Beneficios, las Empresas Sociales del Estado y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud públicas y privadas deberán garantizar y prestar sus servicios de conformidad con las políticas, planes, programas, modelo de atención, guías, protocolos y modalidades de atención definidas por el Ministerio de Salud y Protección Social, so pena de incurrir en las sanciones contempladas en la legislación vigente.

OBSERVATORIO NACIONAL

El observatorio nacional de salud organiza un área clave de trabajo en salud mental y consumo de sustancias psicoactivas y específicamente en esta área deberá:

1 organizar un área clave de trabajo en salud mental y consumo de sustancias psicoactivas.

2 Generar información actualizada, valida, confiable y oportuna para la formulación de políticas y la orientación de intervenciones en el área de salud de salud mental y consumo de sustancias psicoactivas.

3 Permitir el diagnóstico de la situación de la salud mental de la población colombiana a través del examen y evaluación de las tendencias y distribución de los indicadores de salud mental y de sus efectos sobre la salud y el desarrollo general del país.

4 Generar una plataforma tecnológica para la formación continua del talento humano en salud mental.

GARANTÍA DE PARTICIPACIÓN.

Garantía de participación El Ministerio de Salud y Protección Social deberá garantizar la participación real, efectiva y vinculante de las personas, familias, cuidadores, comunidades y sectores sociales para el ejercicio de la ciudadanía activa

RED INTEGRAL DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD MENTAL

Los Entes territoriales y la Empresas Administradoras de Planes de beneficios, deberán disponer de una red integral de prestación de servicios en salud mental pública y privada, como parte de la red de servicios generales de salud.

Deberán generar los mecanismos para la recolección de la información de los registros individuales de prestación de servicios de salud mental e incluirlos en la clasificación única de procedimientos en salud.

Incluirá dentro de los sistemas de información todos aquellos determinantes individuales o sociales de la salud mental a efectos de constituir una línea de base para el ajuste continuo de la prevención y atención integral en salud mental.

ASOCIACIONES DE PERSONAS CON TRASTORNOS MENTALES, SUS FAMILIAS O CUIDADORES.

Las asociaciones, corporaciones o fundaciones de personas con trastornos mentales, sus familias o cuidadores harán parte de las redes o grupos de apoyo para la promoción de la salud mental y prevención de la enfermedad mental de conformidad con lo previsto en el articulo 13 de la presente ley.

Las autoridades territoriales de salud territorial desarrollaran la acción transectorial e intersectorial necesaria y pertinente para abordar los determinantes sociales que coincidan el estado de la salud mental de las personas.

La salud mental positiva promoviendo la relación entre salud, medio ambiente, actividad física, seguridad alimentaria, y nutricional como elementos determinantes en el desarrollo de la autonomía de las personas.

PLAN DE BENEFICIOS

La Comisión de Regulación en Salud o la entidad que haga sus veces, deberá incluir en la actualización de los planes de beneficios de todos los regímenes, la cobertura de la salud mental en forma integral de conformidad con lo preceptuado en la ley 1438 de 2011, la presente ley y demás normatividad vigente y complementaria.

CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL.

La instancia especializada creada en el artículo 10 de la ley 1566 de 2012 se denominará CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL Y será la instancia responsable de hacer el seguimiento y evaluación a las ordenes consignadas en la ley 1566 de 2012 y la presente ley, se convocará mínimo dos (2) veces al año. El Consejo es una instancia mixta integrada por:

CRITERIOS PARA UNA POLÍTICA PUBLICA DE SALUD MENTAL

El ministerio de salud y protección social obtuvo un plazo de 16 meses a partir de la expedición de la presente ley para ajustar y expedir esta política pública acorde con los cambios normativos y el perfil epidemiológico del país. Esta política deberá ser formulada e implementada bajo un enfoque de derechos intersectorial, corresponsable y equitativo, incluyendo entre otros la atención integral mediante la promoción de la salud mental, la prevención de la salud mental individual y colectiva así como los trastornos mentales mediante la detección, la remisión oportuna, el seguimiento, el tratamiento integral y la rehabilitación psicosocial y continua en la comunidad con apoyo directo de los entes salud locales.

Cuáles son las modalidades y servicios integrados que deben incluirse en las IPS:

• Atención Ambulatoria

• Atención Domiciliaria

• Atención Prehospitalaria

• Centro de Atención en Drogadicción y Servicios de Farmacodependencia

• Centro de Salud Mental Comunitario

• Grupos de Apoyo de Pacientes y Familias

• Hospital de Día para Adultos

• Hospital de Día para Niños, Niñas y Adolescentes

• Rehabilitación Basada en comunidad

• Unidades de Salud Mental

• Urgencia Psiquatrica

1. El Ministro de Salud y Protección Social o el Viceministro Delegado

2. El Defensor del Pueblo o su delegado.

3. El Director de Salud Pública, quien ejercerá la secretaria técnica de manera indelegable.

4. Un (1) representante de cada una de los siguientes colegios, consejos o asociaciones profesionales: Asociación Colombiana de Psiquiatría, Colegio Colombiano de psicólogos, Asociación Nacional de Enfermeras, Consejo Nacional de Trabajo Social, Federación Médica Colombiana, Asociación Colombiana de Profesionales en Atención Pre Hospitalaria, Emergencias Y Desastres, Asociación Colombiana de Terapia Ocupacional.

5. Dos (2) representantes de los prestadores de servicios de Salud: Uno de la Asociación Colombiana De Hospitales y Clínicas; y uno de la Asociación, colombiana de Empresas Sociales del Estado y Hospitales Públicos ACESI.

6. Dos (2) representantes de las asociaciones de pacientes, sus familiares o cuidadores de patologías en Salud Mental.

7. Un (1) representante de las asociaciones de Facultades de las Ciencias de la Salud.

8. Un (1) representante de las Facultades de las Ciencias Sociales.

9. Un (1) representante de las organizaciones sociales y comunitarias.

FUNCIONES DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL.

Son funciones del Consejo:

1. Preparar y presentar a las instancias y entidades pertinentes conceptos y recomendaciones producto del seguimiento y evaluación participativa y periódica a la implementación y cumplimiento de la ley 1566 de 2012, la presente ley, Política Nacional de Salud Mental, Política Nacional para la reducción del consumo de sustancias estupefacientes o psicotrópicas y su impacto, Política Pública Nacional de Prevención y Atención a la adicción de sustancias psicoactivas, el modelo de atención, guías y protocolos en salud mental, Conpes y el Plan decenal para la salud pública en lo relativo a la salud mental.

SISTEMA DE INFORMACIÓN EN SALUD MENTAL

Deberán implementar sistemas de vigilancia epidemiológica en eventos de interés en salud mental incluyendo: violencia, consumo de sustancias psicoactivas, conducta suicida, víctimas del conflicto armado, entre otros que permitan el fortalecimiento de los sistemas existentes.

2. Revisar la ejecución de los planes de acción nacional y departamental para el cumplimiento de las leyes e instrumentos indicados en el numeral anterior.

3. Plantear acciones de articulación intersectorial y transectorial que impacten la prevención y la atención integral en salud mental.

4. Recomendar nuevos procesos administrativos y técnicos que surjan producto de la investigación, el monitoreo y evaluación de las leyes e instrumentos referidos en el numeral

5. Rendir y divulgar; anualmente un informe integral de gestión, evaluación, resultados y cumplimiento de las leyes, políticas y planes señalados en el numeral 1 a la Procuraduría General de la Nación, Contraloría General de la República, Defensoría del Pueblo, Superintendencia Nacional de Salud y Comisiones Séptimas Constitucionales del Congreso de la República para lo de su competencia.

TIPOS DE ENFERMEDAD MENTAL

Trastornos Depresivos

Trauma y otros trastornos relacionados con el estrés

Trastorno del espectro de la esquizofrenia y otros trastornos psicóticos

Trastornos de la Alimentación

Trastorno por uso de sustancias y trastornos adictivos

Trastornos de Ansiedad

Trastornos Disociativos

Trastorno Bipolar y trastornos

relacionados

Disfunciones Sexuales

Gracias

Trastorno obsesivo - compulsivo

TOC

Trastorno por síntomas somáticos y trastornos

relacionados

Trastornos destructivos del control de los impulsos y de la conducta

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