INTRODUCCIÓN
Normas o reglamentos que tienen por objeto regular la conducta de un grupo de personas, así como definir sus derechos y obligaciones.
Debe tener también las sanciones para castigar a quienes no se adhieran a sus disposiciones.
- Ley del Ejercicio Profesional de la Enfermería
- Código Deontológico de Enfermería
Código Deontológico de Enfermería
"Siempre es mejor dar que recibir"
Un Boxeador
- La Ley de Ejercicio Profesional de la Enfermería, es el documento encargado de regular el ejercicio de la enfermería en Venezuela, con rango constitucional.
CONCLUSIONES
Vida
Terapeutico Total
Beneficencia/
No Maleficencia
Veracidad
Doble Efecto
VALORES
Autonomía
Fidelidad
Privacidad
Justicia
Tolerancia
Solidaridad
Confiabilidad
- Las leyes, establecen los deberes y derechos de un grupo de personas con rasgos comunes, también las sanciones correspondientes a su incumplimiento.
Norma la naturaleza de la relación terapéutica basado en un enfoque Holístico, que no está limitada al paciente, sino también a su entorno familiar y comunitario. Enuncia los derechos del paciente
CAPÍTULO V
Establece que el profesional de enfermería no está autorizado para elaborar certificaciones que describan el estado de salud, enfermedad o fallecimiento del usuario y advierte la penalización al desacato de este artículo.
Deberes profesionales, trata sobre la trasparencia en las acciones de enfermería para con sus propios agremiados, y la relación de reciprocidad entre los profesionales.
De los deberes institucionales, aborda temas como el acatamiento de las normas institucionales, lineamientos para el libre ejercicio profesional y la obligatoriedad al apego a las disposiciones, resoluciones y acuerdos emanados del Colegio y la Federación de Profesionales de Enfermería.
Deberes de confraternidad, es obligación del profesional de enfermería cumplir con los reglamentos internos establecidos por el colegio y federación de profesionales de enfermería.
CAPÍTULO III
CAPÍTULO IV
CAPÍTULO VII
CAPÍTULO VIII
TÍTULO II
TÍTULO III
CAPÍTULO VI, Tratan la importancia del registro enfermero que debe contener las valoraciones objetivas y subjetivas del paciente. Hace énfasis en la importancia del secreto enfermero, donde todo profesional en trabajos de investigación y publicación debe preservar la confidencialidad.
CAPÍTULO II, aborda los deberes generales de los Profesionales de Enfermería, establece la defensa de la salud, la actualización científica, respeto a la dignidad humana, no hacer distinción de clases, observancia de los derechos humanos, promoción de la relación terapéutica, autonomía en las acciones.
TÍTULO I
TÍTULO VI
CAPÍTULO XV, Disposiciones transitorias
CAPÍTULO XVI, Disposiciones Finales, Destaca que el Código Deontológico, podrá ser reformado por el Comité Ejecutivo de la Federación de Profesionales de Enfermería de Venezuela o por la mayoría absoluta de los Colegios en asamblea nacional.
Las Disposiciones Generales establecen el carácter de obligatoriedad para todos los profesionales de enfermería en el territorio nacional en la vida pública y privada.
TÍTULO IV
TÍTULO V
CAPÍTULO XII, de la Docencia en Enfermería, destaca la satisfacción de las necesidades de orden ético para la educación de los futuros profesionales. Para el ejercicio de la docencia se consideran fundamentales conducta intachable, preparación académica cónsona, aptitud y actitud profesional.
CAPÍTULO IX, del Ejercicio Institucional de la Profesión de Enfermería y de los Deberes del Profesional en Materia de Enfermería Social. Definen los compromisos recíprocos entre el Profesional de Enfermería y el ente empleador, en materia de beneficios contractuales.
CAPÍTULO XIII
CAPÍTULO X
CAPÍTULO XI
del Trasplante de Órganos, fija una posición positiva de enfermería ante el procedimiento, se considera un acto que demanda confidencialidad. Advierte consecuencias penales y civiles al profesional que incurra o propicie el tráfico de órganos o tejidos de origen humano.
CAPÍTULO XIV
De los Honorarios Profesionales, establece lineamientos sobre el cobro de honorarios justos, con algunas excepciones en caso de exoneración.
De los Deberes de los Profesionales de Enfermería hacía los Miembros del equipo de salud. Donde destaca el rol de enfermería en la coordinación y cooperación con el resto del equipo de salud basado en el respeto mutuo y en la delimitación de las funciones.
Deberes de los Profesionales de Enfermería en las Entidades Gremiales. Determina la obligación de los Colegios de Profesionales de Enfermería de promover el Código Deontológico, así como cumplir y hacer cumplir la Ley de Ejercicio, estatutos y reglamentos emanados de los consejos y asambleas.
Legislación en Enfermería y Código Deontológico
Código Deontológico
“Es un conjunto de normas éticas adoptadas por un grupo profesional con el fin de dirigir la toma de decisiones y la conducta profesional de forma coherente con las responsabilidades profesionales”
(Fritz, S. 2005)
Ley
Hammurabi (XVIII aC)
Fundamentar la regulación de las actividades profesionales
basado en la ética que ha de inspirar su conducta, de manera que exista corresponsabilidad con la sociedad a quien sirve.
En toda profesión es necesaria una normativa legal que regule las actuaciones de sus funciones, más aún cuando se trata de la protección de la salud.
Art. 218: “Si un médico hace una incisión grande con el cuchillo, y mata, o si al abrir un tumor con el cuchillo, recorta los ojos, sus manos serán cortadas”.
Art. 221: “Si un médico cura el hueso roto o parte enferma de la piel de un hombre, el paciente deberá pagar al médico cinco siclos de dinero”.
Hammurabi
La Ley del Ejercicio Profesional de la Enfermería fué sancionada en la Asamblea Nacional el 26 de julio de 2005 y, posteriormente publicada en la Gaceta Oficial Nº 38263 del 1 de septiembre del mismo año.
(Buka, P. 2008)
CONTENIDO
- Legislación en Enfermería y Código Deontológico
- Ley del Ejercicio Profesional de la Enfermería
- Código Deontológico de Enfermería en Venezuela
Universidad de los Andes
Facultad de Medicina
Postgrado de Enfermería en Cuidados al Paciente en Estado Crítico
Fundamentos Filosófico, Teórico e Histórico del Cuidado Humano.
LEGISLACIÓN EN ENFERMERÍA Y CÓDIGO DEONTOLÓGICO
Profesora:
Dra. Alba Fernández
Realizado por:
Lcdo. Eduardo Blanco
Mérida, noviembre de 2011
Ley del Ejercicio Profesional de la Enfermería
CAPÍTULO V
- Establece el secreto profesional, el cual se regula en la profesión de enfermería por serle inherente en razón de la protección del enfermo y de la familia, así como el amparo y salvaguarda de su honor y la dignidad humana.
- Enfatiza la inviolabilidad del secreto profesional aplicable tanto al profesional como al estudiante de enfermería.
CAPÍTULO IV
Deberes y derechos de los profesionales de la enfermería.
CAPÍTULO I
- Define la naturaleza y el propósito de la profesión
- Determina el ámbito de ejercicio profesional y las obligaciones y derechos que se derivan de su aplicación.
CAPÍTULO II
Requerimientos indispensables para el ejercicio profesional.
CAPÍTULO III
- Uso del título.
- Prevé que los cargos de dirección, supervisión y coordinación de los Departamentos de Enfermería, tanto en centros públicos como privados, serán desempeñados por profesionales de la enfermería venezolanos.
- El libre ejercicio de la profesión.
- Penas previstas en la legislación penal por el delito de usurpación del título y de las funciones inherentes a la enfermería.
Trata sobre las disposiciones transitorias, se establece en este capítulo un procedimiento para la colegiatura de aquellas personas que, sin ser profesionales de la enfermería, la ejerzan.
CAPÍTULO IX
Instituye legalmente a los Colegios de Profesionales de la Enfermería.
CAPÍTULO XI
Trata sobre las sanciones tanto de carácter disciplinario como administrativo. Entre las sanciones disciplinarias se contemplan las amonestaciones escritas y, las sanciones administrativas las cuales consisten en multas que van de diez unidades tributarias a cincuenta unidades tributarias y suspensión del ejercicio profesional hasta por dos años.
Regula todo lo concerniente a los honorarios por servicio de enfermería ya que el ejercicio privado de la profesión da derecho a percibir honorarios profesionales.
Trata del Comité Ejecutivo.
CAPÍTULO XIII
CAPÍTULO VII
CAPÍTULO X
Establece la participación y el control social por parte de la comunidad organizada, a través de redes intersectoriales a nivel nacional para la prevención, tratamiento y rehabilitación en el área de la salud.
- Trata sobre las infracciones y el ejercicio ilegal de la enfermería.
- Se definen las infracciones al ejercicio de la enfermería.
Trata de la Federación de Colegios de Profesionales de la Enfermería de Venezuela.
CAPÍTULO XII
Regula al Tribunal Disciplinario
La Ley (Buka, P. 2008)
El Código Deontológico, está conformado por una serie de preceptos de orden moral que busca unificar criterios sobre el correcto pensar y actuar del profesional de enfermería.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
- Los Colegios y La Federación de Colegios de Profesionales de Enfermería son los encargados de regular, cumplir y hacer cumplir con lo establecido en la Ley de Ejercicio Profesional de la Enfermería y el Código Deontológico en todo el territorio.
- Buka, P. (2008). Patients’ Rights, Law and Ethics for Nurses. Londres, Inglaterra: Hodder - Arnold.
- Fritz. (2005). Fundamentos del Masaje Terapéutico (3ra ed.). Madrid, España: El Sevier.
- Venezuela. (1999). Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Gaceta Oficial Extraordinaria N° 5.453. Caracas - Venezela
- Venezuela. (1999).Código Deontológico de Enfermería de Venezuela. Federación de Colegios de Enfermeras de Venezuela. Caracas - Venezuela
- Venezuela. (2005) Ley del Ejercicio Profesional de la Enfermería de Venezuela. Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 38.263. Caracas - Venezuela
- Reino de España. (2011). Código de Deontología Médica. Guía de Ética Médica de la Organización Médica Colegial de España. Madrid – España.