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Misión

Proteger a la población urbana y rural, con relación de dependencia laboral o sin ella, contra las contingencias de:

  • Enfermedad
  • Maternidad
  • Riesgos del trabajo
  • Discapacidad
  • Cesantía
  • Invalidez
  • Vejez y muerte
  • En los términos que consagra la Ley de Seguridad Social

Visión

Se encuentra en una etapa de transformación, el plan estratégico que se está aplicando, sustentado en la Ley de Seguridad Social vigente, convertirá a esta institución en una aseguradora moderna, técnica, con personal capacitado que atenderá con eficiencia, oportunidad y amabilidad a toda persona que solicite los servicios y prestaciones que ofrece.

Seguros

El Seguro General de Salud Individual

Está orientado a brindar bienestar a todas y todos los asegurados y beneficiarios, con prestaciones de salud y servicios con calidad y calidez; y a cubrir de manera universal e integral todos los ciclos vitales del ser humano.

Protege a:

•Afiliado/afiliada activo y voluntario del Seguro General Obligatorio y sus dependientes: cónyuge o conviviente con derecho e hijos menores de 18 años.

•Pensionistas de invalidez, vejez del Seguro General, y de incapacidad permanente, total o absoluta de riesgos del trabajo, y sus dependientes: cónyuge o conviviente con derecho e hijos menores de 18 años

•Beneficiarios de montepío por orfandad, hijos menores de 18 años.

son las siguientes:

•Jubilación Ordinaria por Vejez.

•Jubilación por Invalidez que incluye el Subsidio Transitorio por Incapacidad.

•Pensiones de Montepío.

•Auxilio de Funerales.

•Jubilaciones Especiales: a los trabajadores de telecomunicaciones, a los de artes e industrias gráficas; y a los zafreros.

•Rentas Adicionales: Ferrocarriles, Magisterio Fiscal y Gráficos.

•Mejoras de jubilación por Vejez.

•Beneficios Adicionales para el pensionista

•Mejor Aumento al cumplir 70 años de edad y haberse jubilado con 420 (35 años de aportes) imposiciones o más.•Aumento Excepcional: cuando cumple 80 años de edad y se jubiló con 360 (30 años de aportes) imposiciones o más.

Seguro de riesgos de trabajo

Beneficiarios:

•El jefe de familia asegurado

•Cónyuge o conviviente

•Hijos y familiares que vivan bajo su dependencia

•Jubilado•Pescador Artesanal

Servicios y prestaciones:

•Promoción, prevención en salud, saneamiento ambiental y desarrollo comunitario.

•Atención odontológica preventiva y de recuperación.

•Atención durante el embarazo, parto y postparto.

•pensiones de jubilación por invalidez y vejez.

•Auxilio de funerales.

Afiliados

Inscripciones de afiliados

Claves de afiliados

  • Ecuatorianos y extranjeros
  • Los trabajadores del hogar no remunerados y los estudiantes.
  • No es impedimento, el haber sido afiliado obligado o voluntario con anterioridad.
  • El valor del aporte al IESS es el 17.50% del ingreso real
  • En ningún caso, sobre valores inferiores al salario mínimo de aportación, vigente en el año de aceptación de esta

Pueden solicitar afiliación voluntaria

Ecuatorianos y Ecuatorianas residentes en el país y en el extranjero.

Que no sean afiliados al Seguro Obligatorio, incluidas las trabajadoras de hogar no remuneradas y los estudiantes.

Siempre que no perciban ingresos de cualquier naturaleza.

Los residentes en el exterior, cualquiera que sea su ocupación laboral o actividad económica.

Tienen derecho a:

•Pensión por vejez, invalidez y montepío; y auxilio de funerales.

•Asistencia por enfermedad o maternidad

•Cobertura para los hijos de hasta 18 años.

El incumplimiento en el pago de aportes del Seguro General Obligatorio o de Seguros Adicionales contratados, fondos de reserva, descuentos de préstamos concedidos y otras obligaciones, dentro de los plazos establecidos por el Instituto.

Es la sanción económica establecida al empleador moroso cuando por su culpa el IESS no puede conceder a un trabajador o a sus deudos las prestaciones en dinero que son reclamadas y a las que habrían podido tener derecho, o si resultan disminuidas dichas prestaciones, responsabilidad que el Instituto hace efectiva mediante la coactiva.

La entrega de una suma de dinero al afiliado/a que se encuentra en situación de desempleo.

El monto de la prestación se computará de acuerdo al fondo de cesantía acumulado en la cuenta individual del afiliado/a y que se financia con el aporte del 2% personal y 1% patronal a la tasa de rendimiento fijada por el IESS

  • Que el afiliado/a acredite al menos veinte y cuatro (24) aportaciones mensuales no simultáneas al IESS

Encontrarse cesante por un período de al menos sesenta días.

El IESS es recaudador del Fondo de Reserva de los empleados, obreros, y servidores públicos, afiliados al Seguro General Obligatorio, que prestan servicios por más de un (1) año para un mismo empleador, de conformidad con lo previsto en el Código del Trabajo.

Si el empleador no paga el fondo de reserva dentro de los primeros quince días del mes siguiente al que corresponda, causará la mora con los recargos y multas correspondientes.

Investigación de Campo

Seguros

•Consultas

•Solicitar en línea préstamos

•Precalificación de hipotecarios

  • Registrar al trabajador desde el primer día de trabajo.
  • A través de la pagina web de la Institución.
  • El afiliado debe solicitar la clave de afiliado
  • www.iess.gob.ec.
  • El afiliado tiene la obligación de exigir al empleador la afiliación al IESS
  • Son sujetos del Seguro General Obligatorio, en calidad de afiliados, todas las personas que perciben ingresos por la ejecución de una obra o la prestación de un servicio físico o intelectual, con relación laboral o sin ella; en particular: (Art. 2 de la Ley).

Son sujetos del Seguro General Obligatorio, en calidad de afiliados, todas las personas que perciben ingresos por la ejecución de una obra o la prestación de un servicio físico o intelectual, con relación laboral o sin ella; en particular.

•El trabajador en relación de dependencia

•El trabajador autónomo

•El profesional en libre ejercicio

•El administrador o patrono de un negocio

•El dueño de una empresa unipersona.

•El menor trabajador independiente

•Los demás asegurados obligados al régimen del Seguro General Obligatorio en virtud de leyes y decretos.

•El trabajador en relación de dependencia

•El trabajador autónomo

•El profesional en libre ejercicio

•El administrador o patrono de un negocio

•El dueño de una empresa unipersonal

•El menor trabajador independiente; y

•Los demás asegurados obligados al régimen del Seguro General Obligatorio en virtud de leyes y decretos especiales.

El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social

  • Entidad, cuya organización y funcionamiento se fundamenta en los principios de solidaridad, obligatoriedad, universalidad, equidad, eficiencia, subsidiariedad y suficiencia.
  • Se encarga de aplicar el Sistema del Seguro General Obligatorio que forma parte del sistema nacional de Seguridad Social

Aspectos Importantes

  • Derechos y obligaciones
  • Afiliación al Seguro Social
  • Jubilación
  • Beneficios del seguro de salud y los requisitos
  • Préstamo
  • Fondos de reserva
  • Cesantía

Empleadores

Los derechos de los trabajadores a la Seguridad Social son irrenunciables. (Art. 34 de la Constitución de la República del Ecuador y Art. 4 del Código del trabajo).

Seguro de pensiones

Protege económicamente al asegurado (a) al IESS y su familia, con prestaciones sociales que se financian con el 9,74% del salario de aportación del afiliado/a

Proteger al afiliado y al empleador de los riesgos derivados del trabajo, mediante programas de prevención y acciones de reparación de los daños derivados de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, incluida la rehabilitación física y mental y la reinserción laboral.

  • El Empleador tiene la obligación de registrar al trabajador desde el primer día de trabajo
  • El afiliado debe solicitar la clave de afiliado, a través de la página del Internet
  • El afiliado tiene la obligación de exigir al empleador la afiliación al IESS

  • Son sujetos del Seguro General Obligatorio, en calidad de afiliados, todas las personas que perciben ingresos por la ejecución de una obra o la prestación de un servicio físico o intelectual, con relación laboral o sin ella; en particular: (Art. 2 de la Ley). El trabajador en relación de dependencia;

•Consultas de la historia laboral del afiliado.

•Solicitar en línea préstamos quirografarios, Jubilaciones, Cesantías. y Fondos de Reserva.

•Precalificación de hipotecarios

Seguro campesino

Mora Patronal

  • Es un régimen especial, protege a la población del sector rural y pescador artesanal del Ecuador, con programas de salud integral, saneamiento ambiental y desarrollo comunitario.
  • Promueve la participación social para contribuir a elevar el nivel de vida y potenciar su historia, organización y cultura.

Cancelacion de obligaciones patronales en mora

El empleador en mora en el pago de aportes, fondos de reserva, puede Solicitar las siguientes facilidades de pago:

Acuerdos Administrativos.- Pagos mensuales hasta 90 días.

Convenios de Purga de Mora.- En un plazo máximo de hasta 5 años

Responsabilidad Patronal

Afiliación voluntaria

La prestación del seguro de cesantía.

Computo de la Prestación

Requisitos

Fondos de Reserva