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Transcript

Son muchas las clasificaciones que se han hecho sobre los tipos de financiamiento del Estado, algunos los dividen de acuerdo con la naturaleza del ingreso, otras, a través de la naturaleza de la función del Estado, es decir, entre público o privado.

Clasificación de las Contribuciones.

Para introducir los conceptos de los diversos tributos que nuestra legislación reconoce en el Estado debemos entender diversos conceptos básicos:

Personas físicas: Son los individuos, seres humanos en lo particular, los cuales conforme al derecho gozan de dos características que los tutelan para actuar y que sus actos tengan una validez jurídica. Estas características son:

Capacidad de goce y capacidad de ejercicio.

II.- Aportaciones de seguridad social, son las contribuciones establecidas en la ley a cargo de personas que son sustituidas por el Estado en el cumplimiento de obligaciones fijadas por la ley en materia de seguridad social o a las personas que se beneficien en forma especial por servicios de seguridad social proporcionadas por el mismo Estado.

El Código Fiscal de la Federación reconoce como tributos o ingresos tributarios:

I. Impuestos.

II. Derechos.

III. Aportaciones de seguridad social.

IV. Contribuciones especiales o de mejoras.

V. Contribuciones accesorias.

Es la materialización de la normatividad tributaria, es decir, hay un hecho generador cuando la realidad coincide con la hipótesis prevista en la Ley, lo cual indudablemente da vida a la obligación fiscal.

Hecho generador de las Contribuciones.

Capacidad de goce, se obtiene desde el nacimiento y es la posibilidad que tiene la persona de ser titular de derechos y obligaciones, es decir, que tiene derecho a la vida, a la educación, a la vivienda digna, entre otras, así como que puede ser sujeto de diversas obligaciones. Todos los individuos gozamos de esa capacidad de goce desde nuestro nacimiento.

QUINTA UNIDAD.

La manera en la que el Estado actúa frente al particular, siendo del derecho público cuando actúa con su soberanía y como un superior del ciudadano; mientras que actúa en el ámbito del derecho privado cuando realiza actos en los que es un igual frente al gobernado, tales como contratos civiles o mercantiles.

Las contribuciones se clasifican en impuestos, aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos, las que se definen:

I.- Impuestos, son las contribuciones establecidas en la ley que deben pagar las personas físicas y morales que se encuentran en la situación jurídica o de hecho prevista por la misma y que sean distintas de las señaladas en las fracciones II, III y IV.

El artículo 2 del Código Fiscal de la Federación, establece lo siguiente:

Personas morales, es un ente jurídico, es decir, que no existe forma concreta pues no puede ser tocado, pero es abstracto y reconocido por el derecho, dicho sujeto se compone por dos o más personas físicas, quienes crean un ente con una personalidad diversa a la propia para un fin determinado, el cual puede ser lucrativo o no lucrativo.

IV.- Derechos, son las contribuciones establecidas en la Ley, por el uso o aprovechamiento de los bienes del dominio público de la Nación, así como por recibir servicios que presta el Estado en sus funciones de derecho público, excepto cuando se presten por organismos descentralizados u órganos desconcentrados cuando este último caso, se trate de contraprestaciones que no se encuentren previstas en la Ley Federal de Derechos. También son derechos las contribuciones a cargo de los organismos públicos descentralizados por prestar servicios exclusivos del Estado.

Tenemos que existen personas morales en materia civil y mercántil, en ambos casos las mejor conocidas como sociedades tiene un fin determinado u objeto, es decir, un propósito para el cual fueron creadas, sin embargo, en materia civil, las sociedades no tiene el fin de lucrar, mientras que en la materia mercantil sí, el propósito de estas sociedades es obtener una ganancia económica.

Capacidad de ejercicio, se obtiene hasta que la persona cumple la mayoría de edad, es decir, a partir de los 18 años; y significa que tiene la posibilidad de ejercitar sus derechos y obligaciones por sí mismo, comparecer a juicio por propio derecho, votar y ser votado.

Clasificación de las Contribuciones.

Son ingresos tributarios aquellos que el Estado adquiere de los individuos que conforman su población, es decir, los recursos económicos que proveen los gobernados cuando dan al Estado una parte de sus ingresos, rendimientos, bienes o patrimonio.

La clasificación que consideramos es la más correcta por ser la mas adecuada a las funciones que realiza el Estado, hoy en día es la que divide los ingresos entre tributarios y no tributarios.

Elementos legales que componen el hecho generador.

. Concretamente ocurrió en la realidad,que resulta verificable.

. Tangible, que, a través de los hechos, se materialice lo dispuesto en la Ley.

. Existe sujeto activo determinado por la Ley.

. También existe la determinación legal de un sujeto pasivo.

. Hay fecha y hora cierta del momento en que este ocurre.

Son reconocidas en nuestro derecho las siguientes sociedades:

En Materia Mercantil:

Sociedad anónima.

Sociedad de Responsabilidad Limitada.

Sociedad en Comandita.

En Materia Civil:

Sociedades Civiles.

Asociaciones Civiles.

III.- Contribución de mejoras, son las establecidas en la Ley a cargo de las personas físicas y morales que se beneficien de manera directa por obras públicas.

GRACIAS.

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