Introducing
Your new presentation assistant.
Refine, enhance, and tailor your content, source relevant images, and edit visuals quicker than ever before.
Trending searches
LSS Artículo 234-239
Artículo 19: ¿A qué prestaciones tienen derecho los trabajadores del campo?
Artículo 5 Fracción XIX.-
Trabajador eventual del campo
Persona física que es contratada para labores de siembra, deshije, cosecha, recolección, preparación de productos de naturaleza agrícola, ganadera, forestal o mixta. Su contratación puede ser por uno o más patrones, por un año, o períodos superiores a 27 semanas por cada patrón.
LSS '43: se excluyó de los derechos de la seguridad social a los trabajadores del campo negándoles protección en casos de riesgos de trabajo, enfermedad y maternidad, invalidez y vejez, cesantía en edad avanzada y muerte, porque se consideraba que no había condiciones económicas ni sociales para otorgarles estos derechos a este tipo de trabajadores.
LSS '54: se incluyó como posibles beneficiarios a los trabajadores del campo estableciéndose las modalidades del régimen obligatorio del seguro social para los trabajadores de la agricultura.
LSS '95: se incluyó dentro del régimen obligatorio a los trabajadores eventuales de la ciudad y el campo, estableciéndose en el artículo 12 que el vinculo de la relación laboral, cualquiera que sea su origen y naturaleza del patrón da lugar al régimen obligatorio que incluye todos los derechos que son riesgos de trabajo, invalidez y vida, enfermedades y maternidad, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, guarderías y prestaciones sociales.