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Incorporar la perspectiva de género en los proyectos de intervención social.
DEFINICIONES
+ ACLARACIONES
Profundizar en el conocimiento de los conceptos de sexo y género nos ayuda a comprender e interpretar la realidad en la que vivimos, intentando darle una visión desde el enfoque de género.
A lo largo de nuestra vida todas las actuaciones, ideas, reflexiones y palabras tienen una interpretación de género. Es interesante que entendamos que, desde el momento en que nacemos o, incluso antes de nacer, todo lo que forma parte de nuestro entorno, está supeditando nuestra feminidad o masculinidad.
+ TAREA
Analizar de qué forma la sociedad en la que vivimos asigna desde la infancia formas de comportamiento y características para mujeres y hombres
enumerar y definir las diferentes manifestaciones de la identidad sexual
Diferencias biológicas entre macho y hembra, lo que incluye la diversidad de sus órganos genitales externos e internos, las particularidades endocrinas, metabólicas y las diferencias relativas a la función de la procreación. Es universal y estático,
Son las manifestaciones biológicas, psicológicas y sociales relacionadas con el sexo de una persona. Abarca a la persona en su totalidad. Involucra todas las áreas de nuestra vida y de hecho, desde que nacemos estamos influidas e influidos por ella.
. Es un concepto cultural que alude a la clasificación social en dos categorías: lo masculino y femenino. Es una construcción de significados donde se agrupan todos los aspectos psicológicos, sociales y culturales de feminidad masculinidad. LA ACCIÓN DE LA SOCIEDAD ES DEFINITIVA PARA SU APRENDIZAJE Y DESARROLLO.
«Es fundamental para las mujeres saber de dónde venimos, qué problemas hemos tenido que afrontar, qué nos ha permitido llegar hasta aquí, quiénes han sido nuestros aliados y quiénes nos han puesto obstáculos hasta el fin…»
Ana de Miguel
Titular de Filosofía Moral y Política de la Universidad Rey Juan Carlos)
La conceptualización del género ha sido considerada uno de los puntos clave en la teoría feminista desde los años 70 en la medida en que se descubre como una potente herramienta analítica capaz de desvelar las ideologías sexistas ocultas en los textos de las ciencias humanas y sociales.
El género va a inscribirse en la teoría feminista como una nueva perspectiva de estudio, una categoría de análisis de las relaciones entre los sexos, de las diferencias de los caracteres y roles socio-sexuales de hombres y mujeres y, finalmente, como una crítica de los fundamentos «naturales» de esas diferencias.
Hace referencia al proceso dinámico, histórico y cambiante mediante el cual se define el significado que ser mujer u hombre adquiere en una sociedad o cultura determinada.
Se basa en un conjunto de atributos y expectativas asumidas por quienes integran una sociedad dada y que partiendo de distintas categorías biofisiológicas señalan comportamientos específicos dentro de una estructura jerarquizada de relaciones de poder.
Se trata, por tanto de todo aquello que las sociedades construyen alrededor de la diferencia sexual: roles, actividades, maneras de relacionarnos y de expresar las emociones. A partir de la apariencia externa de los órganos sexuales se establece una base muy sólida de enseñanzas divididas en mujeres y hombres.
| 4. m. Gobierno o autoridad del patriarca. | 5. m. Sociol. Organización social primitiva en que la autoridad es ejercida por un varón jefe de cada familia, extendiéndose este poder a los parientes aun lejanos de un mismo linaje. | 6. m. Sociol. Período de tiempo en que predomina el patriarcado.
hasta edad media
La construcción de la sociedad patriarcal, se remonta a la antigüedad, cuando el ser humano se convirtió en sedentario y surgió la agricultura. Las familias empiezan a acumular bienes, las actividades de la vida cotidiana se dividen y las normas implantadas permiten solo a los hombres el desarrollo de actividades productivas, y a las mujeres de actividades domésticas.
establece los primeros indicios de la creación de sistemas de organización social y política; es decir, lo que conocemos como espacio público y privado.
Si dejamos a un lado las claras diferencias de género, y nos centramos sólo en las mujeres, habría que hacer otra diferenciación importante: las desigualdades entre clases sociales
la mujer medieval era la clara constatación de la diferencia entre sexos. Se la consideraba sin rigor por el simple hecho de ser mujer, con inteligencia y capacidades menores, y en casos extremos incluso sin alma.
En el patriarcado no todas las relaciones eran familiares. Con el surgimiento de una nueva clase social, la burguesía se sientan las bases del patriarcado moderno
En la constitución de esta nueva jefatura, los hombres continuaban manteniendo el poder; ya no solo hacia las mujeres, sino hacia sus semejantes.
Desde la Edad Media, el único discurso imperante y válido era el masculino, de manera que la información que existe sobre actividades cotidianas, pensamientos, actitudes, comportamientos, etc., nos llega directamente de clérigos masculinos.
siglos de Oro
la situación de la mujer no progresaba respecto a la época anterior, sino que se contribuyó a que se hiciera más grande la brecha entre hombres y mujeres
se vieron condicionadas por el discurso eclesiástico, por supuesto, masculino, de quien dependerían para justificar su existencia. En literatura, surgió la imagen de la “donna angelicata”, que simbolizaba la mujer pura, alegoría de perfección espiritual, virtuosismo, honestidad y discreción; que a la vez reunía ciertos rasgos físicos idealizados (piel clara, cabello rubio, labios rosados, etc.).
principal papel (o casi único) de la mujer: ser madre
En cuanto a la educación de las mujeres, aunque ya hay discursos que empiezan a concebir la instrucción a las mujeres [humanismo], había muchos autores que defendían con criterios biológicos la discapacidad intelectual de las mujeres, basándose en la teoría aristotélica de los cuatro humores: las mujeres son frías y húmedas, y por tanto emocionales; los hombres calientes y secos, es decir, racionales.
https://www.lavanguardia.com/historiayvida/edad-moderna/20190621/47314076312/4-grandes-damas-del-renacimiento.html
En el entorno de la Ilustración primaba la máxima de la razón en la búsqueda de la verdad. Para ello, habría que abandonar todo prejuicio alimentado por la tradición y cuestionar, por otro lado, la religión como base de todo conocimiento.
En la Península, se desata una viva polémica en que las expresiones del patriarcalismo más rancio encontraron rienda suelta. Si en Europa hubo una Ilustración feminista (Condorcet, Olympe de Gouges, Mary Wollstonecraft) y una Ilustración misógina, reactiva (Rousseau, los jacobinos), en España tendrá su correlato en autores como Sarmiento, Josefa Amar y Borbón y Jovellanos, de una parte, entre otros y los que se inscribieron en la órbita de la recepción de Rousseau a finales del siglo, preludiando lo que llamamos "la misoginia romántica".
https://elpais.com/diario/2010/05/08/babelia/1273277554_850215.html
Escritora y teórica del feminismo. Es la autora de la celebre definición del matrimonio como “tumba del amor y la confianza”, redactó en 1791 la 'Declaración de los Derechos de la Mujer y la Ciudadana',
A pesar de los logros en lo que se refiere a la educación de las mujeres, hay que aclarar que, esa educación no estaba destinada a crear mujeres que actuaran de manera activa y útil en la sociedad o la política, sino que concebía la figura de la mujer como sabia consejera o educadora de ciudadanos, siempre a la sombra del hombre, ya fuera esposo o hijo.
Además de poseer sabiduría y competencias, de los cuales no debía hacer alarde en público, debía ser discreta y comedida.
El feminismo ilustrado
la primera ola feminista tuvo su origen a finales del siglo XVIII y se extiende durante un siglo entero, hasta 1870 aproximadamente. El objetivo de esta primera ola era reivindicar los mismos derechos que los hombres obtuvieron a raíz de las revoluciones burguesas y de la ya mencionada Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Las mujeres se vieron desprotegidas ante la falta de amparo jurídico y social, por ello, no dudaron en organizarse y empezar a luchar. A partir de esta primera ola se abre el debate sobre la igualdad y los derechos de las mujeres. Algunas de las pensadoras más importantes de la primera ola son:
Mary Wollstonecraft
Benito Jerónimo Feijoo
Olimpia de Gouges
Poullain de Barre
El discurso sobre la igualdad no era importante en las políticas impuestas durante la época del constitucionalismo burgués, que legitimaba la idea sobre las diferencias físicas y biologicistas que generaban la división sexual del trabajo, su jerarquización y la consecuente discriminación; sin embargo, las autoridades sostenían que los hombres y las mujeres tenían los mismos derechos naturales, situación que creó controversias por las contradicciones políticas que facilitaron el surgimiento del movimiento feminista a inicios del siglo XIX.
La exclusión de la mujer restaba solidez y coherencia al discurso filosófico y político que promovía el constitucionalismo burgués y evidenciaba otro discurso mucho más sólido que decía que la igualdad no surgía como un mecanismo natural, sino más bien construido socialmente (género).
La lucha por el reconocimiento de los derechos de la mujer aparece en España en el último cuarto del siglo XIX gracias a la labor pionera de mujeres como Concepción Arenal, Emilia Pardo Bazán y Rosalía de Castro. Se esforzaron en defender cambios jurídicos y educativos. Las preocupaciones e inquietudes a favor de las mujeres terminaron por calar en los movimientos de renovación pedagógica, especialmente en el krausismo y la Institución Libre de Enseñanza. Estos sectores progresistas fueron conscientes de la necesidad de mejorar el nivel educativo de las mujeres por considerar que debían ser protagonistas también del progreso social y general del país.
Durante el siglo XIX, se redujeron las ambiciones iniciales del movimiento para concentrarse en la consecución del derecho al voto. Nacería así el famoso movimiento sufragista , que enraizó con especial fuerza en los Estados Unidos a partir de 1848. No hemos de dejarnos engañar por esta aparente reducción de las demandas de la mujer por cuanto, teóricamente, se entendía que el derecho al voto y a la consiguiente decisión en lo relativo a la representación política supondría, a medio plazo, la mejor herramienta para combatir la desigualdad.
Enlazada con la lucha por los derechos universales para las mujeres, nació en Europa y Estados Unidos la segunda ola del feminismo (1870- 1940). Esta ola del feminismo viene impulsada por la segunda revolución industrial y por los rápidos cambios políticos y económicos que estaba sufriendo el mundo occidental.
El objetivo era reivindicar el derecho a voto universal puesto que las mujeres no tenían derecho a elegir a sus gobernantes, situándose así en una posición de inferioridad política y social. Reivindicaban los siguientes objetivos:
La incorporación de la mujer en el mundo laboral durante la Primera Guerra Mundial
El derecho a voto (por eso se conocen como sufragistas)
La igualdad de sexos en la familia y la prevención de la subordinación de la mujer
En Estados Unidos, uno de los logros más importantes de la segunda ola feminista y de la historia del feminismo fue la Declaración estadounidense de Seneca Falls en 1848, dicha declaración reivindicaba la independencia de las mujeres de sus padres y maridos. A pesar de que no comprende las fechas establecidas del movimiento sufragista, se considera un logro de la segunda ola debido a la naturaleza de sus objetivos.
El sufragismo supone un paso adelante muy importante en la lucha de las mujeres puesto que encuadra a todas las clases sociales en una misma lucha. A partir de 1871, algunos países comenzaron a establecer el sufragio universal en sus gobiernos.
En España, una de las grandes representantes del movimiento sufragista fue Clara Campoamor , quien creó la Unión Republicana Femenina e impulsó el sufragio femenino en España.
https://www.rtve.es/alacarta/videos/mujeres-en-la-historia/mujeres-historia-clara-campoamor/713371/
La I República intensifica la presencia de las mujeres en las universidades, pero la II República es crucial según explica Mercedes Rivas (Periodista y Profesora de la URJC), ya que el cambio del marco regulatorio favorece notablemente los derechos de la mujer española: Reconocimiento del voto femenino | Reconocimiento del matrimonio civil y el divorcio | Reconocimiento del derecho de la patria potestad de las mujeres sobre sus hijos | Eliminación del delito de adulterio para las mujeres. | Y «toda una legislación laboral que tiene que ver con igualdad de salarios entre hombres y mujeres».
Se estaban dando pasos enormes desde el punto de vista legal, pero el cambio de mentalidad en el comportamiento cotidiano, no se estaba dando. Hubo poco espacio para que el cambio se hiciera realidad y sin más, la mujer española retrocedió 40 años con la llegada del Franquismo: Las mujeres propulsoras y protagonistas del cambio fueron exiliados y se retoma la minoría de edad de la mujer.
Con la muerte de Franco en 1975, comienza a resurgir el feminismo español; de hecho ese mismo año, la Organización de Naciones Unidas (ONU) declara el Año Internacional de la Mujer.
A partir de la dictadura franquista y con la transición a la democracia, se comienzan a consolidar los movimientos feministas adquiriendo fuerza y reconocimiento.
Con la democracia, estos movimientos obtienen la libertad de poder congregarse y protestar por sus derechos, sin embargo, hasta el día de hoy, todavía existen desigualdades y continúa la lucha por la igualdad de géneros.
https://www.lavanguardia.com/historiayvida/historia-contemporanea/20200410/48392145297/friedan-feminismo-mistica-feminidad-estados-unidos-igualdad-aborto.html
http://www.vocesvisibles.com/historia-del-feminismo-en-espana/
http://www.vocesvisibles.com/la-transicion-del-movimiento-feminista-en-espana/
Hay distintas opiniones respecto a su finalización. Mientras que algunos sostienen que sigue vigente, otros afirman que finalizó en los años ochenta. Va de las políticas públicas que reivindican a la mujer hasta el fin del patriarcado. En este movimiento fueron fundamentales los anticonceptivos porque le otorgaron el poder del control de la natalidad (y la liberación del goce sexual, no atado a la reproducción) y el divorcio se hizo ley en muchos países. Caen las vendas del "amor para toda la vida" y aparecen otras opciones para mujeres rebeldes. Las mujeres son candidatas reales en el mundo político, aunque su porcentaje es sensiblemente inferior al de los hombres.
La violencia hacia la mujer, la represión sexual y la falta de igualdad real ante el género masculino seguía siendo evidente a mediados del siglo pasado, como lo sigue siendo hoy. La tercera ola del feminismo llegó durante los años 60, las mujeres empezaban a conquistar la igualdad ante la justicia, o eso parecía, y empezaban a desarrollar teorías sociales en las que estudiaban exhaustivamente el porqué de su situación, es decir, qué es lo que había en el mundo que mantenía a las mujeres en un estado de inferioridad permanente.
Grandes exponentes como Simone de Beauvoir o Betty Friedan comenzaron a señalar en sus textos roles y estereotipos de género, que veremos más detenidamente, la opresión sexual de la mujer, la violencia de género, el maltrato psicológico...
Fue en esta época donde se afirmó por parte de muchas activistas la existencia de un sistema patriarcal que oprimía sistemáticamente a la mujer. Bajo el lema "lo personal es político" la tercera ola del feminismo luchó con los siguientes objetivos:
La abolición del patriarcado
La educación en la igualdad
La libertad sexual de la mujer
La eliminación de la violencia contra la mujer (o violencia de género)
La igualdad real en el entorno laboral
https://www.youtube.com/watch?v=y5ph136ZFvE
Es la que vivimos en la actualidad y donde el activismo presencial y online van cobrando gran protagonismo. Plantea el fin de los privilegios de género establecidos históricamente hacia el hombre y el mainstreaming como medida fundamental para alcanzar la equidad y la igualdad efectiva.
Asimismo, repudia la violencia de género establecida en todos los ámbitos de la vida. Lo doméstico no es del ámbito privado. La sororidad, concepto que habla de la solidaridad entre mujeres, es central.
En cuestión de derechos, la lucha por el derecho a la interrupción legal del embarazo aparece aquí como otro punto clave. También aparece con mucha fuerza el discurso anti estereotipos y hay una mayor unión con el movimiento LGTB, Queer y de liberación sexual.
Un eje ineludible fue el primer paro | huelga internacional de mujeres, de altísimo acatamiento, llevado a cabo el 8 de marzo de 2018, inmortalizado como #8M.
https://www.elmundo.es/opinion/2018/03/07/5a9eb5c3e5fdea8e798b45e1.html
https://elpais.com/elpais/2017/04/21/eps/1492725918_149272.html
http://www.mujeresenred.net/spip.php?article135
https://www.eldiario.es/sociedad/Breve-diccionario-feminismo-siglo-XXI_0_872462980.html
http://www.vocesvisibles.com/historia-del-feminismo-en-espana/
escribe sobre la cuarta ola feminista y la sociedad actual ¿cuál es el papel de los hombres?
En el dossier aparece alguna más
La democracia estableció una profunda serie de revisiones legales a favor de la igualdad de la mujer: el artículo 14 de la Constitución Española de 1978 establece dicho principio, las leyes del divorcio y del aborto, etc.., aunque el camino hacia la igualdad aún no ha terminado, como lo demuestran las diferencias salariales y laborales, la violencia de género, la persistencia de la mentalidad sexista, así como las renacidas tentaciones reaccionarias de algunos sectores políticos, religiosos y de opinión.
La Ley de Cuotas es una media que cabe dentro del concepto de Discriminación Positiva y a través de ella se plantea el objetivo de generar una base igualitaria entre hombres y mujeres en el acceso a los cargos de poder en distintos ámbitos. En una Ley de Cuotas se establecen cuotas máximas (o mínimas) de participación por sexo en candidaturas y porcentajes de cargos electos en comicios municipales y parlamentarios.
Las mujeres del Partido Socialista de Cataluña logran incorporar el primer compromiso de cuotas en un partido español en 1982. Se empieza por un 12 % y seguirá el 15%, el 20 y el 25 % siguiendo la dinámica de las socialistas francesas. En 1988 el gobierno socialista aprueba en su congreso la cuota del 25 %. Nueve años más tarde, en 1996 de nuevo, adopta una cuota de representación paritaria, entre un 40 y un 60 % para hombres y mujeres, en los órganos del partido y en las listas electorales. Tras las elecciones de este mismo año en las que el Partido Popular asume el gobierno, las mujeres obtienen el 25 % de representación en el Congreso de Diputados y el 13 % en el Senado.
El 6 de junio del 2000, fecha de la promulgación de la llamada “Ley Francesa sobre la paridad” marca un antes y un después en este tema. Los datos sobre la presencia de mujeres en el legislativo del país vecino hablan por sí solas.... 5,9% sobre un total de 577 escaños en 1993 y 10,9 % de mujeres en junio de 1997. Siguiendo el modelo, a mediados del 2002 en España, desde las autonomías con gobierno socialista de Castilla-La Mancha y Baleares se intenta también la regulación de la paridad por Ley obligando a que los partidos concurran a las elecciones autonómicas con listas paritarias pero la propuesta queda frenada con la interposición de sendos recursos al Tribunal Constitucional presentados por el Gobierno de José María Aznar.
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visita la página de la onu y escribe documento reflejando, al menos 3 Objetivos y acciones estratégicas planteadas en la conferencia de beijing que consideres importante o más relevante según tu criterio
El Consejo de Europa es un organismo internacional de ámbito europeo, que fue fundado en 1949 por diez países y que tiene sede en Estrasburgo. Es el organismo europeo más relevante en materia de derecho antidiscriminatorio ya que su actividad se centra en la defensa del Estado de Derecho, la democracia y los derechos humanos. Por lo que se refiere a la igualdad entre mujeres y hombres, la labor de este Consejo ha sido significativa y se ha desarrollado tanto con acciones políticas como jurídicas.
la Carta Social Europea de 1961 constituye un importante instrumento en materia de protección de los derechos fundamentales de las mueres, garantizando el disfrute, sin discriminación, en particular por razones de sexo, de derechos fundamentales tales como el derecho al trabajo, a unas justas condiciones de trabajo y a una justa remuneración.
Las Conferencias Ministeriales sobre Igualdad entre Mujeres y Hombres tienen por objeto reforzar el diálogo intergubernamental sobre materias concretas, así como la búsqueda de soluciones comunes, de ellas derivan Declaraciones y Resoluciones sobre cuestiones determinadas.
Desde 1986 se han llevado a cabo nueve conferencias en las que se han aprobado una Declaración, una Resolución y dos Estrategias. Dichas conferencias tienen por objeto reforzar el diálogo intergubernamental sobre materias concretas, así como la búsqueda de soluciones comunes.
El trabajo del Consejo de Europa en los ámbitos de los derechos humanos y la equidad de género ha dado lugar a una normativa integral, así como orientación de políticas destinadas a lograr el avance y empoderamiento de las mujeres y la realización efectiva de la equidad de género, no sólo en el Consejo de Europa sino también en los Estados Miembros y más allá. Destacan los Convenios Internacionales sobre la luchas contra la trata de seres humanos (Convenio de Varsovia, 2005) y el Convenido sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica (Convenio de Estambul, 2011).
En 2018 el Comité de Ministros del Consejo de Europa aprobó la “Estrategia de Igualdad de Género 2018-2023”.
visita la siguiente página y describe cúales son las áreas prioritarias y los proósitos y objetivos estratégicos propuestoshttps://rm.coe.int/estrategia-de-igualdad-de-genero-del-coe-es-msg/16808ac960Una
Tratado de la Comunidad Económica Europea (1957), consagró la igualdad de remuneración para las mujeres y los hombres para un mismo trabajo o un trabajo de igual valor (actualmente queda contemplado en el artículo 157 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE)). El artículo 8 otorga a la Unión el cometido de eliminar las desigualdades entre hombres y mujeres y promover su igualdad a través de todas sus acciones (este concepto también se conoce como «integración de la dimensión de género»). Por otro lado, el artículo 153 permite a la Unión actuar en el ámbito más amplio de la igualdad de oportunidades y de trato en materia de empleo y ocupación. Dentro de este marco, el artículo 157 autoriza también la acción positiva para empoderar a las mujeres. Además, el artículo 19 contempla la posibilidad de legislar para luchar contra todas las formas de discriminación, también por motivos de sexo.
Tratado de Ámsterdam (1997) recogía la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres como un principio fundamental y un objetivo a cumplir tanto por la Unión como por todos sus estados miembros. (Artículo 2 y artículo 3, apartado 3, párrafo segundo).
Tratado de Lisboa (2007) incluye en el sistema de valores de la Unión, específicamente la igualdad entre mujeres y hombres. entre los fines y principios de la UE, el art. 3.3 del TUE reconoce expresamente que “la Unión combatirá la exclusión social y la discriminación” y “fomentará (…) la igualdad entre hombres y mujeres”.
Resolución del Parlamento Europeo, de 15 de enero de 2019, sobre la integración de la perspectiva de género en el Parlamento Europeo
Obliga al Estado miembro destinatario en cuanto al resultado que debe conseguirse. Para que los objetivos contemplados en la directiva tengan efecto para la ciudadanía es necesario que sea transpuesta a nuestro Ordenamiento Jurídico y así el Derecho nacional se adapta a los objetivos determinados en la Directiva.
Tiene alcance general, es obligatorio en todas sus partes y directamente aplicable en cada Estado miembro. Los destinatarios (personas, Estados miembros, instituciones comunitarias) deberán acatar los reglamentos en su totalidad como "leyes comunitarias". Es directamente aplicable en todos los Estados miembros a raíz de su publicación en el Diario Oficial de la CE.
Es obligatoria en todos sus elementos para sus destinatarios que pueden ser tanto Estados miembros, como personas físicas o jurídicas. La Decisión atiende a la regulación de hechos concretos en relación con destinatarios determinados.
actos legislativos en este ámbito:
No son vinculantes y no crean derechos ni obligaciones para el destinatario.
https://www.europarl.europa.eu/factsheets/es/sheet/59/la-igualdad-entre-hombres-y-mujeres
La Ley 39/1999, de 5 de noviembre, de Conciliación de la Vida familiar y laboral responde a la trasposición de las Directivas 92/85/CEE del Consejo de 19 de octubre de 1992, (relativa a la protección de la trabajadora embarazada, que haya dado a luz o en período de lactancia) y la 96/34/CEE del Consejo de 3 de junio de 1996, (relativa al Permiso Parental).. Esta Ley intenta responder a los cambios sociales en el ámbito del mercado laboral a través de la puesta marcha un sistema que contemple la repercusión que dichos cambios en el ámbito familiar, empezando por el establecimiento de medidas que permitan un reparto equilibrado de las responsabilidades familiares entre los miembros de la pareja. Se trataría de evitar que dichas responsabilidades recaigan exclusivamente sobre las mujeres, teniendo en cuenta, además, que este reparto desequilibrado constituye un obstáculo para su permanencia en el mercado de trabajo o promoción dentro de las empresas.
Se limitó a introducir medidas exclusivamente relacionadas con el ámbito laboral, aunque las directivas incorporadas habían sido diseñadas teniendo en cuenta la conciliación desde una perspectiva integral y, por tanto, el aspecto laboral, siendo muy importante, no era el único a considerar.
La Ley 30/2003, de 13 de octubre, sobre medidas para incorporar la valoración de impacto de género establece que los proyectos de ley y las disposiciones reglamentarias irán acompañados de un informe de impacto de género. Dicho informe se elabora por el departamento competente antes de la aprobación de la propuesta normativa. En él se recoge una evaluación previa sobre qué resultados y efectos de las disposiciones normativas sobre mujeres y hombres de forma separada y la valoración de estos resultados en relación con la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
El objetivo final del informe es, por tanto, recabar la información necesaria y realizar los oportunos análisis para detectar posibles desigualdades de género que pudieran producirse, a lo largo del desarrollo de las normas. A partir de este análisis, se realizarán las propuestas de reformulación o modificaciones pertinentes del texto normativo, dirigidas a prevenir los posibles efectos negativos en su aplicación sobre la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres..A pesar de la importancia que tiene la elaboración de los Informes de Impacto de Género, en numerosas ocasiones hasta el momento, ha sido considerada como un mero trámite a cumplir, sin tener en cuenta el objetivo final de dicho informe: avanzar en la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres.
La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres se aprobó en el Congreso de los Diputados, el 15 de marzo de 2007. está basada en los artículos 14 y 9.2 de la Constitución Española, y se recoge, asimismo, los distintos avances relativos al principio jurídico universal de la igualdad entre mujeres y hombres, plasmados en los distintos Tratados Internacionales y en las Conferencias Mundiales de la Mujer de las Naciones Unidas, así como en la normativa que a este respecto se ha desarrollado en el seno de la Unión Europea, como las Directivas 2002/73/CE y 2004/113/CE.
La mayor novedad de esta ley radica en la prevención de conductas discriminatorias y en el diseño de políticas activas para hacer efectivo el principio de igualdad. Para ello, se parte del principio de transversalidad, lo cual supone que se tenga en cuenta la perspectiva de género en todas y cada una de las políticas que se pongan en marcha en nuestro Estado, independientemente de la materia
Ley 2/2019, de 7 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
La igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres es un derecho básico de las personas trabajadoras. El derecho a la igualdad de trato entre mujeres y hombres debe suponer la ausencia de toda discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo, y, especialmente, las derivadas de la maternidad, la asunción de obligaciones familiares y el estado civil. El derecho a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres supone, asimismo, su equiparación en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de las obligaciones de tal forma que existan las condiciones necesarias para que su igualdad sea efectiva en el empleo y la ocupación. Por ello, son contrarias al derecho a la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres las discriminaciones directas e indirectas; el acoso sexual y el acoso por razón de sexo; la discriminación por el embarazo, la maternidad, la asunción de obligaciones familiares o el ejercicio de los derechos de corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral; las represalias como consecuencia de las denuncias contra actos discriminatorios; y los actos y cláusulas de los negocios jurídicos que constituyan o causen discriminación por razón de sexo.
Buscando dar a la sociedad un marco jurídico que permita dar un paso más hacia la plena igualdad, este real decreto-ley contiene 7 artículos que se corresponden con la modificación de siete normas con rango de ley que inciden de forma directa en la igualdad entre mujeres y hombres.
Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre de Medidas de protección integral contra la violencia de género la identifica como “una manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres”.
El texto recoge, entre otras, medidas de sensibilización e intervención en el ámbito educativo; de refuerzo de una imagen que respete la igualdad y la dignidad de las mujeres, con referencia concreta al ámbito de la publicidad; de apoyo a las víctimas, como el derecho a la información y a la asistencia social integrada y la especialización de prestaciones; de asistencia jurídica gratuita para aquellas mujeres víctimas de violencia que no tengan recursos suficientes; de protección social y de apoyo económico, tanto a las mujeres maltratadas como a los y las menores que estén dentro del entorno familiar, víctimas indirectas o mediatas de esta violencia.
https://www.iberley.es/legislacion/rd-ley-6-2019-1-mar-medidas-urgentes-garantia-igualdad-trato-oportunidades-entre-mujeres-hombres-empleo-ocupacion-26202031
Ley 6/2019, de 25 de noviembre, del Estatuto de las Mujeres Rurales de Castilla-La Mancha. [2019/10780]
Ley 12/2010, de 18 de noviembre, de igualdad entre mujeres y hombres en Castilla - La Mancha.
Ley 22/2002 de 21 de noviembre (D.O.C.M. 4-12-2002), de creación del Instituto de la Mujer de CLM.
Decreto 252/2003 de 29 de Julio por el que se establecen la organización y funciones del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha.
Decreto 77/2019, de 16/07/2019 por la que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Presidencia de la Junta de Comunidades de CLM
Decreto 38/2019, de 7 de mayo, por el que se regulan las unidades de igualdad de género en la administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Decreto 75/2016, de 07/12/2016, por el que se regula la composición, organización y funcionamiento de la Comisión de Igualdad de Castilla-La Mancha
II Plan Estratégico para la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres de CLM 2019-2024
https://institutomujer.castillalamancha.es/normativa/autonomica/igualdad
En julio de 2010, la Asamblea General de las Naciones Unidas creó ONU Mujeres, “la Entidad de la ONU para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de la Mujer”, cuyo antecedente fue UNIFEM (Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer).
Al hacerlo, los Estados Miembros de la ONU dieron un paso histórico en la aceleración de los objetivos de la Organización en materia de igualdad de género y de empoderamiento de las mujeres.
La creación de ONU Mujeres forma parte de la reforma de la ONU, al reunir los recursos y mandatos para obtener un mayor impacto. Con el fin de centrarse exclusivamente en la igualdad y el empoderamiento de las mujeres, fusionó y dio seguimiento al importante trabajo realizado por cuatro componentes del sistema de la ONU
https://www.un.org/womenwatch/daw/
La División para el Adelanto de la Mujer, fundada en la visión de igualdad que se establece en la Carta de las Naciones Unidas, trabaja en pro de la igualdad de género y el empoderamiento de la mujer, como asociada y beneficiaria en igualdad de condiciones en los ámbitos del desarrollo sostenible, los derechos humanos y la paz y la seguridad.
Junto con los gobiernos, otras entidades del sistema de las Naciones Unidas y la sociedad civil, incluidas las organizaciones no gubernamentales, la División para el Adelanto de la Mujer busca promover el programa mundial sobre igualdad de género y las cuestiones relativas a los derechos humanos de la mujer y asegurar que las opiniones de las mujeres se escuchen y que sus prioridades y preocupaciones se integren plenamente en todos los foros internacionales de políticas.
Fue establecido por el Consejo Económico y Social (ECOSOC) de Naciones Unidas como organismo autónomo, con el propósito de emprender investigaciones y programas de capacitación a nivel internacional, con objeto de incorporar a la mujer como agente activo en el desarrollo. Contribuye a la promoción de la mujer y la igualdad de género en todo el mundo.
Establece y fortalece alianzas entre organismos intergubernamentales, gubernamentales y no gubernamentales a fin de que incorporen en sus agendas políticas el desarrollo, la paz, y la igualdad de género.
Desde 1999 desarrolló una nueva metodología de trabajo basada en las nuevas tecnologías de la información y comunicación (TIC), para la promoción, gestión, y difusión de conocimientos e información concernientes al género.
Desde 1983, y por recomendación del Consejo Económico y Social, el INSTRAW se establece en República Dominicana.
Fondo de las Naciones Unidas para la mujer, dedicado al avance de los derechos de la mujer y la igualdad de género. Provee asistencia técnica y financiera para programas y estrategias innovadoras que promueven el empoderamiento de las mujeres. UNIFEM desempeña su labor basado en la creencia de que toda mujer tiene el derecho fundamental a una vida libre de discriminación y violencia, y que la igualdad de género es imprescindible para el desarrollo y el establecimiento de sociedades justas.
Objetivos:
- Mejorar la seguridad y los derechos económicos de las mujeres.
- Poner fin a la violencia contra las mujeres.
- Reducir la prevalencia del VIH y SIDA entre las mujeres y las niñas.
- Promover la justicia de género en la gestión pública democrática tanto en los Estados estables como los frágiles.
La última directora ejecutiva de Unifem fue la española Inés Alberdi. [https://www.cis.es/cis/opencms/ES/6_formacion/PremioNacionalSociologia/Semblanzas/InesAlberdi.html]
https://www.europarl.europa.eu/factsheets/es/sheet/59/la-igualdad-entre-hombres-y-mujeres
Las comisiones parlamentarias se reúnen una o dos veces al mes en Bruselas y sus debates son públicos.
Las comisiones elaboran propuestas legislativas e informes de propia iniciativa, redactan enmiendas y los aprueban. También, examinan las propuestas de la Comisión y del Consejo y, si procede, redactan informes que habrán de presentarse al Pleno.
Por último, el Parlamento Europeo también puede constituir comisiones temporales que se ocupan de problemas específicos y comisiones de investigación para indagar sobre casos de infracción o de aplicación deficiente de la legislación comunitaria.
https://www.socialistsanddemocrats.eu/es/committees/comision-de-derechos-de-la-mujer-e-igualdad-de-genero
Tiene su origen en la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Oportunidades del Parlamento Europeo, (creada en 1979, goza de carácter permanente desde 1984). Su principal objetivo es garantizar el Derecho Comunitario y el desarrollo igualitario de oportunidades y derechos para hombres y mujeres. Su contribución ha sido decisiva para la definición y el desarrollo de los derechos de las mujeres en la Unión Europea. Entre sus funciones destacan: la proposición de las medidas necesarias para garantizar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el acceso y desarrollo de su carrera profesional, y controlar que la implementación de dichas medidas desemboque en una representación equilibrada de ambos sexos en todos los niveles de la organización administrativa de la UE.
http://www.igualdad.gob.es/ | https://www.youtube.com/c/MinisteriodeIgualdad/playlists
El trabajo del Ministerio se articula en torno a tres ejes principales:
*las políticas de supervivencia, destinadas a erradicar todas las formas de violencia machista que sufrimos las mujeres por el hecho de serlo;
*las políticas de redistribución de la riqueza, el tiempo y los cuidados, vinculadas a una transformación global de nuestra sociedad tanto en los ámbitos del empleo como en los de la corresponsabilidad;
*las políticas de cuidado de la diversidad, que velan para que el origen étnico-racial o la pertenencia a la comunidad LGTBI no supongan un factor de discriminación.
La Secretaría de Estado de Igualdad, dependiente del Ministerio de Igualdad, tiene entre sus funciones proponer y desarrollar las políticas del Gobierno en materia de igualdad, de prevención y eliminación de toda clase de discriminación de las personas por razón de sexo, origen racial o étnico, religión o ideología, orientación sexual o identidad de género, edad, discapacidad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, y de erradicación de las distintas formas de violencia contra la mujer, así como la violencia ejercida contra personas lesbianas, gais, bisexuales, transexuales e intersexuales (LGBTI) y dentro de la relaciones afectivas de éstas.
Entre sus tareas figura la coordinación de las políticas de la Administración General del Estado en materia de igualdad de trato y de oportunidades, con especial referencia a la igualdad entre hombres y mujeres, así como el desarrollo de políticas de cooperación con las administraciones de las comunidades autónomas y entidades locales en materias de su competencia, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros Departamentos.
Le corresponde a la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género proponer la política del Gobierno contra las distintas formas de violencia de género e impulsar, coordinar y asesorar en todas las medidas que se lleven a cabo en esta materia.
Dependen de la Delegación del Gobierno, con nivel orgánico de subdirección general, los siguientes órganos:
a. La Subdirección General de Sensibilización, Prevención y Conocimiento de la Violencia de Género, encargada de realización de las siguientes funcione, además del ejercicio de la secretaría del Observatorio Estatal de la Violencia sobre la Mujer.
b. La Subdirección General de Coordinación Interinstitucional en Violencia de Género,
https://www.inmujeres.gob.es/observatorios/otros/home.htm
http://www.inmujer.gob.es/elInstituto/conocenos/home.htm
El Instituto de las Mujeres y para la Igualdad de Oportunidades (IMIO) es un organismo autónomo adscrito al Ministerio de Igualdad, que tiene como funciones el promover y fomentar la igualdad de ambos sexos, facilitando las condiciones para la participación efectiva de las mujeres en la vida política, cultural, económica y social, así como la de impulsar políticas activas para el empleo y el autoempleo de las mujeres y la de fomentar y desarrollar la aplicación transversal del principio de igualdad de trato y no discriminación.
El IMIO tiene su origen más inmediato en el Instituto de la Mujer y en la Dirección General para la Igualdad de Oportunidades, pues con el objetivo de racionalizar la organización de la Administración y evitar duplicidades ante organismos administrativos, mediante la Ley 15/2014, de 16 de septiembre (BOE, 17 de septiembre de 2014), se acuerda la integración de las competencias de la Dirección General para la Igualdad de Oportunidades dentro de los cometidos y estructura del Instituto de las Mujeres, que pasa a denominarse “Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades”.
El Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha es un organismo autónomo creado en noviembre de 2002 (Ley 22/2002 de 21 de noviembre) y adscrito actualmente a la Consejería de Igualdad y Portavoz de la Junta de Comunidades de la Región.
Su estructura y organización, así como sus funciones, se regulan, además de por la citada Ley 22/2002, de 21 de noviembre, de creación del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha en el Decreto 252/2003 de la Consejería de Presidencia, de 29 de Julio. Por otra parte, la Ley 12/2010, de 18 de noviembre, de Igualdad entre mujeres y hombres de Castilla-La Mancha amplia las funciones del Instituto de la Mujer, modificando la Ley 22/2002, de 21 de noviembre en su disposición adicional primera.
https://institutomujer.castillalamancha.es/
Los Centros de la Mujer constituyen una red de servicios que lucha por la implicación de toda la sociedad en la puesta en marcha de actuaciones orientadas a la consecución de la igualdad real entre hombres y mujeres en todos los ámbitos.
Los Centros ofrecen información, orientación y asesoramiento a las mujeres de Castilla-La Mancha, en materia laboral y empresarial, derechos fundamentales, salud y servicios sociales.
Su puesta en marcha y expansión se concibe como un medio para contribuir a la desaparición de situaciones de discriminación y alcanzar la igualdad real de ambos sexos, consolidando la plena integración de las mujeres en todos los ámbitos de nuestra sociedad.
https://institutomujer.castillalamancha.es/seguimos-atendiendo-en-los-centros-de-la-mujer
*Conseguir la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres en todos los ámbitos de la vida.
*Prevenir la violencia contra las mujeres; así como proteger y asistir a las víctimas (cumplimiento de la Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla-La Mancha).
*Establecer medidas regionales que favorezcan la participación y la presencia de las mujeres en la esfera social, económica, cultural y política.
*Eliminar cualquier forma de discriminación hacia las mujeres en Castilla-La Mancha.
*Promocionar profesionalmente a las mujeres castellano-manchegas.
*Impulsar actuaciones destinadas a las mujeres del medio rural.
*Apoyar el asociacionismo de la región en su trabajo a favor de la igualdad de oportunidades.
*Conseguir la implicación de toda la sociedad (asociaciones, administraciones, organismos, instituciones, medios de comunicación...) en la puesta en marcha de actuaciones dirigidas a alcanzar una igualdad real entre mujeres y hombres.
Las políticas de igualdad en España y en Europa se iniciaron en la segunda mitad del siglo XX, en concreto a partir de los años 70. En la actualidad, y en función del objetivo a lograr, se siguen llevando a cabo estas políticas, además de implantarse otras, que responden a los nuevos retos que se plantean en materia de igualdad de género.
La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres recoge normativa dirigida a mejorar el funcionamiento de las Administraciones Públicas y también aborda la eliminación de situaciones concretas de discriminación de género. Además, va más allá puesto que no solo pretende comprometer a las Administraciones Públicas en la aplicación del principio de igualdad de género, también compromete a otras instituciones sociales, como los sindicatos, las empresas, los medios de comunicación,
En los años 80 se empiezan a emplear las acciones positivas para favorecer la igualdad entre mujeres y hombres, en ese intento de ir más allá de la igualdad formal y de promover la igualdad real.
Se desarrollan políticas y programas dirigidos específicamente a mujeres para prevenir y suprimir la discriminación o compensar las desventajas que éstas encuentran en el mercado laboral.
Por ejemplo, en el ámbito del empleo, se promueve el que haya una presencia equilibrada entre mujeres y hombres en las personas beneficiarias de ciertas políticas o programas de inserción laboral, se subvenciona la contratación de mujeres, se crean cursos de formación dirigidos solo a mujeres, etc.
Estas medidas, por tanto, están centradas en las mujeres y suelen ser puntuales y, por tanto, tienen carácter temporal.
Las acciones positivas son medidas efectivas a corto plazo y con ellas se pretende, en casos concretos, corregir la desigualdad que se está produciendo, pero estas medidas por sí mismas no impiden que, cuando se dejan de aplicar, la desigualdad vuelva a manifestarse.
Son acciones que no promueven un cambio estructural y sistemático y que no van a las causas de la desigualdad, si no que se centran en las consecuencias que tiene la desigualdad sobre las mujeres y son intervenciones puntuales para compensar esas consecuencias negativas sin actuar sobre el entorno que las sustenta.
El proceso de implantación de la transversalidad de la perspectiva de género en las políticas públicas se desarrolla en torno a tres fases:
a. Inicio: Donde se pauta el impulso del proceso y se crean las condiciones para poder abordar los cambios en las políticas y estructuras para lograr la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
b. Implementación: Se describe cómo identificar los cambios que han de realizarse en una estructura/política dada y realizarlos.
c. Consolidación: Se aborda la sostenibilidad de los cambios, lo que supone la modificación y/o replanteamiento de determinadas directrices y contenidos políticos que posibiliten el desarrollo de los cambios a corto, medio y largo plazo.
PLAN ESTRATÉGICO DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES 2018-2021
La creación del Instituto de la Mujer supuso el comienzo de una política institucional para la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres que se concretó en sucesivos Planes para la Igualdad de Oportunidades de las Mujeres (PIOM), encaminados a eliminar las diferencias por razón de sexo y a favorecer que las mujeres no fueran discriminadas en la sociedad.
En el lado opuesto al concepto de igualdad se encuentra, lógicamente, el de desigualdad que implica la imposibilidad de desarrollarse en algún aspecto, por ejemplo, en el ámbito jurídico, en el laboral, en el social y en el económico.
La desigualdad se manifiesta socialmente a través de las discriminaciones, entendidas como dar un trato de inferioridad a una persona o colectividad por motivos raciales, religiosos, políticos, de sexo, etc. (Definición de la Real Academia de la Lengua Española, Edición 23).
Discriminación por razón de sexo
Con esta expresión, se hace referencia a aquellas situaciones donde la intersección de distintos factores como: edad, sexo, orientación sexual y origen étnico, religión o discapacidad, dan lugar a una situación de discriminación. Por ejemplo, pensemos en una mujer de una minoría étnica: puede ser objeto de discriminación por la relación que existe entre el hecho de ser mujer y con un determinado origen racial.
El mercado laboral en España concentra la mayor tasa de ocupación en el sector servicios, seguido del sector de la industria y la construcción y, por último, del sector agrario, como todos los países que han alcanzado un nivel alto de desarrollo y cuya economía se dice está terciarizada.
La ocupación de los sectores de actividad en función del sexo arroja resultados diferenciados. La salida de un gran número de mujeres de la invisibilidad del espacio doméstico y su incorporación al mercado laboral formal y en consecuencia al espacio público, se ha producido mayoritariamente en el sector servicios.
De acuerdo con la Encuesta de Población Activa del segundo trimestre de 2018, el 88,52% de las mujeres han encontrado empleo en el sector servicios. Además, dentro de este sector, las mujeres se concentran en las siguientes ramas de actividad: educación (el 67,27% de las personas que trabajan en esta rama son mujeres), sanidad y servicios sociales (77,30%), hostelería (52,90%) y, por supuesto, servicio doméstico (88,95%). Es decir, en actividades en las que se reproducen los roles tradicionalmente atribuidos a las mujeres y que, como hemos visto, están relacionados con el desarrollo del trabajo reproductivo y de cuidados y del trabajo doméstico.
Un fenómeno específico derivado de la generalizada segregación vertical del mercado laboral español, es el llamado techo de cristal en las organizaciones, definido como una serie de elementos psicosociales que impiden que las mujeres, a pesar de tener la misma cualificación y méritos que sus compañeros, no accedan a los puestos de máxima responsabilidad. Es, por tanto, una barrera invisible resultante de un complejo entramado en las organizaciones que impide o limita el acceso de las mujeres a los puestos de responsabilidad.
En este proceso, la meritocracia no es la vía para ir accediendo a puestos de mayor responsabilidad y ésta se desvirtúa por condicionantes de género.
El fenómeno del techo de cristal es constatable en la actualidad, tanto en el ámbito de la gestión política como en las empresas.
Algunas de las barreras invisibles que produce este efecto discriminatorio son:
• La menor proyección que ven en las mujeres las propias entidades, por el propio diseño del puesto de trabajo, pensado desde el inicio para un perfil concreto de hombre.
• La tradicional menor “ambición profesional”, en la que todavía están educadas las mujeres, socializadas sesgadamente por el funcionamiento de estereotipos de género.
• La especial dificultad para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en este tipo de puestos, que hace que muchas mujeres no se planteen competir a partir de un cierto momento de su carrera profesional. Asimismo, hay una presunción generalizada por parte del empresariado de que los hombres tendrán disponibilidad absoluta para el trabajo y que esto no será así en las mujeres.
• La cultura empresarial masculinizada que tiene formas de comunicación y de establecer redes donde las mujeres tienen difícil acceso, (muchas reuniones de negocios todavía se realizan en horarios de tarde o cenas de trabajo), o en recintos deportivos (campos de golf, estadios de fútbol, etc.), o en otros ambientes exclusivamente masculinos.
Existe una diferencia en el uso de tiempos y espacios por parte de las mujeres y los hombres relacionada con el modelo patriarcal en el que se basa nuestra sociedad, con el reparto de funciones entre mujeres y hombres, no por su capacidad ni por sus conocimientos, sino solo por el hecho de ser mujeres u hombres. Comencemos con el análisis del uso de los espacios.
De acuerdo con la Plataforma de Acción de Pekín (documento aprobado en la IV Conferencia, referente a las doce áreas a los que los gobiernos y la sociedad civil deben prestar especial atención para la eliminación de los obstáculos que impiden la plena equiparación entre mujeres y hombres) se relaciona el empoderamiento con los siguientes ejes: los derechos humanos, la salud sexual y reproductiva y la educación.
Actualmente esta expresión conlleva también otra dimensión: la toma de conciencia del poder que individual y colectivamente ostentan las mujeres y que tiene que ver con la recuperación de la propia dignidad de las mujeres como personas. Así, el empoderamiento abarca dos aspectos:
1. Significa “tener claro lo que quiero, saber dónde quiero llegar y sentirme bien con ello y en ello”. En definitiva, tomar las decisiones que queremos.
2. Significa ser libre, tomar tus propias decisiones. No sentirse culpable. Implica disponer y disfrutar de una vida propia a parte de la familiar
3. Ser una o uno mismo.
1. Significa trabajar colectiva y cooperativamente para conseguir logros sociales, políticos y económicos.
2. Significa hablar de pactos entre las mujeres, significa hablar de asociacionismo de mujeres, sobre todo, teniendo en cuenta la dispersión que ha existido debido a su exclusión del ámbito público.
3. Significa hablar de sororidad: hermandad, confianza, fidelidad, apoyo y reconocimiento entre mujeres para construir un mundo diferente; percatarse que desde tiempos antiguos hay mujeres que trabajan para lograr relaciones sociales favorables para ellas y para nosotras, recordando siempre que todas somos diversas y diferentes (Definición de Marcela Lagarde)
Las mujeres son más dependientes y emocionales que los hombres
Las niñas son más buenas y los niños más traviesos.
Las mujeres tienen menos ambición en el trabajo que los hombres.
Los hombres son más racionales, decididos y competitivos.
En los estudios las mujeres son más trabajadoras, pero ellos son más inteligentes.
Los roles de género se refieren al conjunto de normas sociales y de comportamiento apropiadas para los hombres y las mujeres de un grupo o sistema social dado, en función de la construcción social que se tenga de la masculinidad y femineidad, expresión pública de la identidad de género.
Los roles de género, al establecer qué es propio de un hombre y qué de una mujer, legitiman la creación de estereotipos que asignan a todos los hombres ciertos valores y capacidades (fuerza, autonomía, decisión, objetividad, iniciativa, etc.) acordes con las funciones productivas, mientras que a todas las mujeres se les asigna otros diferentes asociados a las tareas reproductivas y de cuidados (debilidad, dependencia, sensibilidad, sumisión, obediencia, etc.).
Los roles de género son cambiantes y por ello, a medida que las culturas y las sociedades cambian, lo que es considerado femenino y masculino también cambia.
"Llorar es de mujeres",
"los hombres son los que tienen que trabajar", "conquistar es de hombres", "las mujeres deben ser pacientes"...
"Un chef o un modisto tienen más prestigio social y económico que una cocinera o modista".
"Los hombres son fuertes e inteligentes mientras que las mujeres son débiles, cariñosas y habladoras"...
""El hombre debe ser el cabeza de familia y el principal proveedor de la economía familiar"
"La crianza de hijas e hijos es cosa de las madres"
Los estereotipos de género hacen referencia a una serie de ideas impuestas, simplificadas, pero fuertemente asumidas, sobre las características, actitudes y aptitudes de las mujeres y los hombres.
Aunque a veces nos puedan parecer inocuos, los estereotipos de género marcan la existencia de las mujeres y de los hombres, condicionando sus gustos (juegos y deportes), sus expectativas (sus metas profesionales), sus ocupaciones y empleos (todavía existen profesiones feminizadas y masculinizadas), sus salarios y en general su manera de vivir.
Los estereotipos de género se transmiten y refuerzan mediante el proceso de socialización
Las mujeres son más dependientes y emocionales que los hombres
Las niñas son más buenas
y los niños más traviesos.
Las mujeres tienen menos ambición en el trabajo que los hombres.
En los estudios las mujeres son más trabajadoras, pero ellos son más inteligentes.
Los hombres son más racionales, decididos y competitivos.
Feliz Día, Hombres
¿Qué pasa si pones un niño frente a un niña y le pides que la abofetee?
48 Cosas que las mujeres escuchan a lo largo de su vida
Au bout de la rue
Querido papá, me van a llamar puta
Daisy tiene algo que decir sobre la ropa de Tesco
“Todo el personal fue a la comida de Navidad, desde los directivos hasta las limpiadoras”.
“El presente proceso de selección surge de la necesidad de la Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir de incorporar Matronas con alta cualificación para el Centro Hospitalario de Sierra de Segura”.
“Empresa nacional de montaje industrial y mantenimiento en continua expansión desea seleccionar jóvenes con carrera de Ingeniero Técnico”.
“Empresa de construcción busca Encargado de Obra para construcción de un nuevo Hotel en Tenerife”.
“Empresa Municipal de Artes Gráficas precisa Secretaria bilingüe”.
Lenguaje inclusivo: Conjunto de propuestas de uso de la lengua castellana que busca personalizar la presencia de mujeres y hombres al escribir, hablar y representar, promoviendo que las y los hablantes abandonen o no incurran en el sexismo lingüístico y en el sexismo social presente en el lenguaje. El objetivo más general de la comunicación inclusiva es dar relevancia a la presencia de los dos sexos en los diferentes mensajes emitidos y evitar también el uso de imágenes que pudieran afectar a la dignidad de mujeres u hombres o que transmitan estereotipos sexistas.
Para lograr este objetivo se recurre a fórmulas lingüísticas que den cuenta de la presencia de ambos sexos, entre ellas, el lenguaje no sexista.
Lenguaje no sexista: Uso igualitario del lenguaje que, de forma consciente, pretende fomentar una imagen equitativa y no estereotipada de las personas a las que se dirige o refiere. El lenguaje no sexista forma parte del lenguaje inclusivo o incluyente. De forma general, el uso no sexista del lenguaje consiste en emplear un lenguaje neutro, común, evitando invisibilizaciones y tópicos sexistas.
¿Habrá limpiadores?
¿Habrá jefas en las empresas?
¿Las mujeres pueden optar a cargos directivos y los hombres a tareas de limpieza?
¿Si el masculino incluye a hombres y mujeres y hay que usarlo cuando la referencia sea conjunta por qué se utiliza el término “limpiadora” que excluye a los hombres?
¿Solo hay matronas para asistir a las mujeres en el parto? ¿Y los matrones? ¿Las obras solo pueden ser dirigidas por un encargado?
¿No hay encargadas?
¿Dónde están las jóvenes ingenieras?
http://www.inmujer.gob.es/servRecursos/formacion/materiales/nombraEnRed.htm
http://www.themis.es/
Decálogo para una comunicación no sexista
Para un uso adecuado y equitativo del tiempo y el espacio, son fundamentales:
* Corresponsabilidad , es decir, el reparto equilibrado de las tareas domésticas y de las responsabilidades familiares, tales como su organización, el cuidado, la educación y el afecto de personas dependientes dentro del hogar, con el fin de distribuir de manera justa los tiempos de vida de mujeres y hombres.
* Coeducación . Método de intervención educativo que va más allá de la educación mixta y cuyas bases se asientan en el reconocimiento de las potencialidades e individualidades de niñas y niños, independientemente de su sexo. La coeducación es, por tanto, educar desde la igualdad de valores, oportunidades y trato a las personas.
A pesar de que muchas mujeres se han incorporado al mercado laboral, la dedicación a la familia no ha descendido para ellas, produciéndose, en muchos casos, el fenómeno de la doble o triple jornada. Esta doble o triple carga de obligaciones es la causa fundamental de la desigualdad en el uso del tiempo entre hombres y mujeres; una de las consecuencias directas de esta falta de tiempo de las mujeres es el descenso de su calidad de vida que afecta directamente a su salud física y psíquica por el exceso de responsabilidad y presión.
Repartir las responsabilidades familiares supone compartir las actividades de cuidado, educación y afecto entre las personas que componen la unidad familiar y contribuye, por tanto, a mejorar su calidad de vida.
Por ello, para equilibrar la sociedad y potenciar la igualdad, será necesario distribuir justamente los tiempos de vida de hombres y mujeres.
Aplicar la perspectiva, el análisis o el enfoque de género
implica tomar en consideración las diferencias de condiciones, necesidades, índices de participación, acceso a los recursos y desarrollo, control de la riqueza, poder y toma de decisiones, etc., entre hombres y mujeres debidas a los roles que tradicionalmente se les han asignado.
• Razones por las que se necesita realizar [Fundamentación]
• Qué se espera obtener
[Objetivos]
• A quién va dirigido
[Personas Beneficiarias directas e indirectas]
• Con qué acciones
[Actividades]
• Qué se necesita para lograr el objetivo
[Recursos]
• En cuánto tiempo se lograrán los objetivos
[Calendario]
• ¿Se han cumplido los plazos, desarrollado las actividades y se han alcanzado los objetivos formulados?
[Evaluación]
Para lograr una metodología de enfoque integrado en cuanto al género, según el “Protocolo de implantación del mainstreaming de género ”, hay que:
• Desagregar los datos por sexos e introducir variables de análisis que permitan identificar las situaciones de desigualdad y medir la reducción de las brechas de género.
• Investigar las causas de la desigualdad detectadas y actuar sobre ellas.
• Incorporar indicadores de género a los sistemas de información a través de los cuales se evalúa y se da seguimiento a la acción pública.
• Erradicar los estereotipos y prejuicios de género a lo largo de todas las fases de la decisión y acción públicas.
Adila
En la Guía para la incorporación de la perspectiva de género (2002) publicada por el Instituto de la Mujer, se recomienda, para poder llevar a cabo la incorporación de la igualdad de género en proyectos, tener en cuenta los siguientes aspectos:
Objeto. Lograr la igualdad real entre mujeres y hombres.
Sujeto. Facilitar, a las personas que intervienen en el proceso de incorporación del mainstreaming de género (epígrafe 1.11), los conocimientos necesarios así como propiciar el cambio de actitudes favorables.
Igualmente, esta guía resume como objetivos a buscar para luchar por la igualdad de género VISIBILIDAD, AUTONOMÍA y PARTICIPACIÓN.
En ella, se insiste en que para incorporar la igualdad de género hay que tener en cuenta todos los procesos que configuran un proyecto:
Decisión. Tiene que ser asumida desde el órgano directivo, para que forme parte de la estrategia del organismo público o privado de que se trate.
Planificación. Para que todo proyecto de acción o norma desde su concepción tenga presente la perspectiva de género.
Ejecución. A lo largo de todo el proceso de realización o validez de la norma, deberán las/los agentes encargados de su ejecución actuar desde posiciones que eviten la transmisión de estereotipos o imponer que su modelo o concepción tenga presente la perspectiva de género.
Evaluación. Utilizando indicadores, o creándolos cuando no existan que permitan medir el avance social de las mujeres y los beneficios que obtienen de las diferentes políticas o normas.
http://www.igualdadgenerofondoscomunitarios.es/Documentos/herramientas/2007_13/21_Protocolo_MG_def.pdf