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Universidad Mariano Gálvez de Guatemala

Kisrten Belén Virves Juárez.

0507-20-6663

Instituciones del

Estado

¿Qué Son las Instituciones de un Estado?

Generalidades

Las instituciones del Estado son: Instancias del Estado que sirven para administrar, regular y organizar la convivencia social, a través de la generación de normas y leyes que los individuos ejecutamos mediante derechos y obligaciones

Algunas de Esas Instituciones

Tribunal Supremo Electoral

Contraloría General de Cuentas

Instituciones

Procuradoría General de La Nación

Ministerio Público

Procuradoría de Los Derechos Humanos

Las Instituciones que formar parte de la Administración Pública, juegan un papel importante en lo que es la Estructura y Organización del Estado de Guatemala, cabe mencionar que son órganos de extrapoder y todos fundamento en nuestra Carta Magna.

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Tribunal Supremo Electoral

Tribunal Supremo Electoral

El Tribunal Supremo Electoral es la máxima autoridad en materia electoral. Es independiente y por consiguiente no supeditado a organismo alguno del Estado. Su organización, funcionamiento y atribuciones están determinados en la Ley Electoral y de Partidos Políticos, según el artículo 121 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos, la que es vigente desde el 14 de enero de 1986. Fue creado en 1983, para ser el organismo encargado de realizar elecciones libres y transparentes en Guatemala.

Misión:

Somos la máxima autoridad en materia electoral, independiente, no supeditada a organismo alguno del Estado, que promueve el ejercicio de la ciudadanía plena, igualitaria e inclusiva y la participación de las organizaciones políticas, para garantizar el derecho de elegir y ser electo, así como facilita el óptimo funcionamiento de los órganos electorales temporales, con el fin de alcanzar la consolidación de la democracia.

Visión:

Ser la institución electoral rectora, de rango constitucional, que oriente, fomente e incremente la participación ciudadana en el voto responsable y consciente; que fortalezca la evolución y el desarrollo del sistema democrático, el respeto pleno y garantía de la voluntad popular en los procesos electorales, transparentes e incluyentes manteniendo la confianza ciudadana en la justicia electoral..

Principios:

  • Legalidad
  • Independencia
  • Imparcialidad
  • Objetividad
  • certeza
  • Transparencia

Valores:

  • Compromiso
  • Responsabilidad
  • Credibilidad
  • Servicio
  • Eficacia y Eficiencia

Funciones

Las Funciones de dicha Institución se encuentran reguladas en la ley electoral y De Partidos Políticos: en su

  • Artículo 125: "Atribuciones y Obligaciones del tribunal Supremo Electoral"
  • Artículo 21: Del Control y Fiscalización del funcionamiento de las organizaciones Políticas.
  • Artículo 220: Distibuición igualitaria de recursos públicos para espacios y tiempos en los medios de comunicación Social.

Marco Legal:

  • En Nuestra Constitución Política, Artículo 223.
  • Ley Electoral y De Partidos Políticos.
  • Reforma a la Ley Decreto 26-2016

Contraloría General de Cuentas.

La Contraloría General de Cuentas es una institución técnica descentralizada, con funciones fiscalizadoras de los ingresos, egresos y en general de todo interés hacendario de los organismos del Estado, los municipios, entidades descentralizadas y autónomas, así como de cualquier persona que reciba fondos del Estado o que haga colectas públicas.

Contraloría General

de Cuentas

Visión:

Ser la Institución de Fiscalización Superior con estándares de calidad que vele por la utilización adecuada de los fondos públicos para contribuir a una mejor calidad de vida de los guatemaltecos.

Misión

Es la institución de carácter técnico rectora de la fiscalización de los recursos públicos y control gubernamental que, en un marco de probidad, transparencia y rendición de cuentas, busca mejorar la efectividad en la calidad del gasto público que fomente un impacto en el bienestar de los guatemaltecos.

Principios:

Integridad, disciplina, responsabilidad, Prudencia, Imparcialidad, decoro, Compromiso Lealtad, Independencia, liderazgo.

Valores:

Veracidad, Justicia ,solidaridad, dignidad, Honorabilidad, iniciativa, confianza, voluntad, trabajo en equipo, honestidad, Honradez, Mérito, equidad.

Marco Legal.

Atribuciones de la Contraloría

Las Atribuciones correspondientes a la Contraloría están contempladas en la Ley Orgánica De La Contraloría General de Cuentas en su artículo 4, inciso a) al z)

Marco Legal.

La Constitución Política de la República de Guatemala en el artículo 232 último párrafo, establece que la organización, funcionamiento y atribuciones de la Contraloría General de Cuentas, serán determinados por la Ley. El artículo 11 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas, Decreto No. 31-2002 y sus Reformas Decreto No. 13-2013, establece el orden jerárquico de la Institución; su Reglamento Acuerdo Gubernativo No. 96-2019, en el artículo 4 establece la organización administrativa y funcional de la Institución, la que actualmente por la modernización y transparencia administrativa ha tenido modificaciones, por lo que se hace necesario su actualización y legalización por medio de Acuerdo del Despacho Superior

Procuradoría General de la Nación.

La Procuraduría General de la Nación tiene a su cargo la función de asesoría y consultoría de los órganos y entidades estatales, así como también la representación constitucional del Estado dentro y fuera del territorio nacional sosteniendo los derechos de la Nación en todos los juicios en que fuera parte, promoviendo la oportuna ejecución de las sentencias que se dicten a su favor y otros, por cual es conocido como el Abogado del Estado.

Procuradoría General de la Nación

Misión

Somos la Institución responsable de representar y defender los intereses del Estado, brindamos asesoría y consultoría a los órganos y entidades estatales; asimismo, ejercemos la representación legal y atención a la población que por mandato nos corresponde, en resguardo de la legalidad y certeza jurídica.

Visión

Ser una Institución reconocida por su compromiso en la efectiva asesoría y consultoría, representación y defensa de los intereses del Estado y de la población que por mandato legal le corresponde, formada por personas íntegras y profesionales con vocación de servicio.

Principios

Valores:

  • Igualdad
  • Juricidad
  • Legalidad
  • Objetividad
  • Transparencia
  • Respeto
  • Confidencialidad
  • Diligencia
  • integridad
  • Ética
  • Profesionalismo
  • Tolerancia

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  • Funciones
  • Representar y defender los intereses del Estado de Guatemala en todos los juicios en que fuere parte y promover la oportuna ejecución de las sentencias que se dicten en ellos.
  • Intervenir, si así lo dispusiere el Ejecutivo y conforme a las instrucciones de éste en los negocios en que estuviere interesado el Estado y en los que las leyes determinen.
  • Unidad Operativa de la Coordinadora Nacional del Sistema de Alerta
  • Alba-Keneth: Es la encargada de planificar y dar seguimiento a las acciones de búsqueda, localización y resguardo del niño, niña o adolescente que ha desaparecido o ha sido sustraído, y de ejecutar los acuerdos de la Coordinadora Nacional del Sistema de Alerta Alba-Keneth.

Marco Legal

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  • En la Constitución Política de la República de Guatemala, artículo 252.
  • Ley Orgánica de la Procuradoría
  • Decreto 512: Ley Orgánica del Ministerio Público

y Adicionalmente:

  • Ley del Maro de Sistema Nacional de Seguridad
  • Ley Reguladora de Asuntos de Jurisdicción Voluntaria
  • Ley de extinción de Dominio.
  • Ley de Protección Integral a la niñez y adolecencia
  • Ley de Sistema de Alerta Alba-Keneth
  • Ley Contra la Violencia Sexual, explotación y trata de personas
  • Ley para sancionar, prevenir y erradicar la violencia intrafamiliar
  • Ley para la Protección de las personas de la Tercera Edad

Ministerio Público

Es una institución Auxiliar de la administración Pública y de los tribunales, que está encargada, según la Constitución Política de la República de Guatemala, El código Procesal Penal y la Ley Orgánica que rige su funcionamiento, del ejercicio de acción Pública, así como la investigación preliminar para preparar el ejercicio de acción.

Ministerio Público

Misión: Somos una institución con funciones autónomas, que promueve la persecución penal, dirige e investiga los delitos de acción pública, actuando y velando por el estricto cumplimiento de las leyes, con responsabilidad, ética, objetividad e imparcialidad, a fin de coadyuvar a la aplicación de una justicia pronta y cumplida.

valores:

Transparencia, servicio, Confianza, competencia profesional, Lealtad, Honestidad, Integridad, dignidad humana, equidad.

Visión: Ser una institución con altos estándares de calidad continua en la gestión de casos, con equidad de género, pertinencia étnica y etaria, alto grado de sensibilidad humana y enfoque victimológico, consolidando la justicia pronta y cumplida, en el combate directo contra la delincuencia, la corrupción e impunidad.

fUNCIONES

  • Investigar los delitos de acción pública y promover la persecución penal ante los tribunales, según las facultades que le confieren la Constitución, las leyes de la República, y los tratados y convenios internacionales.
  • Ejercer la acción civil en los casos previstos por la ley y asesorar a quien pretenda querellarse por delitos de acción privada de conformidad con lo que establece el Código Procesal Penal.
  • Dirigir a la policía y además cuerpos de seguridad del Estado en la investigación de hechos delictivos.
  • Preservar el Estado de Derecho y el respeto de los derechos humanos, efectuando para el caso, las diligencias necesarias ante los tribunales de justicia.

Funciones

Marco Legal:

  • Constitución Política de La República de Guatemala.
  • Ley Orgánica del Ministerio Público
  • Código Procesal Penal
  • Leyes de Naturleza Penal
  • Leyes Relativas a órganos auxiliares de Investigación
  • Políticas Públicas
  • Normativa Internacional

Procuradoría de los Derechos Humanos

Procuradoría de Los Derechos Humanos

Es la entidad estatal, comisionada por el Congreso de la República de Guatemala para garantizar el cumplimiento de los Derechos Humanos establecidos en la Constitución Política de la República de Guatemala, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, convenios y tratados suscritos y ratificados por el país sobre dicha materia. La Procuraduría de los Derechos Humanos, es dirigida por su más alto funcionario quien es el Procurador de los Derechos Humanos.

Misión

Promover el respeto de los Derechos Humanos con atención integral, educación, promoción, procuración y Supervisión en Derechos Humanos, para lograr la vigencia de los mismos, así como para el logro del bien común y la convivencia pacífica en observancia de la Constitución Política de la República de Guatemala, Tratados y Convenciones Internacionales en materia de Derechos Humanos.

Visión:

Ser la Institución que defiende los Derechos Humanos sin discriminación alguna, con énfasis en la acción preventiva y con capacidad de intervención territorial, oportuna y efectiva, con independencia, objetividad e imparcialidad.

Valores

Igualdad y no discriminación

Celeridad

Transparencia

Integridad

Funciones

  • Promover el buen funcionamiento y la agilización de la gestión administrativa gubernamental, en materia de derechos humanos;
  • Investigar y denunciar comportamientos administrativos lesivos a los intereses de las personas;
  • Investigar toda clase de denuncias que le sean planteadas por cualquier persona, sobre violaciones a los derechos humanos;
  • Recomendar privada o públicamente a los funcionarios la modificación de un comportamiento administrativo objetado;
  • Emitir censura pública por actos o comportamientos en contra de los derechos constitucionales;
  • Promover acciones o recursos, judiciales o administrativos, en los casos en que sea procedente; y
  • Las otras funciones y atribuciones que le asigne la ley.
  • De oficio o a instancia de parte, actuará con la debida diligencia para que, durante el régimen de excepción, se garanticen a plenitud los derechos fundamentales cuya vigencia no hubiere sido expresamente restringida. Para el cumplimiento de sus funciones todos los días y horas son hábiles.

Marco Legal:

Constitucion Política de la República de Guatemala; artículo 275.

Ley de la Comisión de los Derechos Humanos

Ley de Amparo, Exhibición Personal y De Constitucionalidad, Decreto No. 1-86.

Código Procesal Penal, Decreto No. 51-92.

Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Intrafamiliar, Decreto No. 97-96.

Ley de Atención a las Personas con Discapacidad, Decreto No. 135-96.

Ley de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural, Decreto No. 11-2002.

Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia, Decreto No. 27-2003.

Reformas a la Ley del Programa de Aporte Económico del Adulto Mayor, Decreto No. 39-2006.

Ley contra el Femicidio y otras Formas de Violencia contra la Mujer, Decreto No. 22-2008.

Ley de Acceso a la Información Pública, Decreto No. 57-2008.

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