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Transcript

Cuentas por Cobrar

e

Inventarios

C-3 y C-4

INTRODUCCION:

Las cuentas por cobrar que son uno de los elementos, activo circulante que es

parte del capital de trabajo de una entidad, ineludible y necesario en su

actividad rutinaria, como necesario es también enterarse y enumerar las

normas de calidad para su función y aplicación.

Emitir esta NIF fue por necesidad de actualizar y adecuar nacional e

internacionalmente, según los cambios mercantiles, comerciales habidos como

las cuentas por cobrar comerciales, otras cuentas por cobrar como: empleados,

partes relacionadas, impuestos y diversos deudores, se basan en disposición

legal o fiscal no siendo instrumento financiero aunque pueden generar

intereses. Y por establecer, normas de valuación, presentación y revelación,

para el reconocimiento inicial y el posterior en los Estados Financieros.INTRODUCCION:

Las cuentas por cobrar que son uno de los elementos, activo circulante que es

parte del capital de trabajo de una entidad, ineludible y necesario en su

actividad rutinaria, como necesario es también enterarse y enumerar las

normas de calidad para su función y aplicación.

Emitir esta NIF fue por necesidad de actualizar y adecuar nacional e

internacionalmente, según los cambios mercantiles, comerciales habidos como

las cuentas por cobrar comerciales, otras cuentas por cobrar como: empleados,

partes relacionadas, impuestos y diversos deudores, se basan en disposición

legal o fiscal no siendo instrumento financiero aunque pueden generar

intereses. Y por establecer, normas de valuación, presentación y revelación,

para el reconocimiento inicial y el posterior en los Estados Financieros.v

Las NIF (Normas de Información Financiera) son un conjunto de conceptos y lineamientos que regulan la elaboración y presentación de la información de los estados financieros. Además son aceptadas de manera generalizada en un lugar y fecha determinada.

MARCO REGLAMENTARIO:

Normas de Información Financiera

introduccion

Las NIF C-3

Objetivo

Establecer las normas de valuación, presentación y revelación para el reconocimiento inicial y posterior de las cuentas por cobrar comerciales y las otras cuentas por cobrar, que no devengan interés en los estados financieros de una entidad económica.

Alcance

Las disposiciones de esta NIF son aplicables a las cuentas por cobrar comerciales y a las otras cuentas por cobrar, que no devengan interés, de entidades que emiten estados financieros en los términos establecidos en la NIF A-3, Necesidades de los usuarios y objetivos de los estados financieros.

Conceptos Generales

Se considera que las cuentas por cobrar comerciales son Instrumentos Financieros por Cobrar (IFC) al estar basadas en un contrato, el cual establece las obligaciones de las contrapartes.

Las otras cuentas por cobrar pueden ser un IFC cuando están basadas en un contrato, tales como los préstamos a empleados o partes relacionadas, o cuando se llega a un acuerdo por una reclamación a una aseguradora; otras no son un IFC si no están basadas en un contrato, tales como estimaciones de reclamaciones o saldos a favor por concepto de impuestos. Ambos tipos de otras cuentas por cobrar se tratan en esta norma.

Un compromiso en firme para entregar bienes o servicios no debe reconocerse, sino hasta que la entrega o prestación sea efectiva; asimismo, una transacción pronosticada no origina un activo, no obstante que sea probable que ocurra.

Normas

de

Valuacion

NORMAS DE VALUACION

Descuento de cuentas por cobrar

Reconocimiento inicial de cuentas por cobrar

Reconocimiento inicial de otras cuentas por cobrar:

Reconocimiento posterior de otras cuentas por cobrar:

Liquidación de cuentas por cobrar mediante adjudicación o dación en pago de activos.

Reconocimiento posterior de cuentas por cobrar comerciales:

Estimación para pérdidas crediticias esperadas (PCE):

Cuando una entidad descuenta cuentas por cobrar debe atenerse a lo indicado en la NIF C-14, Transferencia y baja de activos financieros.

Debe registrarse cuando ocurre la transferencia al cliente del control de un bien, de un

servicio y en el valor razonable de la contraprestación a recibir

Deben atender en su reconocimiento posterior, a su costo amortizado. Otras cuentas por

cobrar en moneda extranjera, aplicar tipo de cambio con el cual la Entidad pudo haber realizado

las cuentas por cobrar a la fecha del estado de situación financiera y registrar en el resultado

integral de financiamiento

Al momento de la adjudicación o de la dación en pago, los activos obtenidos deben valuarse:

al menor del valor bruto en libros de la cuenta por cobrar (es decir, sin deducir la estimación para PCE que se haya reconocido hasta esa fecha) y el valor neto de realización de los activos recibidos, cuando la intención de la entidad es vender dichos activos para recuperar el monto a cobrar; o

al menor del valor bruto en libros de la cuenta por cobrar y el valor razonable del activo recibido, cuando la intención de la entidad es utilizar el activo adjudicado para sus actividades

Se establece para la Entidad, que debe reconocer una estimación, por pérdidas

crediticias esperadas. Utilizando: El juicio profesional, la experiencia histórica, condiciones

actuales y pronósticos razonables, sustentables, de diferentes eventos futuros cuantificables que

afectan, el flujo de efectivo por recuperar de cuentas por cobrar.

Deben reconocerse cuando surge el derecho generado por una transacción, préstamos al

entregar los recursos, impuestos a favor cuando se tiene derecho a ellos según la Ley; “los

impuestos a la utilidad se tratan en NIF D -4”, seguros por recuperar cuando suficientemente hay

los elementos para valuar el monto. Otros montos a favor cuando surge el derecho relativo.

Deben valuarse, con posterioridad a su reconocimiento inicial, a su costo amortizado; “los

instrumentos de financiamiento por cobrar valuarlos de acuerdo con NIF C -20”; las cuentas por

cobrar en moneda extranjera convertirlas aplicando el tipo de cambio con el que la Entidad, pudo,

haber realizado las cuentas por cobrar a la fecha del estado de situación financiera y aplicar en el

resultado integral de financiamiento.

Normas

de

Presentacion

Normas de presentación

Estado de situación financiera

La entidad debe presentar las cuentas por cobrar comerciales en forma segregada de las otras cuentas por cobrar, ya sea dentro del estado de situación financiera o en las notas.

Pueden presentarse netos de sus estimaciones para incobrabilidad, bonificaciones, descuentos y devoluciones, o pueden presentarse las estimaciones por separado, a continuación del monto correspondiente de cuentas por cobrar.

Considerando su plazo de recuperación, las cuentas por cobrar deben clasificarse en corto y largo plazo.

Los saldos acreedores de cuentas por cobrar y de otras cuentas por cobrar deben presentarse como un pasivo. En los casos en que exista la intención de compensar una cuenta por cobrar con una cuenta por pagar debe seguirse lo indicado en la NIF B-12, Compensación de activos financieros y pasivos financieros.

Las cuentas por cobrar a cargo de partes relacionadas, que provengan de compra de bienes o servicios deben presentarse o revelarse por separado, ya que la naturaleza del deudor les confiere una característica especial en cuanto a su exigibilidad, tal como se indica en la NIF C-13, Partes relacionadas

Estado de resultado integral

Dentro del estado de resultado integral, la entidad debe presentar, en rubros que forman parte de la utilidad neta: el importe de las bonificaciones, descuentos y devoluciones; y el importe de fluctuaciones cambiarias originado por la conversión de las cuentas por cobrar denominadas en moneda extranjera o en alguna otra unidad de intercambio.

Las PCE, la recuperación que pueda existir en el valor de las cuentas por cobrar, así como cualquier diferencia que surja al cancelarlas contra la estimación de PCE ya reconocida, deben presentarse por separado cuando sean significativas en un rubro de gastos en el estado de resultado integral.

Las pérdidas generadas por otras cuentas por cobrar, así como las reversiones de las mismas, deben presentarse en el rubro con el que se relaciona dicha cuenta por cobrar.

Normas de revelación

La entidad debe revelar los principales conceptos que integran el rubro de cuentas por cobrar, tales como aquellas cuentas por cobrar por venta de bienes y servicios y otras cuentas por cobrar, así como las estimaciones para incobrabilidad relativas. Asimismo, con base en su importancia relativa, la entidad debe revelar los principales componentes del rubro de otras cuentas por cobrar, tales como cuentas por cobrar a partes relacionadas, reclamaciones a aseguradoras, impuestos por recuperar y otros componentes.

La entidad debe revelar su política para determinar la estimación para PCE, así como para dar de baja cuentas que sean incobrables. Asimismo, debe revelar un análisis de los cambios entre el saldo inicial y final de dicha estimación por cada periodo presentado.

C-4

Norma de Información Financiera C-4

Esta Norma de Información Financiera (NIF) tiene como objetivo establecer las normas de valuación, presentación y revelación para el reconocimiento inicial y posterior de los inventarios en el

estado de posición financiera de una entidad económica. La NIF C-4 fue aprobada por unanimidad para su emisión por el Consejo Emisor del CINIF en noviembre de 2010 para su publicación

y entrada en vigor para ejercicios que se inicien a partir del 1º de enero de 2011.

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