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EVOLUCIÓN DEL ARTÍCULO TERCERO CONSTITUCIONAL

Ándres Manuel López Obrador

Alexa Montserrath Calzada Alvizo.

1° "A"

BENC

Enrique Peña Nieto

5 Marzo

1993

José López Portillo

Carlos Salinas

de Gortari

FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA

Vicente Fox Quesada

Manuel Ávila

Camacho

Lázaro

Cardenas

Venustiano Carranza

Art. 3ro

5

Febrero 1917

"La enseñanza es libre; pero será laica la que se dé en los establecimientos oficiales de educación, lo mismo que la enseñanza primaria, elemental y superior que se imparta en los establecimientos particulares. Ninguna corporación religiosa, ni ministro de algún culto, podrán establecer o dirigir escuelas de instrucción primaria. Las escuelas primarias particulares sólo podrán establecerse sujetándose a la vigilancia oficial.

En los establecimientos oficiales se impartirá gratuitamente la enseñanza primaria."

Art. 3ro

12

Diciembre

1934

"La educación será socialista y además de excluir toda doctrina religiosa combatirá el fanatismo y los prejuicios, para lo cual la escuela organizará sus enseñanzas y actividades en forma que permita crear en la juventud un concepto racional y exacto del universo y de la vida social".

Art. 3ro

30 Diciembre 1946

La educación que imparta el Estado -Federación, Estados, Municipios- tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la patria y la conciencia de la solidaridad internacional en la independencia y en la justicia.

La educación primaria y la secundaria son obligatorias".

Art. 3ro

9 Junio 1980

Toda la educación que el Estado imparta será gratuita, y las universidades y las demás instituciones de educación superior a las que la Ley otorgue autonomía, tendrán la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí mismas; realizarán sus fines de educar, investigar y difundir la cultura de acuerdo con los principios de este artículo, respetando la libertad de

cátedra e investigación y de libre examen y discusión de las ideas; determinarán sus planes y programas; fijarán los términos de ingreso, promoción y permanencia de su personal académico; y administrarán su patrimonio.

Art. 3ro

28 Enero 1992

"Garantizada por el artículo 24 la libertad de creencias, dicha educación será laica y, por tanto, se mantendrá por completo ajena a cualquier doctrina religiosa.

El criterio que orientará a esa educación se basará en los resultados del progreso científico, luchará contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los anatismos y los prejuicios".

Art. 3ro

"Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado -Federación, Estados y Municipios impartirá educación preescolar, primaria y secundaria. La educación primaria y la secundaria son obligatorias.

La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia".

Art. 3ro

12 Noviembre 2002

Todo individuo tiene derecho a recibir eduacaión. El estado- federación, estados, distrito federal y muunicipios, impartira educación preescolar, primaria y secundaria. La educación preescolar, primaria y la secundaria conforman la educación básica obligatoria.

Art. 3ro

"Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado –Federación, Estados, Distrito Federal y Municipios–, impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. La educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias".

"La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente, todas las facultades del ser

humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria, el respeto a los derechos humanos y la conciencia de

la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia".

9 Febrero 2012 y 10 Junio de 2011

Art. 3ro

El Estado garantizará la calidad en la educación obligatoria de manera que los materiales y métodos

educativos, la organización escolar, la infraestructura educativa y la idoneidad de los docentes y los directivos

garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos.

Toda persona tiene derecho a recibir educación. El Estado -Federación, Estados, Ciudad de México y Municipios-, impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. La educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; ésta y la media superior

serán obligatorias.

26 Febrero 2013 y 29 Enero 2016

Art. 3ro

15

Mayo 2019

Toda persona tiene derecho a la educación. El Estado -Federación, Estados, Ciudad de

México y Municipios- impartirá y garantizará la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, media, superior y superior. La educación inicial, preescolar, primaria y secundaria, conforman la educación básica;

ésta y la media superior serán obligatorias, la educación superior lo será en términos de la fracción X del presente artículo. La educación inicial es un derecho de la niñez y será responsabilidad del Estado concientizar sobre su importancia. Corresponde al Estado la rectoría de la educación, la impartida por éste, además de obligatoria, será

universal, inclusiva, pública, gratuita y laica.

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