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Simón Felipe Obando Campo
Historia Institucional Colombiana
Nuestro país formó sus instituciones a partir de la experiencia heredada de las potencias coloniales que dominaron el territorio, con grandes rasgos de las revoluciones norteamericana y francesa.
Los reyes de Castilla se ven obligados a incorporar en los nuevos territorios las leyes e instituciones del reino, los mecanismos de control jurisdiccional son creados frente a la administración del gobierno por parte de los órganos judiciales de la época .
La división territorial en cuya cabeza estaba el rey, con la inmediata colaboración del Consejo de Indias, del que se desprendían los virreinatos, los cuales se subdividían, a su vez, en audiencias, y estas en gobernaciones; las gobernaciones, por su parte, en corregimientos o alcaldías mayores, que venían de esta forma a constituir una especie de nivel local. Aunque no sea cierta desde el punto jurídico, ya que estaba divididas bajo el poder absolutista del ejército.
El virrey tenía el mismo poder que el rey, pero como recibido y representación suya está atado a sus órdenes e instrucciones, posee el poder de dictar en nombre de su monarca a facultad suprema y gracia que no poseen otros.
Está en contraposición de la justicia y se encarga de los asuntos propiamente administrativos del territorio a cargo, que no eran político o generales ni de justicia. "Las cosas menudas de la administración".
Estaban a cargo de las reales audiencias y de las capitanías generales, de una forma territorial tenían su propio territorio asignado, pero sus competencias y funciones no se delimitaban en ese espacio. Las audiencias comprendían la totalidad de los asuntos contenciosos, civiles y criminales.
Se crean las capitanías generales que correspondían netamente a los temas militares, de guerra o propiamente de defensa, algunas veces podían o no coincidir con la jurisdicción de las provincias, además no se delimitaba en territorios. Se encargaba de un militar en concreto y su función era encauzar, dirigir y organizar las acciones militares.
Al principio se encargaban del recaudo y demás sumas de los territorios, luego se les atribuye funciones jurisdiccionales en materia de hacienda que consistía en la identificación de acciones similares en la gestión pública del rey. Lo malo de esta administración era la acumulación de cargos donde se asumían ejercicios administrativos que correspondían a otras autoridades.