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Del latín plebiscitum, un plebiscito es una resolución tomada por un pueblo a partir de la pluralidad de votos. Se trata de una consulta realizada por los poderes públicos para que la ciudadanía se exprese mediante el voto popular directo respecto a una determinada propuesta.
Plebiscito
El plebiscito es una elección que nace por propuesta de los representantes constitucionales. Suele crearse a partir de la fórmula “sí o no”, donde los votantes deben responder a la pregunta planteada por un ente electoral.
Únicamente el Presidente de la República, con la firma de todos los ministros, puede convocar al pueblo para que se pronuncie en torno a decisiones del Ejecutivo. Estas tienen que ver con la conformación, ejercicio y control del poder político en el país. Además, también está prevista la toma de decisiones respecto a lo establecido en el artículo 150, numeral 16, de la Constitución Política de 1991, el cual reza así: "Aprobar o improbar los tratados que el Gobierno celebre con otros Estados o con entidades de derecho internacional. Por medio de dichos tratados podrá el Estado, sobre bases de equidad, reciprocidad y conveniencia nacional, transferir parcialmente determinadas atribuciones a organismos internacionales, que tengan por objeto promover o consolidar la integración económica con otros Estados".
Exepciones
Exepciones
El Presidente puede convocar al pueblo para que se pronuncie en torno a las políticas del Ejecutivo que no requieran aprobación del Congreso, a excepción de las siguientes:
Cuando el Presidente toma la decisión de convocar a un plebiscito debe informar las razones y la fecha en la que éste se llevará a cabo de manera inmediata al Congreso. Así también, debe entregar a la Corte Constitucional el texto del decreto mediante el cual convoca al plebiscito, con el objetivo de que ésta decida si se acomoda a lo establecido en la Constitución Política. La fecha decidida no puede ser anterior a un mes, pero tampoco puede fijarse para cuatro meses después de haberlo notificado al Congreso. Los plebiscitos tampoco pueden ejecutarse el día que se realicen otras elecciones.
El gobierno puede expresar su opinión sobre el plebiscito en los medios de comunicación a partir de los 20 días anteriores a la fecha en que se llevará a cabo.
Si bien el plebiscito y el referéndum son dos de las herramientas más significativas de participación ciudadana, existen ciertas diferencias entre ellos que muchas veces se pasan por alto, dado el uso indiscriminado de ambos términos en el habla cotidiana.
El plebiscito es utilizado por el jefe de Gobierno para someter a consideración del pueblo acciones o decisiones muy importantes para la vida en la ciudad, antes de su ejecución. El referéndum permite al pueblo emitir su voto para aprobar o rechazar la concepción, modificación o derogación de una ley.
En colombia solo se ha llevado a cabo dos plebiscitos:
El plebiscito de 1957 en Colombia fue una consulta popular para aprobar una reforma constitucional cuyo contenido validaba lo que pasó a conocerse como el Frente Nacional (FN): el acuerdo de paz entre los partidos Conservador y Liberal, tras varias décadas de guerra civil no declarada.
El texto de la votación tuvo 14 artículos políticos y jurídicos relativamente complejos, en los que se establecía la mecánica del FN pero también de la igualdad de derechos entre hombres y mujeres, y la obligación del Gobierno de invertir “no menos del 10 por ciento” de su presupuesto en la educación.
La votación en el plebiscito fue de 4 169 294 votos en favor del ‘Sí’, contra 206 654 en favor del ‘No’ y 20 738 votos en blanco, siendo las elecciones con el más alto nivel de participación electoral en la historia del país.
El plebiscito sobre los acuerdos de paz de Colombia de 2016 fue el mecanismo de refrendación para aprobar los acuerdos entre el gobierno de Colombia y la guerrilla de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC).Las votaciones fueron programadas para el domingo de octubre de 2016.
El objetivo de esta consulta era que la ciudadanía expresara su aprobación o rechazo a los acuerdos que se firmaron entre el gobierno y las FARC en La Habana. Para que el acuerdo fuese válido, el «Sí» debería contar, al menos, con el 13% del censo electoral (4 396 626 votos), y superar en número de votos al «No». El resultado fue una victoria del «No».