FACTURA
El cajero o cajera en un establecimiento comercial es una persona responsable de sumar la cantidad debida por una compra, cargar al consumidor esa cantidad y después, recoger el pago por las mercancías o servicios proporcionados.
De una forma u otra, los cajeros han existido durante miles de años. En la actualidad, el término cajera sirve para designar casi exclusivamente a las empleadas de establecimientos de autoservicio, sobre todo, de alimentación (supermercados e hipermercados). En otro tipo de comercios, son por lo general, los propios dependientes los que ejercen esta función.
¿QUE ES UN CAJERO DE SUPERMERCADO?
Definición
Una factura es un documento que refleja toda la información sobre una compraventa, sirviendo como comprobante de la operación realizada.
Cuando una persona física o una empresa (proveedor) le vende un producto o un servicio a otra persona o empresa (cliente), se debe crear un documento con el detalle completo de la operación: los datos de ambos, la descripción del producto o servicio que se ha vendido, el detalle de los impuestos que se aplican y los importes.
Tipos de facturas más habituales:
• Factura ordinaria
Es la factura normal, y es la que se utiliza más frecuentemente. Suele reflejar la venta de un producto o la prestación de un servicio. Según sea dicho producto o servicio, la factura tendrá que ser simplificada o completa.
Características de la factura ordinaria
Factura Simplificada
Definición
La factura simplificada es el documento que, con algunos cambios, sustituye a los conocidos tiques o tickets y que son tan habituales en las compras en comercios al por menor.
¿Quién puede emitir facturas simplificadas?
Cualquier empresario:
Empresas con actividades específicas:
• Transportes de personas y sus equipajes.
• Servicios de hostelería y restauración: restaurantes, bares, cafeterías, chocolaterías o similares.
• Servicios prestados por salas de baile y discotecas.
• Servicios telefónicos por uso de cabinas telefónicas, o mediante tarjetas que no permitan la identificación.
Contenido obligatorio para emitir una factura simplificada:
Si el destinatario es un empresario o profesional y lo pida se debe añadir:
• RUC y domicilio del cliente.
• Detalle de cuotas de IVA.
Facturas Recapitulativas
Definición
Las facturas recapitulativas son aquellas que se emiten con el objetivo de agrupar varias operaciones dirigidas a un mismo destinatario en una única factura y que además se encuentra en distintas fechas dentro del mismo mes. De esta manera, se pueden reflejar todas las transacciones comerciales llevadas a cabo en un mes natural en un único documento.
Valides de facturas Recapitulativas
Para que este documento sea válido, es necesario anular todas las facturas ordinarias que se hayan emitido previamente. Al tener el mismo efecto legal que cualquier otra factura, ha de cumplir los mismos requisitos básicos; para ello, no solo debe reflejar el valor total de las ventas del mes, sino que debe mostrar una breve descripción de todas las operaciones que se estén agrupando, reuniendo así todos los requisitos exigidos.
Este tipo de facturas está ya muy extendido entre los agentes económicos. Cumplen el objetivo de agilizar y simplificar la emisión de múltiples facturas hacia un mismo destinatario en un mes natural, lo que redunda en un ahorro de costes y tiempo para la empresa, siempre respetando los elementos básicos del devengo del IVA.
Si para describir las operaciones documentadas en la factura recapitulativa se utiliza la información contenida en los albaranes, se deberá hacer referencia expresa a esa circunstancia, y se deberán conservar los albaranes debidamente anexionados a dicha factura, que servirán como soporte documental de las operaciones. Por tanto, forman parte de la factura y están sujetos a las mismas obligaciones de conservación de las facturas, es decir, deben conservarse con las facturas de las que forman parte.
En cualquier caso, una factura de este tipo puede ser bastante interesante cuando realizamos bastantes transacciones comerciales con un mismo cliente.
Facturas Rectificativas
Deberá expedirse una factura rectificativa en caso de que el original no cumpla alguno de los requisitos para generar el derecho a deducción.
Una factura incompleta puede ser rectificada, de tal forma que se puede deducir su importe en el periodo en que se reciba o en los siguientes, siempre que no haya transcurrido el plazo de 4 años desde el momento de la operación.
Hay que hacer factura de rectificación cuando haya un error en el IVA en la original.
Cuando la modificación sea consecuencia de la devolución de envases y embalajes no será necesario expedir una nueva factura, sino que se podrá practicar la rectificación en la próxima factura que tenga el mismo destinatario (simplemente restando el importe de envases y embalajes devueltos del importe de dicha operación).
En los casos de descuento por volumen de compras no hará falta indicar las facturas correspondientes al periodo.
El documento rectificativo debe contener una referencia a su condición de documento rectificativo, con serie y numeración distinta, y hacer referencia a la factura que rectifica.
Factura Electrónica
Factura electrónica es aquella que haya sido expedida y recibida en formato electrónico.
No obstante la nueva normativa reconoce de forma particular - pero no única ni obligatoria - el uso de determinadas tecnologías. Así, expresa que la autenticidad del origen y la integridad de su contenido quedarán garantizadas por alguna de las siguientes formas:
Obligaciones de Facturación
La Ley que regula el Impuesto del Valor Añadido (IVA) establece una serie de obligaciones en materia de facturación.
Obligación de los empresarios y profesionales en materia de facturación:
• Datos del vendedor:
• Datos del cliente, todos los datos del destinatario de la factura:
• Descripción de la operación:
Prestación del servicio o productos que se venden con detalle de unidades, precio unitario, descuentos, y ofertas no incluidas en el precio.
• Desglose de los porcentajes de IVA (tipos de IVA):
• Desglose de todas las cuotas de IVA:
• Desglose entre "base" y "cuota" de IVA. :
• Recargo de equivalencia:
• Precepto legal
Si la factura recoge una operación que esté exenta de IVA, debe incluirse una referencia a las disposiciones correspondientes de la Directiva, relativa al sistema común del Impuesto sobre el Valor Añadido, o a los preceptos correspondientes de la Ley del Impuesto o indicación de que la operación está exenta.
Este precepto debe incluirse cuando en la factura haya varias operaciones y la exención solo afecte a parte de ellas.