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Sociedades Accidentales

Karla Calle

Andrea Fernandez

Leila Flores

Brayan Mamani

Jhoselyn Mora

Marco Legal

Marco Legal

Según del Código de Comercio que rige al Estado Plurinacional de Bolivia, las asociaciones accidentales son denominadas también cuentas en participación.

Características

Por este contrato dos o más personas toman interés en una o más operaciones determinadas o transitorias, a cumplirse mediante aportaciones comunes.

Este tipo de asociaciones no tienen personalidad jurídica propia y carece de denominación social

Ausencia de Formalidades

Ausencia de Formalidades

Este tipo de asociaciones, no están sometidas a los requisitos que regulan la constitución de las sociedades comerciales ni requiere de inscripción en el Registro de Comercio. Su existencia se puede acreditar por todos los medios de prueba.

Derechos y obligaciones frente a terceros

Derechos y obligaciones frente a terceros

El o los asociados encargados de las operaciones, actuaran en su propio nombre. Los terceros adquieren derechos y asumen obligaciones solamente con respecto de dichos asociados, cuya responsabilidad es solidaria e ilimitada.

Los asociados no encargados de las operaciones carecen de acción directa contra terceros.

Consentimiento de los Asociados

Consentimiento de los Asociados

Cuando, contando con el consentimiento de los demás asociados, el o los encargados de las operaciones hacen conocer los nombres de estos, todos los asociados quedan obligados, ilimitada y solidariamente, frente a terceros

Rendición de Cuentas

Rendición de Cuentas

Todo asociado no encargado de las operaciones tiene derecho a pedir rendición de cuentas de las mismas. Al término de la asociación accidental o de cuentas en participación, el o los socios encargados de las operaciones serán liquidadores y rendirán cuentas a los demás asociados.

Control de la Asociación

Control de la Asociación

Sin perjuicio de que el contrato designe al o los asociados para que ejerzan el control de la gestión, todos los demás tendrán derecho a examinar, inspeccionar, verificar y vigilar las operaciones encomendadas al o los asociados encargados de la operación.

Características del contrato

Características del contrato

El contrato de cuentas en participación no está sujeto, en su constitución a las formalidades prescritas para la constitución de las compañías mercantiles. El objeto, la forma, el interés y las demás condiciones se regirán por el acuerdo del partícipe.

Su formación, modificación, disolución y liquidación podrán establecerse con los libros, documentos de contabilidad, correspondencia, testigos o cualquiera otra prueba legal.

El contrato puede ser verbal o escrito, prefiriendo esta última forma, para pactar todas las condiciones y requisitos para su eficaz realización, y regular las relaciones entre los partícipes.

Asociados

Calidad de los Asociados en Participación

Calidad de los Asociados en Participación

En el caso de las asociaciones accidentales, los miembros participan de manera interna, proponiendo sus opiniones sin respaldo legal.

El contrato supondría, en primer lugar, la concurrencia de dos o más comerciantes para la ejecución de una actividad mercantil mediante un aporte o contribución.

Los comerciantes se reúnen y toman interés en la realización de una o varias operaciones mercantiles, mediante la realización de un aporte de los denominados partícipes inactivos y la ejecución de la respectiva gestión por parte de los denominados partícipes inactivos o gestores.

Responsabilidad de los participes

Responsabilidad de los participes

Las operaciones comerciales, materia del contrato, las realiza el gestor en su propio nombre, bajo su responsabilidad y crédito personal, en forma ilimitada.

La responsabilidad de los partícipes ocultos se limitará al valor de sus aportes, salvo que en el contrato se haya pactado una responsabilidad adicional.

Los partícipes ocultos que revelen o autoricen que se conozca su calidad de partícipes inactivos responderán ante terceros solidariamente con el gestor a partir de la fecha en que haya desaparecido su carácter de oculto

Derechos de los participes ocultos

Además de lo pactado en el contrato, los partícipes ocultos tendrán derecho a revisar todos los libros y documentos de la participación y a que el gestor rinda cuentas de su gestión en las fechas pactadas para el efecto

Libertad Probatoria

Libertad Probatoria

La prueba de la existencia y del origen convencional de la asociación en participación es libre.

De acuerdo con lo establecido por la ley comercial, dicha asociación no está sujeta, en su formación, funcionamiento y extinción, a formalidad alguna.

La regulación de las relaciones internas es diferida a la autonomía de la voluntad de los partícipes

ADMINISTRACION

El gestor será reputado único dueño del negocio en las relaciones externas de la participación. En los terceros solamente tendrá acción el administrador. En los terceros solamente tendrá acción el administrador. Del mismo modo que los partícipes inactivos carecerán de ella contra los terceros.

EJECUCION DE LAS OPERACIONES

EJECUCION DE LAS OPERACIONES

Quien ejecuta las operaciones a su nombre y bajo su crédito personal se denomina partícipe activo o gestor del negocio o negocios objeto del contrato. De esta manera, actúa a su nombre, adquiere derechos y contrae obligaciones, comprometiendo así su responsabilidad.

Los demás partícipes permanecen ocultos en las relaciones del partícipe activo con terceros, en el desarrollo de la operación convenida y, en principio, no comprometen su responsabilidad frente a esos terceros.

DIVISION DE GANANCIAS Y PERDIDAS

Las partes deberán convenir la proporción en que éstos participarán en las ganancias o pérdidas obtenidas por la asociación, o al menos las bases para determinar su participación.

NORMA DE CARÁCTER SUPLERTORIO

En lo no previsto en el contrato de participación, para regular las relaciones de los partícipes, durante la asociación, como a la liquidación del negocio, se aplicarán las reglas previstas en el código de comercio para la sociedad en comandita simple

Asociacion entre ABC y Capiri-Nazacura

Asociacion entre ABC y Capiri-Nazacura

La Administradora Boliviana de Carreteras (ABC) y la empresa constructora Asociación Accidental Capiri-Nazacara suscribieron, el pasado jueves 15 de noviembre, el contrato de construcción del Tramo II Capiri - Chama, iniciando los trabajos de asfaltado de la Ruta Internacional Viacha – Hito IV.

El tramo Capiri – Chama de una longitud de más de 25 kilómetros, tendrá una inversión de Bs. 76.548.260,29, financiados en un 85% por el Estado Plurinacional de Bolivia con crédito de la CAF y el restante 15% por la Gobernación de La Paz.

El acto de suscripción contempló también la entrega de la Orden de Proceder a la empresa supervisora Asociación Accidental PCA – ICBOL para este mismo tramo, y se dio a conocer la adjudicación de las empresas encargadas de la construcción de los Puentes Challajahuira (65,35 Mts.), Cusi Cusini (39,7 Mts.) y Thola Kollo (26,04 Mts.) en la Ruta Internacional

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