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Transcript

S4. Actividad 1.

Integrantes del Sistema Nacional

Anticorrupción.

ESTA INTEGRADO POR 7 ORGANOS Y EN LA LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN ARTICULO 10 DICE :. Son integrantes del Comité Coordinador:

I. Un representante del Comité de Participación Ciudadana, quien lo presidirá;

II. El titular de la Auditoría Superior de la Federación;

III. El titular de la Fiscalía Especializada de Combate a la Corrupción;

IV. El titular de la Secretaría de la Función Pública;

V. Un representante del Consejo de la Judicatura Federal;

VI. El Presidente del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y

Protección de Datos Personales, y

VII. El Presidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa

El presidente del comite de participacion ciudadana es quien preside al mismo tiempo a el comite cordinador del Sistema Nacional Anticorrupcion,y sus funciones son las siguientes : proponer mecanismos para la participacion ciudadana en la prevencion y denuncia de echos de corrupcion, proponer la plataforma digital Nacional y sus proyectos de mejora, proponer proyectos de cordinacion entre las instituciones de Fiscalizacion de recursos publicos, propuestas sobre politica Nacional y politicas integrales, Trabajar en conjunto con el comite cordinador y el secretario tecnico para la integracion del componente ciudadano en la conformacion de los informes y recomendaciones y politicas publicas, Vigilar el funcionamiento del Sistema Nacional Anticorrupcion, checar las metologias e indicaciones de evaluacion y proponer politicas anticorrupcion.

Art 15 de la Ley Federal anticorrupcion.

Garantiza el Derecho de informacion publica y se encarga del adecuado tratamiento de datos personales ademas de cordinar es sistema nacional de transpariencia.

Investiga detecta y sanciona actos de corrupcion de los miembros del poder judicial de la federacion.

Esta institucion a nivel federal vigila las actividades de los servidores publicos,ademas investiga y sanciona las faltas administrativas no graves y cordina a los organos internos de control y recibe las denuncias ciudadanas por corrupcion.

previene detecta e investiga y persige los delitos de corrupcion ademas de ejercer la accion penal encontra de los que resulten responsables.

Resuelve los casos sobre faltas administrativas graves y sanciona a los servidores publicos y particulares que incurran en estas.

Se encarga de controlar vigilar y evaluar al gobierno para que haga uso correcto de los Recursos Publicos Federales ademas recibe denuncias y faltas administrativas graves

En la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupcion dice en su Artículo 16. El Comité de Participación Ciudadana estará integrado por cinco ciudadanos de probidad

y prestigio que se hayan destacado por su contribución a la transparencia, la rendición de cuentas o el

combate a la corrupción. Sus integrantes deberán reunir los mismos requisitos que esta Ley establece

para ser nombrado Secretario Técnico.

Los integrantes del Comité de Participación Ciudadana no podrán ocupar, durante el tiempo de su

gestión, un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza, en los gobiernos federal, local o municipal,

ni cualquier otro empleo que les impida el libre ejercicio de los servicios que prestarán al Comité de

Participación Ciudadana y a la Comisión Ejecutiva.

Durarán en su encargo cinco años, sin posibilidad de reelección y serán renovados de manera

escalonada, y sólo podrán ser removidos por alguna de las causas establecidas en la normatividad

relativa a los actos de particulares vinculados con faltas administrativas graves.

Global sales

USA 37%

Australia 46%

El sistema nacional anticorrupcion se les aplica a los servidores publicos dependiendo de que si su falta administrativa es grave o no graves para esto primero debe incurrir en dicha falta y dependiendo de la gravedad es la sancion

S4. Actividad 2. Aplicación del Sistema Nacional

Anticorrupción.

Faltas graves

En la Ley general de faltas Administrativas en los articulos del 52 64 nos habla de cuales son estas faltas y son sancionadas por El tribunal de justicia Administrativa y son las siguientes

1-.Suspencion de 30 a 90 dias naturales del empleo cargo o comision.

2-.Destitucion de empleo cargo o comision.

3-. Tambien hay sanciones economicas.

4-.Inhabilitacion temporal para desempeñar empleos cargos o comisiones en el servicio publico y para participar en adquisisiones, arrendamientos,servicios y obras publicas desde 1 a 20 años esto depende de la afectacion a la falta administrativa y de tres meses a un año en caso de no causar daños y perjuicios y de que no exista beneficio o lucro alguno.

no graves

Las faltas administrativas no graves encontramos la descripcio en la Ley general de faltas administrativas en los articulos 49 y 50 solo que estas son sancionadas por los organos internos de control. y estas se amones tan con :

1.-Amonestaciones ya sean publicas o privadas.

2-.Suspencion de 1 a 30 dias naturales de su empleo cargo o comision.

3-.La destitucion de su empleo cargo o comision.

4-.Inhabilitacion temporal de 3 meses a un año para desempeñar empleos cargos o comisiones dentro del servicio publico y para participar en adquisiciones arrendamientos u obras publicas.

Servidor Público a analizar: Francisco Alfonso Durazo Montaño.

Puesto: Secretaría de Seguridad y Protección.

Tipo de declaración que le corresponde al servidor público proporcionar:

Patrimonial y también de intereses, lo anterior, atendiendo al contenido delos artículos 32 y 46 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Asimismo, para robustecer mi dicho, citó la Tesis Aislada 2a. LXXXIX/2018(10a.) en Materia Constitucional, emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en el libro 58, tomo I, página 1213, de la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, cuyo contenido es el siguiente:

“…Conforme al último párrafo del artículo 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los servidores públicos están obligados a presentar, bajo protesta de decir verdad, su declaración patrimonial y de intereses ante las autoridades competentes y en los términos que determine la ley; a su vez, los artículos 32 y 46 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas disponen que todos los servidores públicos están obligados a hacerlo ante las

Secretarías o el respectivo órgano interno de control. Por su parte, el Sistema Nacional Anticorrupción, creado en 2015, se rige por los principios de legalidad, honradez, transparencia, lealtad, imparcialidad y eficacia, y busca promover la integridad y la obligación de rendir cuentas; en armonía con estos objetivos se encuentra la obligación, de todo servidor público, de presentar sus declaraciones de situación patrimonial y de intereses, sin que pueda considerarse que aquellos que estaban en activo, antes de la reforma constitucional que introdujo el Sistema referido, y que por ley no estaban obligados a presentarlas, adquirieron el derecho a no hacerlo, pues el deber que ahora han de cumplir deriva del texto del artículo 108, último párrafo, mencionado, justamente porque las normas constitucionales, como creadoras de un sistema jurídico, tienen la capacidad de regular y modificar actos o situaciones ya existentes, como aconteció en el caso, en beneficio de la sociedad…”.

Actividad integradora

¿Se considera sujeto obligado a presentar declaración patrimonial y de

Intereses?

Plazo con el que cuenta para presentar su declaración.

De acuerdo con lo establecido en el numeral 33 de la Ley de Responsabilidades Administrativas, el plazo de declaración de situación patrimonial es dentro de los 60 días naturales siguientes a la fecha de ingreso del servidor público por primera vez; si se trata de un reingreso al servicio público será después de 60 días naturales de la conclusión de su último encargo, la de modificación patrimonial será en el mes de mayo de cada año y la conclusión del encargo será dentro de los sesenta días naturales siguientes a la conclusión.

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INTRODUCCION

Para realizar el conjunto de estas tres actividades en primer lugar la actividad 1 se llama Integrantes del Sistema Nacional Anticorrupción. Para realizar esta actividad es necesario leer el texto de apoyo y en la planeación del docente viene un link que te mete a la página de gobierno en donde se habla de la estructura pues bien hay que investigar la estructura del sistema anticorrupción la designación de sus miembros las funciones de sus integrantes con la finalidad de hacer un esquema y poner lo que encontramos.

La segunda actividad se llama Aplicación del Sistema Nacional Anticorrupción. para poder realizar esta actividad tengo que investigar cómo se aplica el Sistema Nacional Anticorrupción a los servidores públicos, y hacer también un esquema.

y por ultimo hacer la Actividad integradora para poder realizarla es necesario ir al correo institucional y leer el caso de la sesión 4 que el profesor nos envió después de analizarlo en una presentación de power pont o prezi tengo que determinar, Estructura, designación y funciones de los integrantes que conforman los comités del Sistema Nacional Anticorrupción. Cómo se aplica el Sistema Nacional Anticorrupción a los servidores públicos. Y en relación al caso práctico: Qué declaración debe de proporcionar el servidor público. Se considera sujeto obligado a presentar declaración patrimonial y de intereses. Plazo con el que cuenta el sujeto para presentar su declaración.

Cuando ya haya terminado las tres actividades se ponen todas juntas en un solo documento con la nomenclatura M7_U3_S4_CRRG.

INTRODUCCION , CONCLUSIONES Y BIBLIOGRAFIA.

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CONCLUSIONES

En esta sesión eh aprendido mucho la verdad aunque me costó mucho trabajo realizar las tres actividades ya que en prezi se me trabo mucho pero de ahí en fuera me gusto lo aprendido en primer lugar en la actividad uno como se puede observar en mis diapositivas a la hora de buscar la estructura de ese sistema nacional anticorrupción y poder entender cómo es que funciona encontré que se compone por dos comités que son los más importantes integrantes sin embargo según yo se conforma en primer lugar por el comité coordinador en segundo lugar por el comité de participación ciudadana en tercer lugar por el sistema nacional de fiscalización y por ultimo por los sistemas locales anticorrupción sin embargo no encontré por quienes se conforman estos dos ultimo pero los agregue de todas formas y con esta actividad la verdad es que me di cuenta por qué se formó este sistema y me parece que es de una gran ayuda ya que con este se pretende un mejor desempeño para todo aquel que hace tratos con el gobierno. En la actividad 2 se tarto de cómo se aplica este sistema a los servidores públicos y con esta actividad me di cuenta de que existen dos tipos de sanciones unas que son para delitos no graves y unas para delitos graves y con esto yo difiero un poco por que se me hace como si lo tomaran a juego yo pienso que si es grave tener una conducta de corrupción pero si están viendo si es grave o no esto para mi punto de vista es malo ya que si fueran los castigos ceberos sin importar la gravedad tendríamos un mejor gobierno y más comprometido. y por último en el caso de la actividad integradora se4 me hizo muy fácil la verdad ya que con la actividad 2 me quedo más que claro cómo funciona este sistema para los servidores públicos.

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