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BLOQUE I. ARGUMENTA EL ORIGEN E IMPORTANCIA DEL DERECHO.

ESTRUCTURA

DEL BLOQUE.

INTRODUCCIÓN

INTRODUCCIÓN

Los seres humanos requerimos unos de otros para satisfacer nuestras necesidades y generar el desarrollo individual y colectivo. Desde épocas ancestrales, la supervivencia ha implicado que mujeres y hombres enfrentemos un ambiente que plantea desafíos y que sólo ha sido posible superar gracias al trabajo conjunto de los integrantes del grupo social. Para que la suma de esfuerzos rinda frutos es preciso regular el comportamiento de los individuos que convivimos en sociedad, estableciendo como pilares fundamentales valores éticos como el respeto a la dignidad de las personas, la libertad, la justicia y el bienestar general. Lo anterior ha hecho indispensable la creación de un conjunto de normas de conducta al que llamamos derecho. Es muy probable que esa parte de la realidad, útil y necesaria, relacionada con lo jurídico genere múltiples interrogantes en quienes se inician en su estudio; por ello, en este bloque estudiaremos el concepto e importancia del derecho, su desarrollo histórico en México, la clasificación de las normas de conducta y las fuentes jurídicas.

INTRODUCCIÓN.

El hombre vive y se desarrolla en sociedad. Mantener una buena convivencia es importante para preservar el orden e incrementar el bienestar común; sin embargo, las relaciones con otras personas no siempre son armoniosas y a veces surgen Conflictos que es necesario solucionar.

¿Sabes por qué saludas a otros cuando llegas a tu trabajo o escuela? ¿Por qué no tomas las cosas que no te pertenecen sin autorización? ¿Por qué dices «por favor» cuando pides algo? Todas estas conductas son parte de tu actuar cotidiano, pero ¿de dónde surgen? ¿Por qué es necesario que la conducta de los hombres se encuentre regulada?

Para que puedas responder estas y otras preguntas desarrollamos este primer bloque.

A lo largo de su estudio conocerás qué es el Derecho, qué es una norma y cuál es su función en la sociedad e identificaras sus distintos tipos como las normas jurídicas, su origen e importancia. También estudiarás las fuentes del Derecho, los antecedentes del Derecho mexicano y su importancia en la actualidad. Lo anterior te ayudará a comprender por qué el Derecho es importante para la sociedad y aplicarlo en tu vida.

REFLEXIONA

REFLEXIONA

Es muy importante que conozcas tus derechos como persona, como integrante de una comunidad, de un pueblo y de una nación como México. También es relevante que aprendas la forma de protegerlos, respetar los derechos de otros y participar Y cooperar en sociedad para la realización de los fines de la comunidad. Todo esto se da gracias a que las personas podemos ejercer nuestros derechos: a la libre expresión, de participación, de representación, a la información, a la libertad, etcétera.

Las situaciones cotidianas de la vida conllevan derechos y obligaciones que, a primera impresión, no son visibles, pero si nos detenemos a analizarlas podremos identificarlos y relacionar en el futuro. Por ejemplo: tenemos derecho a la educación y lo ejercemos asistiendo a la escuela.

CONCEPTO DE DERECHO.

La mayoría de las personas tenemos idea de lo que es el derecho, pero generalmente nos resulta difícil encontrar las palabras que nos permitan explicarlo correctamente. Esta dificultad no debe ser motivo de preocupación para quienes se inician en el estudio de esta ciencia, pues durante siglos los juristas han intentado responder dicha cuestión formulando diversas definiciones. De tal modo, en la actualidad coexisten dentro de la filosofía del derecho diversos planteamientos; tal es el caso del racionalismo, que lo considera producto de la razón; el empirismo, que identifica el derecho con la experiencia. Otras posturas asocian al derecho con la moral, la voluntad del legislador, lo justo, etcétera.

CONCEPTO DE DERECHO.

El término derecho se puede asociar con un sinfín de elementos y situaciones, aunque por lo regular se le relaciona con atribuciones propias de la persona, como cuando alguien afirma: “tengo derecho a expresar lo que pienso”; o bien, cuando se le refiere a leyes, por ejemplo:

“la Ley Federal del Trabajo”. También nos puede hacer pensar en instituciones educativas, cuando alguien dice: “mi papá estudió en la facultad de derecho”. De igual modo, se le puede vincular con tribunales, jueces, abogados, demandas y muchos elementos más.

CONCEPTO DE DERECHO.

Derecho: Conjunto de normas que establecen derechos e imponen obligaciones a los integrantes de una sociedad que coexisten en un lugar y tiempo determinados. En síntesis, el Derecho es un conjunto de normas jurídicas que regulan la conducta del hombre en sociedad

CONCEPTO DE DERECHO.

Atendiendo a su significado original, el término derecho proviene de la voz latina directum, la cual deriva de dirigere, que quiere decir encaminar o dirigir, y también de rectum: conducir rectamente , dicho de otro modo, lo que no se desvía ni a un lado ni a otro, lo que es recto. Esta idea preliminar resulta insuficiente, por ello, habrá que revisar algunas acepciones básicas, como las siguientes: derecho natural, derecho positivo, derecho vigente, derecho objetivo y derecho subjetivo; mismas que proporcionarán mayores elementos con los que será posible esbozar un concepto propio.

ACEPCIONES O CLASIFICACIÓN

DEL DERECHO.

DERECHO NATURAL

Son los derechos que tiene alguien por el simple hecho de ser una persona. Se originan de la propia naturaleza humana y no son creados por una autoridad u órgano encargado para tal fin. Como ejemplo tenemos el derecho a la vida, la libertad y la integridad física.

Las primeras civilizaciones atribuían un carácter mágico-religioso a las explicaciones de los distintos fenómenos que observaban, incluidos los que estaban relacionados con el derecho. De esta manera, Aristóteles afirmó que el derecho natural es aquello que la recta razón demuestra conforme a la naturaleza sociable del hombre. Más adelante, los jurisconsultos romanos pensaron que el derecho natural era un derecho universal; Marco Tulio Cicerón (106 a.C.-43 a.C.) lo concibió como una ley verdadera que consiste en la recta razón, con-forme a la naturaleza.

DERECHO

NATURAL.

ANTECEDENTES

DERECHO NATURAL.

ANTECEDENTES

DERECHO

NATURAL.

Durante los diez siglos que abarcó la Edad Media (aproximadamente del año 476, con la caída del Imperio Romano de Occidente, a 1453, con el derrumbe del Imperio Bizantino) y debido a la enorme influencia del pensamiento teológico, el derecho natural fue considera-do como un ordenamiento establecido por Dios, es decir, como un conjunto de normas de origen divino, absolutas e inmutables y válidas para todo lugar y época.

En la era moderna, el filósofo alemán George Wilhelm Friedrich Hegel (1770- 1831), exponente del idealismo absoluto, consideró que el derecho es necesario para que la sociedad adquiera su libertad y colocó al derecho natural en la cúspide del sistema jurídico normativo. En los siglos xviii y xix esta concepción del derecho fue perdiendo fuerza, aunque todavía en los albores del siglo xxi cuenta con eminentes defensores pertenecientes a grupos conservadores.

ANTECEDENTES DERECHO NATURAL.

ANTECEDENTES

DERECHO

NATURAL

En síntesis: el derecho natural consiste en una serie de principios éticos como la justicia, la libertad, la igualdad, la dignidad , la seguridad jurídica, el bien común, etc., que la humanidad a lo largo de la historia ha considerado como universalmente válidos, lo cual lo coloca en la base de todo orden jurídico.

DERECHO

POSITIVO

DERECHO POSITIVO

En oposición al derecho natural que, como ya se mencionó, se fundamenta en los ideales éticos del deber ser, el derecho positivo se refiere al ser jurídico como una creación humana, lo cual significa que el derecho positivo es el con-junto de normas jurídicas que regulan la vida de una sociedad en un determinado momento histórico .

Miguel Villoro Toranzo afirma que el derecho positivo es: “El sistema de normas emanadas de la autoridad competente y promulgadas de acuerdo con el procedimiento de creación imperante en una nación determinada". Por su parte, Rafael de Pina, se refiere al derecho positivo como el “conjunto de las normas jurídicas que integran la legalidad establecida por el legislador, así como el de aquellas que en un tiempo estuvieron vigentes y que quedaron abrogadas, pasando a constituir el derecho histórico de una nación”.

En pocas palabras, el derecho positivo es el conjunto de normas creadas por el poder legislativo incluidas las que ya no se encuentren vigentes; por ejemplo, la Ley Federal del Trabajo, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Amparo, entre otras.

El Derecho positivo son las normas jurídicas que se consideran obligatorias en un lugar y tiempo determinados y que son creadas por una autoridad competente. Puede ser vigente o no vigente, ya que comprende todos los ordenamientos legales.

DERECHO VIGENTE.

Edgardo Peniche López señala que vigente es todo ordenamiento elaborado siguiendo las formalidades legislativas establecidas por el Estado, es decir, la vigencia es el sello que el Poder Público imprime a las normas jurídicas, escritas o consuetudinarias, sancionadas por el mismo. El derecho vigente es el conjunto de normas jurídicas que establecen derechos e imponen deberes, y que la autoridad política declara obligatorias en un lugar y tiempo determinados.

El Derecho vigente es el que rige en un lugar y tiempo determinados, las leyes que ha elaborado el Poder Legislativo y que actualmente deben acatarse.

DERECHO VIGENTE

DERECHO VIGENTE.

Un ejemplo de derecho vigente en México que cumple con la definición anterior es la Constitución Política de 1917, en virtud de lo siguiente:

a) Es un conjunto de normas que impone deberes, como lo señala el Artículo 31, fracción IV, al expresar que los mexicanos están obligados a con-tribuir a los gastos públicos; asimismo, concede derechos, tal como se aprecia en el Artículo 3º, primer párrafo, al mencionar: “Todo individuo tiene derecho a recibir educación”.

b) Por lo que respecta a la época y al país, la Ley Fundamental fue promulgada en 1917 y a la fecha, aunque con múltiples modificaciones, sigue regulando jurídica y políticamente al Estado mexicano.

c) La Constitución de 1854 es derecho positivo no vigente ya que no existe la obligación de cumplirla. La Constitución de 1917 es Derecho positivo vigente, porque es la que actualmente nos rige.

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DERECHO

OBJETIVO

DERECHO OBJETIVO.

Con esta acepción se pretende significar que el derecho es un objeto de estudio que forma parte de la realidad, independientemente de los sujetos a quienes se les aplica, en virtud de que es considerado en sí mismo. En este sentido, el derecho objetivo es el conjunto de normas jurídicas que impone deberes y concede facultades, regulando la conducta de los individuos cuando establecen relaciones entre sí, pudiendo ser escrito.

El primer caso es cuando se redacta en documentos, como ocurre en México; mientras que en el segundo, las normas están constituidas por las costumbres jurídicas, por ejemplo, en la Gran Bretaña. El vocablo derecho objetivo es utilizado para designar todo un sistema jurídico o incluso un precepto aislado; este es el caso del derecho público y el privado.

DERECHO SUBJETIVO.

Se define al derecho subjetivo “… como el conjunto de las facultades reconocidas a los individuos por la ley, para realizar determinados actos en satisfacción de sus propios intereses”.

El derecho subjetivo es la posibilidad que tienen las personas de hacer o de omitir lícitamente algo y está en función del derecho objetivo en virtud de que presupone la existencia de la norma

DERECHO

SUBJETIVO.

CLASES DE

DERECHO SUBJETIVO.

CLASES DE

DERECHO

SUBJETIVO

1.- Públicos, como el derecho a la igualdad entre el varón y la mujer establecido en el primer párrafo del Artículo 4º constitucional.

2.- Privados, como el dispuesto por el Artículo 102, del Código Civil del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave vigente, al señalar que: “Los cónyuges tendrán en el hogar autoridad y consideraciones iguales, por lo tanto, de común acuerdo arreglarán todo lo relativo a la educación y establecimiento de los hijos y a la administración de los bienes que a éstos pertenezcan.”

DERECHO.

Con las definiciones hasta ahora abordadas se puede concluir que el derecho es fundamentalmente derecho vigente; no obstante, en su formulación deben ser considerados y conciliados valores de capital importancia como la justicia y la libertad, a fin de alcanzar el bienestar general de la sociedad.

DERECHO

DEFINICIÓN

ETAPAS HISTÓRICAS DE LA ADMINISTRACIÓN.

•Antigua

(3 ,500 a. C. – Siglo V d. C.)

• Prehistoria

(2’000,000 a. C. – 3,500 a. C.)

• Moderna

(Siglo XV – Siglo XVIII)

• Medieval

(Siglo V d. C – Siglo XV)

• Contemporánea

(Siglo XVIII – Siglo XXI)

ADMINISTRACIÓN: CIVILIZACIÓN CHINA.

Esta cultura sobresalió basándose en el comercio y en la especialización del trabajo para lograr mayor eficiencia. El trabajo organizado hizo posible la construcción de la gran muralla china. Los chinos usaron muchos conceptos y técnicas eficaces de Administración, la existencia de asesores y consejeros es un ejemplo de esto.

Los emperadores se percataron del valor de un buen consejo y confiaron a sus subordinados la tarea de darles información útil para gobernar el imperio. Como resultado, los consejeros o la asesoría, como se llama hoy, llegaron a ser parte integral del gobierno chino. Debido a esto, cuando TaiChai (1753- 1721 a.C.), emperador joven, pasó por alto repetidamente la opinión de los consejeros, el primer ministro lo depuso por tres años.

Cuando prometió respetar los consejos de sus asesores se le permitió volver a su puesto. Hoy rara vez los asesores pueden obligar a un superior a seguir su consejo. Sin embargo, el hecho de que la mayoría de las organizaciones modernas tengan asesoría demuestra que muchos gerentes estiman la asesoría tanto como los emperadores de la antigua china.

En China, las parábolas de Confucio sugieren prácticas para la buena administración pública.

APORTACIONES.

ADMINISTRACIÓN: CIVILIZACIÓN CHINA.

Otra aportación de los chinos fue aceptar la necesidad de un sistema general de dirección. Afirmaban que debía haber normas de operación que unificaran armoniosamente los instrumentes con los trabajadores. Sin embargo, no tuvieron suficientes leyes ni principios administrativos. Todo debía integrarse sistemáticamente para que del todo se obtuviera el resultado máximo.

Así se explica en el año 500 a.C :

1.Todo el que busca un fin debe tener un sistema.

2. No hay negocio venturoso sin sistema.

3. Desde los ministros y generales hasta los centenares de artesanos, todo el mundo tiene un sistema.

4. El artesano se vale de una regla para trazar un cuadrado, y con un compás hace un círculo gracias a su misma destreza. Pero con un sistema hasta el menos diestro logra el mismo resultado.

5. Así, pues, todo artesano tiene un sistema que le sirve de modelo.

IMPORTANCIA.

ADMINISTRACIÓN: CIVILIZACIÓN CHINA.

El gran filósofo Confucio sentó las primeras bases de un buen gobierno en China, se desempeñó en diversos cargos políticos hasta ser primer ministro. Al retirarse de la vida pública escribió sobre aspectos políticos y gobierno, incluyendo su criterio sobre varias cosas.

Otros contemporáneos de Confucio se interesaron también en los asuntos administrativos y de ellos Micius o Mo-ti fundó, 500 años a.C. , una rama de la misma escuela, que difería fundamentalmente en aspectos filosóficos más que en principios.

A través de varios siglos, los chinos tuvieron un sistema administrativo de orden, con un servicio civil bien desarrollado y una apreciación bastante satisfactoria sobre muchos de los problemas modernos de administración pública.

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