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INTERVENCIÓN JUDICIAL

CLASES

CONCEPTO

LEY 19.550.

INTERVENCIÓN JUDICIAL

  • Régimen de excepción
  • Intromisión de un tercero en la esfera de la actividad de ese órgano
  • Finalidad de que informe sobre las irregularidades o bien concurra con la administración o bien sustituya (por decisión judicial) al administrador

CONCEPTO

ADMINISTRACIÓN

INTERFERENCIA QUE HACE LA JUSTICIA EN UNA SOCIEDAD

MEDIDA REVISTE CARÁCTER DE CAUTELAR

Abuso, negligencia y violación de normas

Art. 113 a 117

ADMINISTRADORES

OMISIONES

ACTOS

PELIGRO GRAVE DE UNA

SOCIEDAD

PROCEDENCIA

Articulo 113 - Procedencia.

Cuando el o los administradores de la sociedad realicen actos o incurran en omisiones que la pongan en peligro grave, procederá la intervención judicial como medida cautelar con los recaudos establecidos en esta Sección, sin perjuicio de aplicar las normas específicas para los distintos tipos de sociedad.

MEDIDA CAUTELAR

(excepcional y subsidiaria)

Tutelar los derechos de los socios/ evitar que sigan ejerciendo sus funciones libremente

REQUISITOS

  • ACREDITAR CONDICIÓN DE SOCIO.
  • EXISTENCIA DE PELIGRO GRAVE
  • AGOTAMIENTO RECURSOS DEL CONTRATO
  • ACCION DE REMOCION
  • CONTRACAUTELA

ARTICULO 114. —

El peticionante acreditará su condición de socio, la existencia del peligro y su gravedad, que agotó los recursos acordados por el contrato social y se promovió acción de remoción.

REQUISITOS

CRITERIO RESTRICTIVO

VEEDOR

CONTROLA

OBSERVA Y FISCALIZA

LAS TAREAS DEL ORGANO ADMINISTRADOR

VEEDOR

CO-ADMINISTRADOR

COMPARTE

CO-

ADMINISTRADOR

ACTUA JUNTAMENTE CON LOS ADMINISTRADORES DESIGNADOS POR LOS SOCIOS

ADMINISTRADOR JUDICIAL

SUSTITUYE

SUSTITUCIÓN ANTICIPADA DEL ADMINISTRADOR NATURAL

ADMINISTRADOR

JUDICIAL

Art. 115. Misión. Atribuciones.

El juez fijará la misión que deberán cumplir y las atribuciones que les asigne de acuerdo con sus funciones, sin poder ser mayores que las otorgadas a los administradores por esta ley o el contrato social. Precisará el término de la intervención, el que solo puede ser prorrogado mediante información sumaria de su necesidad.

RESOLUCION JUDICIAL

Fija : funciones, atribuciones y término.

Apelación efecto devolutivo

RESOLUCIÓN JUDICIAL

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