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Universidad Interamericana para el Desarrollo
Maestra: Lic. Angélica Pamela Cortés Domínguez
Alumna: Paola Magali Chang Preciado
La reforma afecta directamente a los artículos 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 73, 115 y 123 de la Constitución Mexicana.
Se le conoce a este nuevo modelo de justicia como sistema acusatorio adversarial, esto debido a sus características más importantes:
ACUSATORIO
Acusatorio porque existen dos partes que intervienen en el juicio: una que acusa y otra que se defiende.
ADVERSARIAL
Adversarial porque, tanto la acusación como la defensa, se realizan mediante una confrontación de pruebas y argumentos de cada una de las partes. Ambas deben ser escuchadas.
ORAL
Oral porque, a diferencia del sistema anterior, el juicio se realiza mediante un debate oral frente a un Juez que debe estar siempre presente, y no como antes, que era de manera escrita.
¿Quienes intervienen en el sistema penal acusatorio?
El nuevo Sistema de Justicia Penal contempla nuevas figuras para garantizar que los procesos sean más cortos y se lleven a cabo con transparencia y eficiencia.
Es la persona sobre quien se ha recabado información que hace suponer su participación en un delito y en contra de la cual el Ministerio Público realiza una acusación ante el Juez.
Una característica central del Nuevo Sistema Penal es la presunción de inocencia, esto es que no se puede considerar a nadie culpable hasta que no exista una sentencia por parte del Juez.
Es la persona que sufre un delito, tiene derecho a que la autoridad cuide su integridad física y le brinde la protección necesaria según el riesgo que corra.
El Nuevo Sistema de Justicia Penal busca restaurar la confianza en la impartición de la Justicia, al procurar que el ofendido quede conforme con la manera como se atendió su denuncia.
Es el encargado de investigar los delitos y llevar a Juicio a quien se considere responsable de estos, conduce la investigación y coordina a las policías y a los servicios periciales.
El Ministerio Público cuida los intereses de la sociedad al perseguir los delitos, y vigila que en toda investigación se respeten los derechos humanos, es quien debe demostrar la existencia o no de un delito y la responsabilidad de quien lo cometió.
Se encargan de la defensa legal del imputado; puede ser un abogado particular contratado o un Defensor Público que proporciona por ley el Estado.
La reforma constitucional estableció que el defensor deberá ser licenciado en derecho, con cédula profesional, antes el imputado podía “ser representado por una persona de confianza” que en la mayoría de los casos no era un abogado; situación que generaba violaciones a sus derechos al no garantizarle el acceso a una defensa adecuada. El imputado puede solicitar un defensor desde el momento en que se le detiene, y declarar solo cuando su defensor este presente.
Con la Reforma al Sistema de Justicia Penal, la policía mexicana se orienta hacia un modelo que fomenta su profesionalización en las técnicas de actuación, investigación, resguardo de pruebas, y en general de todas las acciones que tiene que desarrollar como la institución encargada de proteger a la ciudadanía así como los bienes de las personas.
En el Nuevo Sistema Penal Acusatorio existen varios tipos de jueces, a todos ellos, se les llama de forma general Órgano Jurisdiccional y dependiendo de la etapa del procedimiento participan en él, y son: el Juez de Control, el Tribunal de Enjuiciamiento, el Tribunal de Alzada y el Juez de Ejecución. Con esta especialización se aumenta la calidad de los procedimientos penales.
Debido a los muchos defectos del sistema de justicia penal anterior era necesario modificar el procedimiento, como ocurrió, al crear este nuevo Sistema Penal Acusatorio se iba a garantizar la igualdad entre las partes, la intervención de la víctima y la inmediación probatoria durante el proceso.
La capacitación de los órganos e incluso de los abogados es la piedra angular de esta nueva reforma ya que no solo depende de la teoría, o de su estructura o del juicio oral sino más bien se trata de estudiar los medios alternativos de solución de controversias desde el enfoque de la justicia penal restaurativa.
En este nuevo sistema de justicia penal el principio de inocencia al que se refiere esta reforma sugiere una revisión, para eliminar las medidas que no trasciendan a las necesidades del proceso y reducir o condicionar la libertad y el patrimonio del presunto inocente.
Difícilmente tendremos justicia penal si persiste la injusticia social. La transformación del sistema tradicional a uno acusatorio, oral y adversarial, no va a valer la pena sino produce una mayor seguridad, paz, justicia y libertad a los ciudadanos.