Tribunal de Justicia de la UE
María Fernanda Avendaño
Manuel Andrés Buitrago
INFORME
ANUAL
PRESENTACIÓN
GENERAL
VIDEO
¿CÓMO
FUNCIONA?
Nils Wahl
PONENTES
- Doctor en Derecho por la Universidad de Estocolmo, Suecia (1995)
- Profesor asociado de la Cátedra Jean Monnet de Derecho europeo (1995); profesor de Derecho europeo, Universidad de Estocolmo (2001)
- Director general de una fundación educativa (1993-2004)
- Abogado General del Tribunal de Justicia desde el 28 de noviembre de 2012 hasta el 6 de febrero de 2019,
- Juez del Tribunal de Justicia desde el 7 de octubre de 2019 - ACTUALIDAD.
Rosario Silva de Lapuerta
- Licenciada en Derecho (Universidad Complutense de Madrid).
- Abogado del Estado destinada en Málaga.
- Abogado del Estado-Jefe del Servicio Jurídico del Estado ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas y Subdirectora General de Asistencia Jurídica Comunitaria e Internacional en la Abogacía General del Estado (Ministerio de Justicia).
- Jefe de la Delegación Española en el Grupo de «Amigos de la Presidencia»
- Juez del Tribunal de Justicia desde el 7 de octubre de 2003.
- Vicepresidenta del Tribunal de Justicia desde el 9 de octubre de 2018
COMPOSICIÓN
Función: Garantizar que la legislación de la UE se interprete y aplique de la misma manera en cada uno de los países miembros; garantizar que los países miembros y las instituciones europeas cumplan la legislación de la UE.
SEDE
Conformado por:
- Tribunal de justicia: Un juez de cada país miembro y 11 abogados generales
- Tribunal general: 2 jueces por cada país de la UE
https://curia.europa.eu/visit360/coj_es.html
SERVICIOS
Secretario del Tribunal de Justicia.
Los servicios pueden clasificarse en tres grandes grupos:
- Apoyo administrativo.
- Servicios lingüísticos.
- Servicios de información.
Composición
El TJUE consta de dos órganos:
1. Tribunal de Justicia:
Resuelve las cuestiones prejudiciales planteadas por los tribunales nacionales.
2. Tribunal General: Resuelve los recursos de anulación que interponen los particulares, las empresas y, en algunos casos, los gobiernos nacionales.
Los gobiernos nacionales designan a cada juez y abogado general por un periodo renovable de seis años. En cada uno de los tribunales, los jueces eligen a su presidente para un mandato renovable de tres años.
¿QUÉ HACE?
- Interpretar la legislación (decisiones prejudiciales): Los tribunales nacionales deben garantizar que la legislación europea se aplique correctamente.
- Aplicar la legislación (procedimientos de infracción): Este tipo de acción se emprende contra una administración nacional por incumplir la legislación europea.
¿QUÉ HACE?
- Anular normas europeas (recursos de anulación): Los gobiernos de los países miembros el Consejo de la UE, (en algunos casos) el Parlamento Europeo o los particulares pueden solicitar al Tribunal que la anule.
- Garantizar que la UE actúe (recursos por omisión): En determinadas circunstancias, el Parlamento, el Consejo y la Comisión deben tomar decisiones.
¿QUÉ HACE?
- Sancionar a las instituciones europeas (acciones por daños y perjuicios): Perjudicar intereses por acción u omisión por parte de la UE o de su personal.
FUNCIONAMIENTO
¿Cómo funciona el TJUE?
En el Tribunal de Justicia, a cada asunto se le asigna un juez ("juez ponente") y un abogado general. Los asuntos se instruyen en dos fases:
- Fase escrita: Las partes presentan al Tribunal alegaciones escritas.
- Fase oral: La vista pública
GESTIÓN SOSTENIBLE
MEDIO
AMBIENTE
El Informe Anual del Tribunal de Justicia de la Unión Europea se compone de dos partes, tituladas:
- Actividad judicial e
- Informe de gestión.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea publica también un Panorama del año, que constituye un resumen del Informe Anual.
INFORME ANUAL
Informe de gestión (Informe anual de actividades del ordenador delegado)
- Judicial
- Institucional
- Administrativa
Mensajes importantes para el personal de la Institución respecto al covid-19
NOTICIA
“Cuestiona la cadena de mando judicial, que tenía al Tribunal europeo en la cúspide”
“El Tribunal de Justicia, creado a tal fin por los Estados miembros, es el único competente para declarar que un acto de una institución de la Unión es contrario al Derecho de la Unión”
CONCLUSIÓN
Participación del público
Bibliografía
- https://curia.europa.eu/jcms/upload/docs/application/pdf/2018-01/es.pdf
- https://curia.europa.eu/jcms/jcms/P_80908/es/
- https://curia.europa.eu/jcms/jcms/Jo2_6999/es/https://curia.europa.eu/jcms/jcms/P_134088/es/
- https://curia.europa.eu/jcms/jcms/Jo2_7035/es/
- https://europa.eu/european-union/about-eu/institutions-bodies/court-justice_es#%C2%BFqu%C3%A9-hace-el-tjue?
- https://europa.eu/european-union/about-eu/institutions-bodies/court-justice_es