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Esta norma tiene como objetivo, establecer las normas de valuación, presentación y revelación para el reconocimiento inicial y posterior de las cuentas por cobrar comerciales y las otras cuentas por cobrar de una entidad economica.
Establecer las reglas particulares aplicables a las cuentas por cobrar y otras cuentas por cobrar, de entidades que emiten estados financieros.
Las cuentas por cobrar representan derechos exigibles originados por ventas, servicios prestados o cualquier otro concepto análogo.
Son derechos de cobro a favor de una entidad que se originan por las actividades que representan la principal fuente de ingresos de la misma, como venta de bienes o prestación de servicios.
Son aquellas que se originan por transacciones distintas a las actividades primarias, tales como prestamos otorgados a empleados, saldos de impuestos a favor, reclamaciones por siniestros, y otras transacciones.
Se debe hacer al considerarse devengada la operación que les dio origen, lo cual ocurre, cuando se suministra un bien o se proporciona algun servicio a la contraparte.
Las otras cuentas deben reconocerse inicialmente cuando surge el derecho generado por una transacción, es decir, cuando se devenga.
El reconocimiento posterior que se les da las Cuentas por cobrar, es con base en la valuación al costo amortizado, que es el valor nominal del contrato que respalda la operación.
La administración de la entidad debe realizar una evaluación de las perdidas esperadas por deterioro de las cuentas por cobrar, en base a una experiencia histórica crediticia.
Las cuentas por cobrar comerciales deben presentarse en forma segregada a las otras cuentas. Estos rubros se pueden presentar netos de sus estimaciones de incobrabilidad, o de forma independiente.
Segun el plazo de recuperación se deben clasificar en corto plazo (no mayor de un año) y largo plazo.
Dentro del Estado de Resultados, la entidad debe presentar en rubros que afectan al Resultado Neto:
-El importe de los descuentos o devoluciones.
- El importe de las fluctuaciones cambiarias originadas por la conversión de las cuentas por cobrar en moneda extranjera.
La entidad debe revelar los principales conceptos que integran el rubro de cuentas por cobrar, CXC Comerciales, Otras Cuentas por Cobrar y Estimacion de Cuentas Incobrables.
Debe revelar la información segun su grado de importancia, por ejemplo, Partes Relacionadas, Impuestos por Recuperar, Reclamaciones a Aseguradoras.
La entidad debe revelar la politica para determinar las estimaciones para incobrabilidad, así como para dar de baja dichas cuentas.
La entidad debe revelar una concentración de las cuentas por cobrar, por tipo de moneda, destacando los principales saldos de las diferentes divisas.