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La Constitución Política del Perú de 1993 es la norma fundamental y constitución de la República del Perú.
La Constitución Política del Perú es también conocida como la “Carta Magna”. Es la ley fundamental sobre la que se rige el derecho, la justicia y las normas del país. Asimismo, determina la estructura y organización del Estado peruano.
La mayoría de las constituciones se dividen y subdividen en partes que pueden recibir diferentes denominaciones (título, capítulo, artículo, sección, párrafo o cláusula).
Es la base del ordenamiento jurídico nacional: de sus principios jurídicos, políticos, sociales, filosóficos y económicos que se desprenden de todas las leyes de la República. Organiza los poderes e instituciones políticas, además de establecer y normar los derechos y libertades de los ciudadanos peruanos.
TITULO I
DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD
Artículos del 1° al 42°
TITULO II
DEL ESTADO Y LA NACION
Artículos del 43° al 47°
TITULO III
DEL REGIMEN ECONOMICO
Artículos del 58° al 89°
TITULO IV
DE LA ESTRUCTURA DEL ESTADO
Artículos del 90° al 199°
TITULO V
DE LAS GARANTIAS CONSTITUCIONALES
Artículos del 200° al 205°
TITULO VI
DE LA REFORMA DE LA CONSTITUCION
Artículo 206°
Artículo 1°.- La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado.
Toda las personas tienen derecho a la vida, a su identidad, a su integridad moral, psicológica y física, y a la igualdad ante la ley, sin discriminación alguna por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole. Este artículo también reconoce la pluralidad étnica y cultural del país y la obligación del Estado de proteger la diversidad lingüística y cultural del Perú.
Este inciso establece el derecho a la igualdad ante la ley, que significa que todas las personas deben ser tratadas por igual por el sistema judicial y las leyes del país, sin importar su origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica u otra característica similar. Además, se establece que está prohibida toda forma de discriminación por cualquiera de estas características. Este artículo es fundamental para garantizar la protección de los derechos humanos y la igualdad de oportunidades en el Perú.