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concepto
el contrato es el acuerdo entre dos
o más personas que crea Derechos y obligaciones
Este tipo de contratos consensuales se
perfeccionaban por el simple consentimiento de las partes.
NOMINADOS
Fueron aquellos contratos escritos que se
perfeccionaban por el uso de la escritura
Estos se perfeccionaban con la simple
entrega de la cosa hecha por el que se hace acreedor al que se obliga
Contratos Verbis. Fueron contratos verbales que se perfeccionaban por
la formulación de determinadas palabras. P. ej. “El negocio per a est
libram; el contrato dictio dotis y la stipulatio ”
El negocio per a est libram. En los inicios del Derecho
Romano, todo negocio que se celebraba era por medio del cobre
y una balanza
El contrato dictio dotis. Esta figura servía para hacer obligatoria
la promesa hecha al marido de constituir una dote
La stipulatio. La estipulación fue una manera de contratar
consistente en una interrogación a efecto de obligar
La nomina transcriptitia. Fue un contrato formal, abstracto,
unilateral, de estricto derecho, exclusivo para ciudadanos romanos; fue considerado como el libro de contabilidad del
acreedor; en este se reflejaba con fidelidad el estado de su caja.
El quirógrafo. Era un documento de un solo ejemplar que
permanecía en poder del acreedor, en el cual el deudor reconocía
su deuda.
Los singrafos. Fueron unos documentos redactados en dos
originales, suscritos por ambas partes, cada una de las cuales
conservaba el suyo.
El mutuo es un contrato de
préstamo de consumo, mediante el cual una persona llamada
mutuante, le transfiere a título gratuito a otra llamada mutuario la
propiedad de algún bien, para que éste posteriormente se lo
devuelva en la misma cantidad y calidad.
El contrato de comodato. Este es un contrato de préstamo de
uso, a través de cual una persona llamada comodante le entrega
a título gratuito una cosa para que la utilice durante determinado
tiempo y para el fin convenido, pero no para que se haga
propietario de ella.
El contrato de depósito. Es un contrato mediante el cual una
persona llamada depositante le hace entrega a otra llamada
depositario, quien se obliga de forma gratuita a guardarla y
devolverla al depositante al primer requerimiento.
La prenda es un contrato mediante el cual el deudor o un
tercero entrega una cosa a otra llamada acreedor prendario, para
que la guarde como garantía de su crédito y éste la restituya
después de obtener satisfacción de pago.
El contrato de sociedad.
dos o más personas
ponían en común determinado objeto o energías o cosas o de
unitaria o combinadas, para dedicarse a determinadas
actividades (no necesariamente económicas), con el fin de
repartirse los resultados.
El contrato de compraventa. Este es un contrato bilateral,
sinalagmático perfecto y por lo tanto de buena fe,fijar el deber del vendedor (la
obligación de transferir a otro el poder que tiene sobre
determinado bien) y la segunda que fijaba el deber del comprador
(la obligación de cumplir con la entrega relacionada con el precio
de la cosa).
El contrato de arrendamiento. una persona
llamada locator se obliga a proporcionar a otra persona llamada
locatario el goce temporal de una cosa no consumible a cambio
de una remuneración periódica de dinero.
El contrato de mandato. Se define como un contrato a través del
cual una persona llamada mandante, encarga a otra llamada
mandatario (misma que debe aceptar), la realización en forma
gratuita de un acto o conjunto de operaciones, por cuenta y a
favor de los intereses del mandante;
contratos que de
ninguna forma coincidían con ninguno de los contratos tipificados y sus
consecuencias se reducían a cuatro clases que son:
o 1°. Do ut des (doy para que des)
o 2°. Do ut facias (doy para que hagas)
o 3°. Facio ut des (hago para que des)
o 4°. Facio ut facias (hago para que hagas).
La permuta es el trueque de una cosa por otra el contrato queda configurado desde que las partes se han prometido transferirse recíprocamente la propiedad de dos cosas.
Contratos por el cual un comerciante aceptaba mercancías, con la obligación de devolverlas, después de algún tiempo, en caso de haberlas vendido, o entregar un precio, previamente convenido, si había podido venderlas.
Era un préstamo de uso, concedido a petición especial del beneficiado, y cuyo objeto debía restituirse al propietario en cuanto lo reclamara.
La transacción es un contrato en el que las partes involucradas resuelven una disputa o conflicto existente mediante un acuerdo mutuo. Las partes renuncian a sus reclamos o derechos en litigio y llegan a un compromiso o acuerdo para poner fin a la controversia.
Nulidad (Nullitas): La nulidad se refiere a la invalidez absoluta de un contrato. Un contrato nulo es considerado como si nunca hubiera existido legalmente desde su origen, sin producir ningún efecto legal. En el derecho romano, un contrato podía ser nulo si carecía de los requisitos esenciales para su validez.
Anulabilidad (Annuibilitas): La anulabilidad se refiere a la invalidez relativa de un contrato. Un contrato anulable es aquel que puede ser impugnado por una de las partes debido a algún vicio o defecto que afecta su validez.
los pactos en Derecho romano eran compromisos, convenciones desprovistas de forma, que no pertenecían a la categoría de los contratos.
- Joyce Meyer