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Lección 7
Es la emisión o recepción de una declaración (de voluntad) para otro en nombre de este, es decir, de tal modo que los efectos del negocio repercutan directamente sobre el representado. Generalmente una persona manifiesta personalmente su voluntad, pero existen casos en los cuales esa manifestación se hace por otra persona distinta, es aquí donde nos encontramos frente a la representación.
Se da cuando el representante obra en nombre y a cuenta del representado, de modo que los efectos jurídicos resultantes, se producen directamente en la persona del representado.
Se da cuando alguien compra un terreno mediante un poder otorgado por el representado, las responsabilidades recaen en el representado.
Inmediata o directa
Tiene lugar cuando el representante obra a cuenta del representado pero a nombre propio, sin el poder, los efectos jurídicos resultantes recaen sobre el representante y no sobre el representado como en el caso directo.
Cuando alguien compra un terreno a nombre propio pero para luego ser transmitido al representado.
Mediana o indirecta
Se da cuando alguien incapaz es representado por un tutor o curador para poder realizar el negocio jurídico.
Representación necesaria
Representación convencional
Se da cuando alguien es representado para evitar las molestias o por conveniencia del negocio jurídico, por estar momentáneamente enfermos o indispuestos, o porque la distancia a la cual se encuentran no justificaría el viaje.
Nace de la voluntad de las partes.
Procurador
Era el liberto a quienes las familias pudientes romanas daban la atención de algunos negocios sin que su gestión tuviese relevancia alguna.
Cognitor o Procurador Judicial
Es la persona con conocimiento de Derecho (antecesor del abogado). Fue necesario en un momento en que la complejidad del derecho inhibió a los Romanos de representarse por si mismo ante el juicio.
Institor
Es la representación que daba el amo a su esclavo a cargo de su industria o comercio para que pudiera ejercer negocios jurídicos a nombre de él.
Exercitor
Se daba en las empresas de transporte marítimo, El dominus o dueño ponía al frente de su negocio al esclavo llamado Magister Navis, Otorgándole su representación y siendo responsable el dominus de los actos del Magister Navis.
Toma su nombre del esclavo a quien el amos ha puesto como una especie de factor (empleado administrador llamado Institor) al frente de la industria o comercio terrestre. Era ejercida contra el Dominus por ser representado por el Institor.
Actio Institoria
Actio Exercitoria
Toma nombre del Magister Exercitor, mediante la cual la acción se ejercía sobre el Dominus y no sobre el Magister Navis que era su esclavo.
Estas acciones correspondían únicamente si se trataban de negocios jurídicos vinculados con el ejercicio de las funciones encomendadas y no por otros negocios que ejerciera el esclavo.
Exceptio Institoria
El dominus podía plantearla contra le tercero por no cumplir el trato con el Institor.
Pero también la podía ejercer el tercero contra el dominus porque su Institor no había cumplido el trato.
Al igual que La Actio Institoria pero se daba con el Exercitor.
Exceptio Exercitoria