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DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD

LEY 23 DE 27 DE ABRIL 2015

1. Compraventa de inmuebles que sean realizados en nombre del cliente o por un cliente.

2. Administración de dinero, valores bursátiles u otros activos del cliente.

3. Administración de cuentas bancarias, de ahorro o valores.

4. Organización de aportes o contribuciones para la creación, operación o administración de compañías.

5. Creación, operación o administración de personas jurídicas o estructuras jurídicas como fundaciones de interés privado, sociedades anónimas, fideicomisos y demás.

6. Compraventa de personas jurídicas o estructuras jurídicas que sean realizados en nombre del cliente o por un cliente.

7. Actuación o arreglo para que una persona, pagada por el abogado o firma de abogados, actúe como director apoderado de una compañía o una posición similar, con relación a otras personas jurídicas.

8. Proveer de un domicilio registrado, domicilio comercial o espacio físico, domicilio postal o administrativo para una compañía, sociedad o cualquiera otra persona jurídica o estructura jurídica que no sea de su propiedad.

9. Actuación o arreglo para que una persona pagada por el abogado o firma de abogados, actúe como un accionista testaferro para otra persona.

10. Actuación o arreglo para que una persona pagada por el abogado o firma de abogados, actúe como participante de un fideicomiso expreso o que desempeñe la función equivalente para otra forma de estructura jurídica.

11. La de agente residente de entidades jurídicas constituidas o existentes de conformidad con las leyes de la República de Panamá.

LEY 23 Y LAS ACTIVIDADES REGULADAS

Actividades realizadas por profesionales sujetas a supervision

ENFOQUE BASADO EN RIESGO

ENFOQUE BASADO EN RIESGO

El análisis de riesgos implica el cálculo de la probabilidad de que estos finalmente terminen ocurriendo. Ante errores en el cálculo de la probabilidad de ocurrencia, los profesionales de la Gestión de Riesgos cuentan con controles para su mitigación, planes de contingencia y planes de comunicación.

Desde el punto de vista del tratamiento de riesgos, se debe identificar, estimar, planificar y monitorear los posibles riesgos. Estos riesgos pueden presentar las siguientes tipologías:

TIPOS DE RIESGOS

RIESGO

1.- Extrínsecos. Se trata de aquellos ajenos a la compañía, como por ejemplo, los riesgos por causas naturales.

2.- Son intrínsecos a la actividad económica o empresarial.

3.- Operacionales. Se trata de aquellos que afectan a las operaciones.

4.- . Son producidos por eventos que no han debido ocurrir y/o se dan a conocer en un momento que no es el adecuado.

Estratégicos. Afectan a la estrategia empresarial.

FASES DE RIESGO

Identificar el riesgo

Calcular el riesgo

Planificar el riesgo

FASES

Monitorear el riesgo

MITIGACION DEL RIESGO

Minimizar. Consiste en minimizar el riesgo que ha sucedido, no recibir efectivo por ejemplo

Transferir. Se trata de transferir el riesgo a un tercero, a un banco por ejemplo

PREVENCION

Evitar. Se puede evitar con no brindando el servicio legal solicitado

La prevención y anticipación son fundamentales ante el posible impacto de los riesgos. De lo contrario esto genera un riesgo reputacional que no debemos enfrentar

SEÑALES DE ALERTA

Los sujetos obligados deberán prestar especial atención a los siguientes comportamientos o

acciones relacionados a las características de los billetes de efectivo:

• Solicitud de billetes de alta denominación o cambio a otra divisa, contra entrega de

efectivo, en operaciones cuyo importe no parece justificado en virtud del conocimiento

que se tiene del cliente.

• Cliente que intenta mezclar moneda verdadera con moneda falsa.

• Cliente que cambia monedas y solicita que los billetes en monedas extranjeras sean de

la denominación más alta posible.

• Cambio simultáneo de diferentes divisas, cuando no parece justificado en virtud del

conocimiento que se tiene del cliente.

• Cliente que comienza a cambiar billetes grandes en billetes pequeños o viceversa

cuando no utiliza normalmente el dinero en efectivo como medio de pago.

• Cliente que pretende realizar la operación entregando billetes muy sucios, húmedos,

mohosos o que presentan un olor extraño (por ejemplo, olor a producto químico).

SEÑALES DE ALERTA

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