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Evolución del Sistema Penitenciario en México

Nataly de los Santos Pérez

En México se registran tres épocas que denotan un deslave de la carga moral del derecho penitenciario y un lento avance en su secularización

En 1917 previeron la educación, el trabajo y la capacitación como instrumentos “para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir”

3. Con la reforma constitucional al sistema de justicia penal de 2008 se sustituyó el concepto de readaptación por los de Reinserción social y reintegración social

2. En la reforma constitucional de 1964-65 se institucionalizó la Readaptación social

1. El Constituyente de 1917 utilizó el concepto de Regeneración

Entre 1917 y 1965 el objetivo fue la “regeneración” de la persona que delinque entre 1965 y 2008 fue la “readaptación social del delincuente”

En el Congreso Constituyente de 1917, el diputado José María Truchuelo sostuvo que las autoridades penitenciarias habrían de recabar informes para saber “si las condiciones en que se encuentran [los presos] por los informes que día a día se recaben, indican que aquel individuo ha adquirido hábitos de moralidad

2008

2011

1964

2013

1917

En 2011, 96.4 por ciento de las sentencias condenatorias

en México establecieron la cárcel como pena. Solamente

en 3.6 por ciento de las sanciones se contempló el uso

de sanciones alternativas, como multas y reparación

del daño.

A raíz de su visita in loco a México en 1998, la Comisión consideró que los estudios de personalidad aplicados en el sistema penitenciario de nuestro país contravienen disposiciones de la Convención cuando se aplican a personas procesadas; sin embargo, no llegó a establecer lo mismo respecto de las personas sentenciadas; indirectamente, esto legitimó semejante práctica

En la administración del presidente Enrique Peña Nieto, el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 contempla solamente una referencia a las cárceles como línea de acción: “Promover en el Sistema Penitenciario Nacional la reinserción social

efectiva”,

En México, hasta enero de 2013, 41.3 por ciento de los internos no contaba

con una sentencia condenatoria. Esto implica que se ha privado a miles de

personas de su derecho a permanecer en libertad durante su proceso judicial.

a partir de la reforma de junio de 2008 al artículo 18 el propósito es buscar la “reinserción social del sentenciado”, de manera que quienes salen de prisión pierdan el deseo de volver a

delinquir.

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