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TRABAJO PRESENTADO POR:

-Mercado Halanoca; Yosely Deysi

-Pampa Zapata; Yesenia

-Paniagua Velásquez; Evelyn

-Pari Vargas; Y. Yuleimy

-Sucari Quispe; Yadira

-Vega Mamani; Fiorela Yasmin

-Vilca Coa; Itaty

GRADO Y SECCION:

5° de secundaria “verde”

EL SOAT ...2

Exclusiones

Los siguientes accidentes no son cubiertos por el SOAT:

• Los causados en carreras de automóviles y otras competencias de vehículos motorizados.

• Los ocurridos fuera del territorio nacional.

• Los ocurridos en lugares no abiertos al tránsito público.

• Los ocurridos como consecuencia de guerras, eventos de la naturaleza u otros casos fortuitos o de fuerza mayor originados por causas ajenas a la circulación del vehículo automotor.

• El suicidio y la comisión de lesiones auto inferidas.

¿POR QUÉ ES NECESARIO EL SOAT?

El SOAT

Al comentar la trascendencia de un Seguro eminentemente Social como el SOAT debemos detenernos a pensar por un momento en los Accidentes de Tránsito y sus consecuencias de lesiones, discapacidad, muerte y dolor, que por su volumen e impacto han sido calificados por la Organización Mundial de la Salud como un problema de salud pública y que requiere, por tanto, de urgentes medidas.

OBLIGACIONES DEL TOMADOR DEL SOAT

SOAT: Definición

• Declarar el verdadero uso del vehículo automotor.

• Pagar la prima correspondiente contra entrega del correspondiente Certificado de Seguro.

• Mantener durante la vigencia de la póliza, el uso del vehículo declarado en el Certificado SOAT, debiendo comunicar por escrito a la compañía de seguros, oportunamente, cualquier variación en dicho uso. La compañía de seguros podrá modificar el Certificado de Seguros de acuerdo con el nuevo uso y cobrar o devolver la prima que corresponda.

OBLIGACIONES DEL TOMADOR DEL SOAT

• No permitir la conducción del vehículo automotor por menores de edad, personas que no posean licencia de conducir o que teniéndola no corresponda a la categoría requerida para el vehículo asegurado, personas en estado de ebriedad, de drogadicción o en situación de grave perturbación de sus facultades físicas o mentales.

• Comunicar a la compañía de seguros la transferencia de propiedad del vehículo automotor en el plazo de cinco (5) días de ocurrido el hecho.

• Formalizar por escrito el aviso de la ocurrencia del siniestro a la compañía de Seguros.

El seguro en el más estricto sentido repara el daño causado al asegurado, pero en el caso del SOAT no sólo al asegurado y a los ocupantes de un vehículo, sino también a los peatones que pudieran verse afectados por un accidente de tránsito, en atención a su esencia netamente social. En el caso del SOAT el beneficiario

SOAT: Caracteristicas

• Cubre a todas las personas que resulten víctimas de un accidente de tránsito, sin importar la causa del accidente.

• No tiene límite el número de personas que pueden ser afectadas.

• Las sumas aseguradas no se reducen con la ocurrencia de los accidentes.

• No se necesita pronunciamiento de autoridad alguna para atender a las víctimas.

• Todos los vehículos automotores que circulen por el territorio nacional deben contar con el SOAT.

• El pago de las respectivas indemnizaciones se hará sin ninguna investigación respecto a la responsabilidad en el accidente

SOAT: Beneficios

• Cubre los siguientes riesgos por cada persona, ocupante o tercero no ocupante de un vehículo automotor asegurado:

• Muerte c/u Cuatro (4) UIT S/. 16,800

• Invalidez permanente c/u hasta Cuatro (4) UIT S/. 16,800

• Incapacidad temporal c/u hasta Una (1) UIT S/. 4,200

• Gastos Médicos c/u hasta Cinco (5) UIT S/. 21,000

• Gastos de sepelio c/u hasta Una (1) UIT S/. 4,200

• (*) La UIT – Unidad Impositiva Tributaria - es equivalente a S/. 4,200

ANTECEDENTES

En 1984 el Código Civil indica que la ley determina el tipo de daño sujeto al régimen de seguro obligatorio.

• En 1986 se publica el Código de Tránsito y Seguridad Vial el cual obligaba a que todo vehículo contrate una póliza de Responsabilidad Civil.

Definiciones

• En 1995 se publican Decretos Supremos que obligan a los vehículos del Servicio Interprovincial y Urbano a contratar un seguro por accidentes de tránsito.

Accidentes de Tránsito.- Evento súbito, imprevisto y violento (incluyendo incendio y acto terrorista) en el que participa un vehículo automotor en marcha o en reposo en la vía de uso público, causando daño a las personas, sean ocupantes o terceros no ocupantes del vehículo automotor.

Compañía de Seguros.- Empresa autorizada por la Superintendencia de Banca y Seguros que otorga la póliza del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito.

• En 1999 se publica la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre en la que se incluye el SOAT.

• En el 2000, se emitió su Reglamento.

• Se puso en funcionamiento el 1° de julio del 2002

Contratante.- Persona que contrata el seguro, también llamada tomador del seguro, y se obliga al pago de la prima, pudiendo ser el propietario del vehículo automotor u otra persona que lo hubiere contratado.

Asegurado.- Persona que en su calidad de propietario del vehículo automotor o conductor, según figure en las condiciones particulares de esta póliza, deba responder por los daños personales ocasionados al ocupante o tercero no ocupante como consecuencia de un accidente de tránsito en el que haya intervenido el vehículo automotor.

Ocupante.- Persona transportada en el vehículo automotor asegurado o que está en su interior cuando permanezca en reposo y/o subiendo o bajando del mismo, que resulte víctima de un accidente de tránsito. El término ocupante comprende al conductor del vehículo automotor.

Octubre del 2019