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Transcript

1.-Declaración Universal de los DH Art. 22 ​

“Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la Seguridad Social”. ​

​2,-El Pacto Internacional Derechos Económico- Sociales y Culturales ​

Artículo 9 :“los Estados Partes en el presente Pacto: reconocen el derecho de toda persona a la seguridad social, incluso al seguro social”. ​

​3.-Carta OEA: ​

Art. 45: “los Estados miembros convienen en dedicar sus máximos esfuerzos (...) al ‘desarrollo de una política eficiente de seguridad social’​

4.-Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre ​

Art. XVI : “Toda persona tiene derecho a la seguridad social que le proteja contra las consecuencias de la vejez y de la incapacidad ​

Desde la constitución redactada en 1980, Capitulo 3, art18

"El derecho de la seguridad social

Las leyes que regulen el ejercicio de este derecho serán de quórum calificado.

La acción del Estado estará dirigida a garantizar el acceso de todos los habitantes al goce de prestaciones básicas uniformes, sea que se otorguen a través de instituciones públicas o privadas. La ley podrá establecer cotizaciones obligatorias.

El Estado supervigilará el adecuado ejercicio del derecho a la seguridad social;

• La Seguridad Social se convierte en un instrumento esencial para la garantía de las condiciones de existencia de los individuos, y por ello en el núcleo o corazón del Estado social y democrático de derecho.​

• En este sentido, si una persona no cuenta con una pensión suficiente para llevar a cabo una vida normal que le permita participar activamente de la vida política, social y cultural o si el monto de esa pensión depende completamente del desempeño que tuvo en el mercado a lo largo de su vida, a esta persona el Estado no le está asegurando su ciudadanía.​

Falta de equidad de género de sistema de previsión actual

- Las chilenas se pensionan en promedio a los 70,4% y no a los 60 años

- Los hombres se pensionan a los 69,4 en vez de los 65 años

- Las mujeres chilenas son las que más años trabajan de los países que integran esta entidad

Pensiones miserables, inferior al sueldo mínimo aun cuando se ha cotizado toda la vida.​

Obligatoriedad de estar en afp, no existe otra opción, aunque la constitución dice que si debería ​

Sistema inequitativo entre hombres y mujeres: violencia de genero.​

​Calculo de promedio de edad poco real con la esperanza de vida ​

Las empresas privadas son las únicas que se benefician, y varios políticos son inversionistas.​

El 10 % del sueldo del empleado es descotado automáticamente por el empleador para el pago de la cotización y, además un 2% destinado en el pago de la administración e insumo de cada AFP ​

¿Cumple con los principios de seguridad social este sistema de previsión? ​

¿Qué beneficios trae este sistema de previsión?​

¿Les parece que este sistema de previsión se mantenga haciendo una reforma o se debe cambiar en su totalidad?

En Chile

Bases legales de la seguridad social

Preguntas de reflexión

Contraste

¿Cumple con los principios de seguridad social este sistema de previsión? ​

¿Qué beneficios trae este sistema de previsión?​

¿Les parece que este sistema de previsión se mantenga haciendo una reforma o se debe cambiar en su totalidad?

OCDE

CARABINEROS Y PDI ​

1.-Carabineros ​

Pensiones de subtenientes hacia arriba, promedian $1.642.071 ​

Suboficiales un promedio de $563.245. ​ Número de pensiones cerca de 26.000 ​

2.- Policía De Investigaciones PDI Personal de mayor rango promedio de $ 1.403.786 ​Personal de menor rango recibe $ 646.115​ El número de jubilados 3. 394. Pueden jubilarse en promedio a los 47 años de edad ​Aprox

Objetivo

Criticas

Otros modelos

Sistema de prevision social en Chile

- Dinamarca: Publico, privado y mixto

- Perú: Similar al chileno con responsabilidad individual en un porcentaje

- No + AFP: aumento gradual a las empresas

- Socializar información de una de las demandas sociales del movimiento actual​

- Instalar la discusión dialógica como una herramienta docente de participación activa ​

- Exposición de distintos puntos de vista promoviendo la diversidad y tolerancia ​

Importancia de la seguridad social

Bases de las AFP

"La justicia social es una necesidad fundamental de las sociedades sociales"

"El primer deber de un Estado moderno es imponer la justicia social

- Capitalización Individual

- Administracion privada

- Libre eleccion de la administradora y tipos de fondo

- Rol del Estado : Garantiza acceso, superviza y regula

Qué tipo de Seg. Soc. existe en Chile

El sistema de pensiones en Chile sufrió un cambio estructural a partir de 1981. Fue uno de los pocos países del mundo donde se sustituyó completamente el sistema de reparto por un sistema de cuentas de capitalización individual (cambio de sistema de reparto solidario a uno individualista y competitivo) administradas por entidades privadas (AFP). Un cambio drástico que políticamente sólo se podía haber realizado bajo una dictadura.​

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