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Delitos contra la moral publica
artículos 135-142-c.
ELEMENTOS DEL DELITO
ULTRAJES A LA MORAL O A LAS BUENAS COSTUMBRES E INCITACIÓN A LA PROSTITUCIÓN.
SUJETOS DEL DELITO
° Activo: persona física que externa la acción u omisión típica. (Delincuente)
° Pasivo: persona física o moral sobre quien recae el daño. (Víctima u ofendido).
BIEN jurídico TUTELADO
La moral pública y la libertad sexual.
CONDUCTA
Consiste en fabricar, reproducir o publicar libros, escritos, imágenes, exhibir objetos obscenos o explotación carnal.
DOCTRINA:
Cuando alguien en algún sitio público o por cualquier medio de comunicación, haga ejecutar exhibiciones obscenas o que lo haga en privado, pero de manera que pueda ser visto por el público.
TIPICIDAD:
Es la adecuación de la conducta externada por el activo al tipo penal. Esta se da cuando el delito cumple con lo establecido en la ley.
CULPABILIDAD:
DOLO: cuando el activo actúa con plena intención de exhibir o explotar la vida del pasivo.
PUNIBILIDAD:
Se impondrán de tres meses a dos años de prisión en lo establecido en el artículo 135° del código penal del estado de Jalisco.
Cuando el delito se cometa valiéndose de alguna relación de parentesco o autoridad sobre el pasivo, la pena se aumentará en una tercera parte de la que corresponda.
Artículo 135. Se impondrán de tres meses a dos años de prisión:
I. Al que fabrique, reproduzca o publique libros, escritos, imágenes y objetos obscenos y al que los exponga o, a sabiendas los distribuya, haga circular o transporte;
II. Al que en sitio público y por cualquier medio ejecute, y haga ejecutar por otro u otros, exhibiciones
obscenas o al que lo haga en privado, pero de manera que pueda ser visto por el público;
III. Al que invite, induzca, promueva, favorezca o facilite a otro a la explotación carnal de su cuerpo; o
IV. Al que utilice una persona en espectáculos exhibicionistas y pornográficos.
Cuando el delito se cometa valiéndose de alguna relación de parentesco o autoridad sobre el pasivo, la pena se aumentará en una tercera parte de la que corresponda. (CODIGO PENAL DEL ESTADO DE JALISCO)