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Constitución española
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Normas internacionales
El Derecho de Trabajo no regula todas las actividades laborales. Para que una persona que trabaje esté sujeta al Derecho Laboral, esa actividad debe efectuarse cumpliendo una serie de características:
El término de fuente de derecho laboral es aquello de donde emana algo, fuente del Derecho será aquello de donde emana el Derecho, las normas jurídicas a través de las cuales regulan conductas.
Las fuentes del Derecho Laboral o del trabajo serán aquellas normas jurídicas que regulan las conductas de trabajadores y empresarios.
Podemos clasificar dichas fuentes en internas o externas
El contrato de trabajo tiene un contenido complejo. Da lugar a un variado conjunto de derechos y obligaciones, tanto el empresario como el trabajador. La obligación principal del trabajador es la de trabajar, prestar servicios, y la del empresario es pagar el salario.
DERECHOS LABORALES
Trabajo y libre elección de profesión u oficio.
Libre sindicación
Negociación colectiva
Adopción de medidas de conflicto colectivo
Huelga
Reunión
Participación en la empresa.
DERECHOS EN RELACIÓN CON EL TRABAJADOR.
Ocupación efectiva.
Promoción y formación profesional en el trabajo
No ser discriminados para el empleo o una vez empleados
Integridad física y una adecuada política de seguridad e higiene
Respecto a la intimidad y a la consideración debida a la dignidad
Recepción puntual de la remuneración pactada
Ejercicio individual
DEBERES LABORALES.
Cumplir las obligaciones de su puesto de trabajo, de conformidad a las reglas de la buena fe.
Observar las medidas de seguridad e higiene.
Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio regular de sus facultades.
Contribuir a la mejora de la productividad
Cuantos otros deberes deriven.
Su ámbito territorial abarca todo el territorio nacional en materia sindical y de negociación colectiva de ámbito superior a la de la comunidad autónoma.
Sala de lo Social del Tribunal Supremo Idéntica jurisdicción a la anterior pero su función es más de casación de la doctrina
La jurisdicción social es la encargada de velar por los derechos laborales y la componen todos los tribunales que permiten tutelar dichos derechos reconocidos en la normativa legal vigente en cada momento y que puede en ocasiones, se pueden ver vulnerados. Juzgados de lo social: extiende su actividad al ámbito de una de una provincia.
Salas de lo social de los Tribunales Superiores de Justicia ejercen su jurisdicción en el ámbito de la comunidad autónoma.