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Universidad Abierta y a Distancia de México

Módulo 18 Sistema penal acusatorio y oral

Unidad 2 Fase intermedia y soluciones alternas

Sesión 4 Soluciones alternas

Actividad 2: Mediación y conciliación

Alumna: Blanca Hortencia Lara Tapia

Matricula: ES162006529

Grupo: DE-DESPAO-1902-M18-002

Docente: Juana Isela Sánchez Escalente

05 de noviembre de 2019

Introducción

B

La federación como los estados mantendrán organismos que contarán con los recursos humanos y materiales necesarios para propiciar tanto la mediación como la conciliación entre las partes, lo cual también implica contar con instalaciones adecuadas para la celebración de sesiones, así como la seguridad necesaria para garantizar la confidencialidad de lo tratado en cada sesión.

C

1. Visita el órgano encargado de conciliar y mediar en asuntos penales en tu localidad, para asuntos del fuero local y federal.

El Centro de Justicia Alternativa, como dependencia del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, en el marco del acceso a la justicia, equidad de género y respeto a los derechos fundamentales, en aras de fomentar una convivencia social armónica, a través del diálogo y la tolerancia, tiene a su cargo el desarrollo y la administración eficaz y eficiente de la mediación, como método de gestión de conflictos para la solución de controversias entre particulares, cuando estas recaigan sobre derechos disponibles, sin afectar el orden público; asimismo opera como Órgano Especializado en mecanismos alternativos de solución de controversias en materia penal y en materia de justicia para adolescentes.

2. Investiga los siguientes puntos:

D

• Nombre y datos de identificación del órgano.

Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, Centro de Justicia Alternativa.

Calle Avenida Niños Héroes, No. 133, Colonia Doctores, C.P 06720, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México.

E

• Forma de organización

Las unidades administrativas del Centro serán las siguientes:

I. Dirección General;

II. Dirección de Mediación Civil-Mercantil;

III. Dirección de Mediación Familiar;

IV. Dirección de Facilitación Penal y de Justicia para Adolescentes;

V. Dirección de Mediación Privada y de Registro de Mediadores y Convenios;

VI. Subdirección de Mediación Civil-Mercantil;

VII. Subdirección de Mediación Familiar;

VIII. Subdirección de Facilitación Penal y de Justicia para Adolescentes;

IX. Unidad de Inscripción y Archivo de Convenios de Mediación;

X. Unidad de Gestión y Seguimiento, y

XI. Unidad de Atención al Público.

Asimismo, contará con los mediadores y facilitadores públicos, personal técnico y administrativo que requiera y que le sea autorizado. Dicho personal estará adscrito a las unidades administrativas conforme a la estructura orgánica que apruebe el Consejo.

• Sustento jurídico:

1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 5 de febrero de 1917. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 15 de septiembre de 2017.

2. Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. Publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 26 de julio de 1994. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 27 de junio de 2014.

3. Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal. Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de enero de 1996 y en el Diario Oficial de la Federación el 7 de febrero de 1996. Última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el 20 de agosto de 2015.

4. Ley de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal. Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, ahora de la Ciudad de México, el 8 de enero de 2008. Última reforma publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, ahora de la Ciudad de México, el 20 de agosto de 2015.

5. Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal. Publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 29 de diciembre de 2014.

• Sustento jurídico:

6. Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes. Publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 16 de junio de 2016.

7. Ley de Justicia para Adolescentes para el Distrito Federal. Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 14 de noviembre de 2007. Última reforma publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 15 de abril de 2015.

8.Código Nacional de Procedimientos Penales. Publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 5 de marzo de 2014. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 17 de junio de 2016.

9.Código Penal para el Distrito Federal. Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 29 de enero de 1931. Última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el 1 de septiembre de 2017.

F

• Funciones encomendadas

FACILITACIÓN PENAL Y DE JUSTICIA PARA ADOLESCENTES

El área de Facilitación Penal y de Justicia para Adolescentes de este Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, opera como Órgano Especializado en Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal y de Justicia para Adolescentes, es el encargado de tramitar los mecanismos alternativos (mediación, conciliación, junta restaurativa o procesos restaurativos, respectivamente).

Se atienden asuntos derivados de los siguientes Sistemas:

• Sistema Procesal Penal Acusatorio

• Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes

• Funciones encomendadas

Sistema Procesal Penal Acusatorio

  • Un Mecanismo Alternativo de Solución de Controversias en materia penal, es una vía celebrar un Acuerdo Reparatorio o un Plan de Reparación.

  • Un Acuerdo Reparatorio es un acuerdo de voluntades entre la víctima u ofendido y el imputado.

  • Un Plan de Reparación es un elemento que se considera para la aprobación de una suspensión condicional del proceso como solución alterna.

  • Un Acuerdo Reparatorio es procedente por delitos de querella o que admiten el perdón de la víctima u ofendido, culposos o patrimoniales sin violencia sobre las personas. Queda exceptuado de este tipo de salida alterna el hecho delictuoso de violencia familiar.

  • Un Plan de Reparación es procedente para la suspensión condicional del proceso cuando la media aritmética de la pena del hecho delictivo no excede de 5 años y éste Plan puede elaborarse con el apoyo de un Facilitador.

SISTEMA PROCESAL PENAL ACUSATORIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO (ADULTOS)

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Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes

Los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en materia de Justicia Penal para Adolescentes, pueden derivar en un Acuerdo Reparatorio o en un Plan de Reparación y propuesta de condiciones por cumplir para una suspensión condicional del proceso.

Los mecanismos aplicables en materia de Justicia para Adolescentes son la mediación y los procesos restaurativos (reunión de la víctima con la persona adolescente, junta restaurativa o círculos).

El Acuerdo Reparatorio y el Plan de Reparación, este último como elemento de la suspensión condicional del proceso, son procedentes por todas las conductas delictivas que no ameritan una medida de internamiento.

En ejecución de las medidas de sanción son procedentes los Procesos Restaurativos en donde la víctima u ofendido, la persona adolescente y en su caso la comunidad afectada participan activamente en este tipo de procedimiento para coadyuvar en su reintegración a la comunidad.

Los Procesos Restaurativos son procedentes para todos los hechos señalados como delitos y podrán ser aplicados a partir de que queda firme la sentencia que imponga una medida de sanción.

Sistema Acusatorio para Adolescentes

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MEDIACIÓN PRIVADA

La mediación privada, al igual que la mediación pública, es un procedimiento voluntario mediante el cual las personas, con el apoyo de un Mediador Privado, pueden comunicarse y negociar, para encontrar de manera amigable y satisfactoria la solución legal a su problema de carácter Civil-Mercantil o Familiar.

I

El Mediador Privado es un profesional certificado en los campos Civil-Mercantil y Familiar, que se encuentra en constante actualización y bajo la regulación del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México.

Es imparcial, neutral y se encarga de facilitar la comunicación entre los interesados para que puedan solucionar su problema.

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

J

1. Poder Judicial CDMX. 13. Centro de Justicia Alternativa. Recuperado de: https://www.poderjudicialcdmx.gob.mx/cja/

GRACIAS

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