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Fundado por el emperador Carlos V en 1524 para atender los asuntos de América. Tenía plena facultad de intervenir en todos los órdenes:Económico, legal, político, militar y religioso.
La conquista del Imperio azteca por Hernán Cortés y su consecuente colonización, exigieron una reorganización administrativa en el gobierno español. El primer paso del emperador Carlos V fue brindar el apoyo total al conquistador, confirmándolo como la autoridad suprema de la Nueva España, pero a la par, se vio en la necesidad de fundar nuevas instituciones para afrontar las necesidades inminentes derivadas de dicha Conquista y de las subsecuentes.
Fundada en 1503 con funciones de carácter comercial y migratorio.
Era una autoridad colegial. Su tarea principal era contribuir al asentamiento del derecho en las nuevas provincias. Fue también un contrapeso al poder tan amplio que ostentaba el virrey, ya que era también la Corte de Justicia.
Fue una institución que se encargaba de la recaudación de los impuestos por medio de los recaudadores, los cuales, estaban sujetos al Tribunal de Cuentas
Era el representante del rey. Sus títulos: gobernador (jefe de la Administración), comandante militar supremo, presidente de la Audiencia y vice-patrono de la Iglesia.
Su función era "preservar en el Nuevo Mundo el carácter carismático del dominio que, por la fe, la gracia de Dios ha otorgado al monarca". Por lo general, el virrey pertenecía a la nobleza española; el periodo de su gobierno dependía exclusivamente de la voluntad del rey.
Compuesto por alcaldes mayores u ordinarios, regidores, alguaciles y oficiales.
Constituían el órgano que gobernaba el Ayuntamiento, Municipio o Pueblo. El primer Ayuntamiento que se fundó en la Nueva España fue el de Veracruz; el segundo fue el de México, ambos creados por Hernán Cortés. Se dividen en:
a) Alcaldías Mayores: el alcalde era nombrado por el rey.
b) Alcaldías Ordinarias: El alcalde era nombrado por el Cabildo.
Al conjunto de pueblos o ayuntamientos indígenas se le llamó como "República de Indios".
Constaba de gobernador, alcaldes, regidores, alguaciles, mayordomos, escribanos y alguaciles de doctrina. En la elección de los cargos se seguía la tradición indígena, lo cual respetó Cortés desde un inicio.
Cuando el gobernador tenía tropa en su jurisdicción se le otorgaba este título y función.
Las Leyes de Indias son todas las disposiciones, estatutos, decretos y ordenanzas que se promulgaron durante los tres siglos de la Colonia, y estaban dirigidos a todos los sectores: indios, españoles y americanos eran iguales ante la ley.
Cabe mencionar que las Alcaldías no tenían el carácter actual, que son órganos de representación popular, ya que su función era eminentemente administrativa y jurídica.
Era de carácter español o indígena.