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>>DERECHO FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL<<

Equipo #5

>Expansión del Estado Federal<

Según Daniel J. Elazar, a partir de la Segunda Posguerra el mundo ha experimentado una revolución oculta: la revolución federalista.

¿Es posible formar una tipología del Estado Federal?

  • Sí es posible clasificar un Estado Federal en distintas categorías, pero en sí no es útil.
  • Común denominador para los Estados Federales: Centralizado.

>Derecho Estatal<

>Derecho Municipal<

El término estatal es un adjetivo calificativo que sirve para designar y caracterizar a todos los elementos que forman parte de una sociedad y que entran dentro de la institución política más importante de ella: el Estado.

El Estado es la institución que rige a la vida social de diversas formas pero que tiene por objetivo el manejo de cuestiones tales como la política, la economía, la cultura, la diplomacia, los actos civiles y sociales de cada región sobre la cual tiene poder.

Algunos ejemplos son las agencias de recaudación fiscal, los ministerios de justicia, educación, salud o política, las instituciones de ayuda al ciudadano, etc...

Municipio. Unidad territorial y poblacional, política y administrativamente organizada dentro de los límites de una sección de provincia en la que viven un conjunto de familias en relación de vecindad y con fines comunes.

El derecho municipal rige la organización y funcionamiento de la administración y gobierno de los grupos urbanos. Hay dos sistemas básicos de régimen comunal, con cualquiera de los cuales existirá siempre este derecho.

1. Sistema de autonomía municipal. Las autoridades son elegidas directamente por los habitantes del grupo urbano y tienen amplias facultades de gobierno propio, además de atribuciones administrativas y financieras.

2. Sistema de la dependencia administrativa. El órgano institucional del municipio existe como simple delegación del gobierno central, por lo que la municipalidad es en realidad un simple organismo administrativo.

El derecho estatal no es más que el derecho del Estado siendo el derecho positivo que conllevan a un proceso penal.

Forma de organización y funcionamiento de cada estado de la Republica, con dos limitaciones:

a) Que su organización sea en forma de gobierno representativo, popular y republicana.

b) Que sus leyes no regulen las materias que están reservadas expresamente en la federación.

>>FUENTES DE ORDEN ESTATAL<<

  • Constitución Política del Estado.
  • Leyes reglamentarias y ordinarias de orden local.
  • Reglamento de leyes locales...

>Perspectivas del Estado Federal<

  • México requiere de un federalismo solidario y distributivo que permita el desarrollo de entidades que lo necesitan con más urgencia.
  • El federalismo solidario y distributivo debe darse dentro del marco de un federalismo cooperativo, de tal manera que el gobierno federal y las entidades federativas coexistan apuntando hacia los propósitos nacionales, metas, necesidades locales y regionales.
  • Los partidos políticos debe también impulsar a este Estado para distribuir el liderazgo.

"Hacia un federalismo internacional"

• La técnica federal se presenta como la alternativa para las nuevas uniones políticas y económicas de los estados soberanos, utilizada para afrontar con éxito los retos de la modernidad.

• El éxito de esta técnica dependerá de la incorporación voluntaria y conforme de dos segmentos que la integrarán. Asumiendo fórmulas válidas y capaces de generar paz, concordia y armonía.

>Derecho Estatal<

En la República Mexicana hay 31 estados y un distrito federal estos son libres, soberanos, autónomos e independientes entre sí. Tienen la libertad de gobernar según sus propias leyes, tienen una Constitución propia que no contradice la Constitución Federal.

Dado que los estados tienen autonomía legal cada uno tiene sus propios códigos civil y penal.

La organización política de cada estado se basa en una separación de poderes que son de manera general la misma división que a nivel federal: Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

  • Poder Ejecutivo Estatal: A cargo de un Gobernador
  • Poder Legislativo Estatal: A cargo de una Cámara de diputados
  • Poder Judicial Estatal: A cargo del Tribunal Superior de Justicia

>Derecho Municipal<

Existen diversas definiciones de este tipo de derecho de acuerdo con autores como:

Adriano G. Carmona, Ives de Oliveira, Adolfo Korn Villafañe y Salvador Dana Montaño, entre otros.

Las principales ciencias municipales son:

1. Sociología Municipal

2. Ciencia Municipal

3. Administración Municipal

4. Urbanismo

* Salvador Dana Montaño menciona que el municipio debe ser estudiado en tres planos distintos:

  • Natural o Social
  • Formal o Jurídico
  • Ideal o Político

>Opiniones del derecho municipal<

  • Adolfo Korn Villafañe: “No es lícito identificar al derecho municipal ni con el derecho administrativo ni con el derecho constitucional, aunque mantiene con estas dos asignaturas acentuadas relaciones de interdependencia científica..."
  • Clodomiro Zavalía dice que el derecho municipal es al derecho público lo que la familia y la propiedad son las instituciones de derecho privado.

>Aspectos que atender en la institución municipal<

1.- Histórico- Institucional: Estudiado científicamente.

2.- Estrictamente administrativo: En donde se aplican las reglas y principios que dan forma al derecho y la ciencia de la administración.

Para defender el carácter científico del derecho municipal se debe analizar el objeto y el método según Dana Montaño y finalmente se toma en cuenta la autonomía didáctica del derecho municipal, la cual está muy discutida por su aspecto ligado a la autonomía científica.

Introducción

>Derecho Federal<

En nuestro país es muy común oír estos conceptos y básicamente se refieren al conjunto de normas jurídicas que se aplican en el ámbito de la federación, dentro del régimen de cada uno de los integrantes de la misma,-Estados soberanos que han cedido parte de su soberanía a la federación mediante el pacto constitucional- o bien, normas que tienen su ámbito espacial de validez dentro de la esfera del municipio libre en los términos del art. 115 Constitucional.

La expresión "derecho federal" es francamente polisémica; hasta ahora en la doctrina jurídica no se ha establecido la idea de existencia de derecho federal como una disciplina jurídica autónoma e independiente del derecho constitucional, el cual se encarga de estudiar, entre otras cosas, la forma de gobierno y la regulación de los poderes públicos.

Delimitación entre Estado Federal y otras fórmulas federativas.

• Existencia del Estado Federal en organizaciones complejas compuestas por miembros capaces de otorgarse su propia Constitución, órganos de gobierno y designar de manera independiente a sus titulares respetando la Constitución Nacional.

• El Estado Federal como forma del Estado y como técnica de distribución territorial del poder, constituye una fórmula superior de descentralización que no puede confundirse con los estados unitarios, complejos o descentralizados .

>El Estado Federal es dinámico<

  • Surge en 1787 en la Constitución Norteamericana, donde dicho país encarna la idea del Estado federal clásico, el cual ha sido modelo de varios países.
  • El Estado Federal es una institución esencialmente dinámica, ya que surgió de causas y exigencias distintas en condiciones diferentes, por tanto se encuentra sujeto a un proceso intenso de cambios, adaptaciones y transformaciones.

Condiciones mínimas de supervivencia del Estado Federal.

  • Amplio conjunto de factores sociales, políticos, económicos, históricos, territoriales y emocionales.
  • Según Bidart Campos el surgimiento y consolidación de este Estado debe estar basado en una predisposición natural.
  • La ausencia de sentimientos por la nacionalidad es frecuentemente causa del fracaso de este sistema.

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