Introducing
Your new presentation assistant.
Refine, enhance, and tailor your content, source relevant images, and edit visuals quicker than ever before.
Trending searches
Se crea así una ley especial cuyo objetivo es aplicar en beneficio del pueblo de Guatemala, un Régimen Nacional, Unitario y Obligatorio de Seguridad Social, de conformidad con el sistema de protección mínima" (Cap. 1°, Art. 1° LOI)
La Ley Orgánica del Instituto establece que sus órganos superiores son: (Artículo 2 de la ley orgánica del IGSS)
a) La Junta Directiva.
b) La Gerencia; y,
c) El Consejo Técnico.
Pocede contra las resoluciones emanadas de un organo administrativo superior siendo el, el organo superior.
El recurso se origina por: Procedimientos defectuosos de Contrataciones de Bienes y Servicios o por una mala resolución de conflictos por parte de la Gerencia.
Lo conoce:
Tribunales de Trabajo y Previsión Social
Junta Directiva
Gerencia
La Junta Directiva (máxima autoridad del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social)
La Gerencia
El Consejo Técnico
Procede contra las resoluciones emanadas de un rgano administrativo que tenga superior jerarquico dentro de la misma entidad autonoma o descentralizada.
Recurso de Revocatoria Art. 7 LCA y 99 LCE
Este Recurso lo conoce el Gerente del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social
Recurso de Reposición Art. 9 LCA y 100 LCE
Este Recurso lo conoce la Junta Directiva del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social.
Recurso de Apelación Art. 52 LOI
Este Recurso lo Conoce la Junta Directiva del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social y la resolución de la junta lo conocen Los Tribunales de Trabajo y Previsión Social.
Articulo 52 LOI, Articulo 17 LCA. Y Articulo 100 CPRG (último párrafo)
Son los medio legales de control directo que tienen los particulares para impugnar las resoluciones administrativas.