El derecho a la huelga en el campo del derecho laboral Colombiano.
La Corte Constitucional ha tratado el tema del derecho a la huelga desde dos perspectivas:
(i) la huelga como derecho
(ii) los límites al derecho a la huelga.
Social
huelga
Primera huelga en Colombia
Entre el 16 y el 21 de febrero de 1910 estalla una huelga general de braceros portuarios, obreros de la construcción, ferroviarios y transportistas fluviales en la región de Barranquilla, Puerto Colombia y Calamar (Colombia).
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Procedimiento para la declaración de una huelga
LA HUELGA
ARTICULO 449. La huelga sólo suspende los contratos de trabajo por el tiempo que dure. El patrono no puede celebrar entre tanto nuevos contratos de trabajo para la reanudación de los servicios suspendidos, salvo en aquellas dependencias cuyo funcionamiento sea indispensable a juicio del respectivo Inspector del Trabajo, para evitar graves perjuicios a la seguridad y conservación de los talleres, locales, equipos, maquinarias o elementos básicos, y solamente en el caso de que los huelguistas no autoricen el trabajo del personal necesario de esas dependencias.
Efectos jurídicos de las huelgas
La huelga como derecho
Rafael Pardo, ministro del Trabajo.
Que es la Huelga?
la huelga
Art. 429. código sustantivo del trabajo:- Definición de huelga. Se entiende por huelga la suspensión colectiva temporal y pacífica del trabajo, efectuada por los trabajadores de un establecimiento o empresa con fines económicos y profesionales propuestos a sus patronos y previos los trámites establecidos en el presente título.
fines de la huelga
Decisión de los Trabajadores
- huelga de solidaridad
- huelga simbólica
- huelga política
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Los fines de la huelga se encuentran íntimamente ligados con el sindicalismo, y por ello, según la tendencia doctrinal, así serán considerados esos fines. La huelga no es una finalidad sino un medio. Nació por las mismas causas de la asociación profesional y del derecho colectivo del trabajo. La ausencia de una reglamentación especial y la indiferencia del Estado frente a las relaciones laborales, determinaron la urgente necesidad de usar ese medio para que los trabajadores hicieran justicia por su propia mano. Su razón de ser es la búsqueda de un orden jurídico justo en las relaciones obrero-patronales
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- primera época:en 1791, se promulgo la ley Chapelier
- segunda época:practicaba la filosofía del ―dejad de hacer ― ―dejad pasmad‖
- tercera época:las huelgas se fueron incrementando y vinieron entonces la huelgas de solidaridad.
- cuarta época: BERGUER es el primero de quien se tiene noticia en sostener que la huelga es un derecho
Art.444.Concluida la etapa de arreglo directo sin que las partes hubieren logrado un acuerdo total sobre el diferendo laboral, los trabajadores podrán optar por la declaratoria de huelga o por someter sus diferencias a la decisión de un Tribunal de Arbitramento.La huelga o la solicitud de arbitramento serán decididas dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la terminación de la etapa de arreglo directo, mediante votación secreta, personal e indelegable, por la mayoría absoluta de los trabajadores de la empresa, o de la asamblea general de los afiliados al sindicato o sindicatos que agrupen más de la mitad de aquellos trabajadores.
Conforme lo expresa el artículo 429 del CST y la SS, se infiere que son titulares del derecho de huelga en Colombia los trabajadores dependientes que no presten servicios públicos esenciales.
• Suspensión colectiva
.grupo de trabajadores
.declarar la suspensión de actividades
• Suspensión temporal
.sea colectiva y temporal
.limite de prolongación del tiempo
• Suspensión concertada
.acuerdo voluntad de los trabajadores
.intencion de suspender el trabajo
• Realizada por los trabajadores
antecedentes históricos y evolucion