Loading…
Transcript

LA FE ES UN ESTADO MENTAL QUE PUEDE SER CONDICIONADO A TRAVES DE LA AUTO-DISCIPLINA. LA FE SE PUEDE CONSEGUIR.

(BRUCE LEE)

MANIPULACIÓN DE LA CARGA

MANIPULACIÓN MANUAL DEL MANEJO DE CARGA

Cualquier operación de transporte o sujeción de una carga por parte de uno o varios trabajadores, entendiendo por operación el conjunto de acciones de levantamiento, colocación, empuje, tracción, transporte o desplazamiento, pudiendo considerar el almacenamiento como fin de este proceso

ARTICULO 2

ARTICULO 3

La presente resolución se aplicará como marco general a las vías nacionales, departamentales, metropolitanas, distritales y municipales ya sean ellas rurales o urbanas.

.AREA METROPOLITANA

.CARGA INDIVISIBLE

.CARGA EXTRAPESADA

.CARGA EXTRADIMENSIONADA

.EQUIPO MODULAR

.EQUIPO BRUTO VEHICULAR

.PESO POR EJE

Para la interpretación y aplicación de la presente resolución, además de las previstas en la Ley 769 de 2002 y en la Resolución número 004100 del 28 de diciembre de 2004, se tendrán en cuenta las siguientes definiciones.

MANUTENCIÓN O MANIPULACIÓN MECÁNICA DE CARGAS

Conjunto de operaciones de manutención (levantamiento, transporte, descarga) o cambio de lugar de cualquier material por métodos mecánicos, es decir, mediante equipos de manutención, tales como carretillas automotoras, puentes-grúa, accesorios y transportadores.

ARTICULO 4

ARTICULO 6

ARTICULO 5

Los equipos que se utilicen para el transporte de ca rgas indivisibles, extrepesadas y extradimensionadas, no podrán superar cuando estén cargados los pesos máximos por eje autorizados por el Ministerio de Transporte.

Las autoridades competentes para la expedición de los permisos para el transporte de carga extradimensionada aplicarán los siguientes parámetros:Longitud, anchura, altura.

La facultad de conceder o negar los permisos para el transporte de carga que exceda las dimensiones de los vehículos de carga autorizados para la circulación por las vías públicas del país corresponde, en las vías a cargo de la Nación, al Instituto Nacional de Vías ya sean estas concesionadas o no concesionadas, en el primer caso, en coordinación con el Instituto Nacional de Concesiones.

CARGA

Cualquier objeto susceptible de ser movido cuyo peso exceda de 3 kg .

ARTICULO 7

.DIMENSIONES

.COLORES

.NUMERO DE AVISOS

.MATERIAL

.TEXTO

.LETRA DE TEXTO

.SEÑALES LUMINOSAS DE PELIGRO

Los avisos o señales a que se hace referencia en el artículo 6° tendrán las siguientes características y serán de uso obligatorio durante la circulación:

La manipulación manual de cargas es responsable,

en muchos casos, de la aparición de fatiga física, o

bien de lesiones, que se pueden producir de una

forma inmediata o por la acumulación de pequeños

traumatismos aparentemente sin importancia.

LEY 4959

ARTICULO 1

“Por la cual se fijan los requisitos y procedimientos para conceder los permisos para el transporte de cargas indivisibles extrapesadas y extradimensionadas, y las especificaciones de los vehículos destinados a esta clase de transporte”

La presente resolución tiene por objeto reglamentar la competencia, los parámetros y los procedimientos del trámite de los permisos para transportar cargas indivisibles, extrapesadas y extradimensionadas por las vías nacionales, departamentales, metropolitanas, distritales o municipales, así como las especificaciones de los vehículos que se destinen a esta clase de transporte y las medidas técnicas que se deben adoptar para la protección de la infraestructura vial y de seguridad vial y manejo del tránsito para garantizar la movilización segura de las personas, de los usuarios de las vías y de la carga a transportar.