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Le corresponde cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo la formulación de la política fiscal, administración de los ingresos fiscales, gestión de financiamiento interno y externo, ejecución presupuestaria y registro, control y administración de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado.
Órgano Fiscalizador:
Asimismo, la fiscalización (tributos) de los bancos del sistema y del sistema financiero nacional, se encuentra a cargo de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT).
SUPERINTENDENCIA DE BANCOS (SIB)
Órgano Supervisor
De conformidad con el artículo 133 de la Constitución de la República de Guatemala, la Superintendencia de Bancos es el órgano de supervisión de las instituciones bancarias. La cual está organizada conforme a la ley, (Ley de Supervisión Financiera) es el órgano que ejercerá la vigilancia e inspección de bancos, instituciones de crédito, empresas financieras, entidades afianzadoras, de seguros y las demás que la ley disponga.
Es el responsable de fijar y desarrollar las políticas que regulan la Administración Financiera de los Recursos del Estado, de administrar en forma eficiente, equitativa y racional el Presupuesto de Ingresos y Egresos del Estado
• Cumplir y hacer cumplir la política general y los deberes asignados al Banco de Guatemala.
• Acordar, interpretar y reformar los reglamentos del Banco de Guatemala.
• Acordar el presupuesto del Banco de Guatemala.
• Nombrar y remover al gerente del Banco de Guatemala.
• Fijar y modificar los encajes de los Bancos.
• Fijar y modificar las tasas de interés del Banco de Guatemala.
• Fijar las tasas máximas de interés en operaciones pasivas y activas de los Bancos
• Junta Monetaria
• Banco de Guatemala
• Superintendencia de Bancos
• Bancos del Sistema
• Financieras
• Aseguradoras
• Afianzadoras
• Almacenes Generales de Depósito
• Otras Instituciones
• Presidente y Vicepresidente nombrados por el Presidente de la República.
• Los Ministros de Finanzas Públicas, Economía y de Agricultura.
• Un representante del Congreso de la República.
• Un representante de los Bancos Privados.
• Un representante de las Asociaciones y Cámaras Comerciales, Industriales, Agrícolas y Ganaderas (CACIF).
• Un representante de la Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC).
Mercado Bursátil: Es aquel que se desarrolla dentro de una Bolsa de Comercio, cumpliéndose con la reglamentación que para ese efecto haya sido emitida por dicha Bolsa.
Mercado Extrabursátil: Es aquel que se realiza fuera de la Bolsa de Comercio y que por esa razón, no estaba sujeto, hasta antes de estar en vigencia la Ley, a reglamentación alguna.
Empresas Exportadoras:
Son entidades que se dedican a canalizar la producción de mercancías nacionales para su exportación, adquieren la mercadería de los propios productores para ser vendida en el extranjero. En algunos casos los mismos productores son los que exportan sus productos.
Prestamistas Particulares:
Son personas individuales que de sus propios fondos ofrecen crédito sin mayores trámites particulares y/o empresas, con el objetivo de tener una mayor rentabilidad.
REGISTRO DE VALORES Y MERCANCIAS:
El ministerio de Economía de Guatemala es el responsable del registro de mercado de valores y mercancías, este último tiene como objeto el registro de los actos que realicen y contratos que celebren, las personas que intervienen en los mercados bursátil y extrabursátil.
Organizaciones no Gubernamentales:
Conocidas con nombre de “ONG's”. Son entidades dedicadas a la captación de recursos internaciones, cuyo origen principalmente son donativos, que serán destinados básicamente para un fin social.
Off Shore:
Instituciones constituidas en el extranjero, principalmente en países que se consideran paraísos tributarios, es decir, que no se pagan ningún impuesto por intermediación financiera. Son entidades que son utilizadas por varios bancos para captar recursos en moneda extranjera y así proporcionar otro tipo de servicios a sus clientes.
Cooperativas de Ahorro y Crédito:
Entidades que obtienen recursos de sus asociados por medio de ahorros periódicos para poder realizar diferentes operaciones comerciales con el objeto de obtener un rendimiento colectivo en beneficio de sus afiliados.
EMISORAS DE TARJETAS DE CREDITO:
Instituciones jurídicas constituidas normalmente como Sociedades Anónimas que se dedican a la captación de recursos para ser destinados al financiamiento de compra de bienes y servicios a través de Tarjetas de Crédito, normalmente son empresas afiliadas a los Bancos del Sistema.
Financieras Comerciales o Financiadoras:
Personas jurídicas constituidas normalmente como sociedades anónimas que se dedican a captación de recursos y colocación de fondos.
Son instituciones constituidas legalmente como Sociedades Mercantiles, generalmente sociedades anónimas. No están reconocidas, ni son autorizadas por la Junta Monetaria como instituciones financieras y como consecuencia, no son fiscalizadas por la Superintendencia de Bancos, su autorización responde a una base de tipo general legislada básicamente en el Código de Comercio.
OTRAS INSTITUCIONES
Pueden considerarse entre otras instituciones:
Casas de Cambio. Son instituciones que se dedican exclusivamente a la compra-venta de moneda extranjera, deben constituirse como sociedades anónimas, con capital mínimo de Q. 650,000, asignado exclusivamente a operaciones cambiarias.
ALMACENES GENERALES DE DEPOSITO
Son empresas que tienen el carácter de instituciones auxiliares de crédito, cuyo titular debe ser una sociedad anónima guatemalteca, cuyo objeto es el depósito, la conservación y custodia, el manejo y la distribución, la compra y venta por cuenta ajena de mercancías o productos de origen nacional o extranjero y la emisión de los Títulos-Valor ó Títulos de Crédito.
AFIANZADORA
Obligación por escrito que compromete a una o más partes como fiadores de otra u otras.
BANCOS DEL SISTEMA
Clases de Fianzas que pueden emitirse:
• De Fidelidad (A)
• Judiciales (B)
• Administrativas de Gobierno (C)
• Administrativas de Particulares (PA)
ENTIDADES ASEGURADORAS DE HIPOTECAS
Empresas dedicadas al aseguramiento de hipotecas mediante la emisión de un seguro de hipoteca y/o fianza de pago.
FINANCIERAS
ASEGURADORAS
Instituciones Bancarias. Únicamente las entidades debidamente autorizadas podrán legalmente efectuar, dentro del territorio de la República, negocios que consistan en el préstamo de fondos obtenidos del público mediante el recibo de depósitos o la venta de bonos, títulos u obligaciones de cualquier otra naturaleza, y serán consideradas para los efectos legales como instituciones bancarias.
Las sociedades financieras son instituciones bancarias que actúan como intermediarios financieras especializados en operaciones de banco de inversión, promueven la creación de empresas productivas mediante la captación y canalización de recursos internos y externos de mediano y largo plazo.
Es la empresa especializada en el seguro, cuya actividad económica consiste en producir el servicio de seguridad, cubriendo determinados riesgos económicos (riesgos asegurables) a las unidades económicas de producción y consumo.
Las Funciones del Banco de Guatemala se clasifican en dos formas que son:
• Funciones de Orden Interno
• Funciones de Orden Internacional
Este sistema además del ente fiscalizador, está conformado por:
El Superintendente de Bancos, es nombrado por el Presidente Constitucional de la República.
Superintendencia de Bancos
BANCO DE GUATEMALA
Es una entidad de carácter técnico especializada que se rige por las disposiciones contenidas en las leyes bancarias, financieras y otras aplicables, que le encomienden la vigilancia e inspección de instituciones o empresas del sector financiero del país.
Es el agente financiero del Estado que tiene por objeto principal promover la creación y el mantenimiento de las condiciones monetarias, cambiarias y crediticias más favorables al desarrollo ordenado de la economía del país.
El sistema financiero de Guatemala tiene dos segmentos:
En un sentido general para un país, está formado por el conjunto de instituciones, medios y mercados, cuyo fin primordial es canalizar el ahorro que generan los prestamistas o unidades de gasto con superávit hacia los prestatarios o unidades de gasto con déficit, así como facilitar y otorgar seguridad al movimiento de dinero y al sistema de pagos.