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La función de la pena es restablecer el daño o perjuicio causado. Esto puesto que al cometer el delito se esta afectando el orden social por lo que la pena debe buscar volver a ese orden.
1.Teoría de reparación: el delito genera un daño y este debe ser pagado con el daño que la pena produce a un delincuente
2.Teoría de la retribución: se inspira en Immanuel Kant,
"El castigo judicial no puede nunca ser usado como mero medio para promover otro bien, ya sea en favor del criminal mismo o de la sociedad civil, sino que debe en todos los casos imponérsele bajo el sustento de que se ha cometido un crimen.
LA RESPUESTA DEBER SER JUSTA FRENTE AL DELITO
En lo corrido de la historia se han evidenciado un gran cambio en lo que concierne a las funciones de la pena iniciando con la retribución en base al dolor, y terminando como hoy se conoce buscando la resocialización.
La función de la pena es la dirección que tiene la sanción que se le da a una conducta punible.
Eberhard Schmidhäuser y Claus Roxin. son sus principales representares
Esta teoría combina fines preventivos y retributivos
La prevención general apunta en general a los individuos de una sociedad desde dos perspectivas:
POSITIVA: Defensor de esta teoría es el alemán Günther Jakobs esta teoría apunta a reafirmar el cumplimiento de la norma, que se quebranta cuando un tercero comete un delito.
NEGATIVA: impulsada por Von Feuerbach, esta teoria apunta a evitar al individuo el cometer la conducta prohibida imponiendo un castigo en la ley.
Gracias!!
Los delitos eran considerado acciones lesivas individuales, las cuales debían ser castigadas. Dicho castigo lo asignaba la persona afectada; es decir la justicia era tomada por su propia mano.
esto nos lleva a la primera función de la pena que fue:
SATISFACER LA SED DE VENGANZA
se genera un cambio entre el pago de la pena en base al dolor a buscar de nuevo la adaptación de la persona en sociedad y el pago de los perjuicios.
Función de la pena:
RE-ADAPTACIÓN DEL DELINCUENTE A LA SOCIEDAD Y PREVENCIÓN
Teoría preventiva especial
Esta teoría busca evitar que quien haya cometido una conducta punible vuelva a intentar cometerla en un futuro. siendo esta teoría dirigida al individuo y no a la sociedad.
Esta teoría busca prevenir futuros delitos,siendo el PREVENCIONISMO la base de la teoría del relativismo.
el prevencionismo se divide en dos:
1.el prevencionismo general: dirigido a la sociedad como un todo.
2. el prevencionismo especial, dirigido al individuo que cometió el delito.
Ambas tienen subdivisiones, prevención positiva o negativa, dependiendo del enfoque que tenga.
En el libro "Principios del Derecho Criminal" de Enrico Ferri explica que este tipo de venganza no solo buscaba castigar a quien cometiese el delito sino evitar que otros lo cometiesen por miedo al castigo.
Los perjuicios no solo debían pagarse a la persona que fue víctima sino a la sociedad en general
Prevención especial en sentido estricto: busca evitar el riesgo de la sociedad frente al sujeto criminal, dándole bases para evitar la reincidencia.
Peligrosidad criminal: evita que el delincuente tenga conductas repetitivas evitando que sea un peligro para la sociedad
Inicia con la confusión entre los términos delito y pecado ; El delito pasa a ser una ofensa divina. la cual debería ser juzgada bajo la justicia divina y no terrenal.
LA PENA ERA UN MODO DE EXPIACIÓN
El delito empezó a ser conocido como una agresión de carácter social. la pena paso a ser proporcional al delito pero su crueldad se mantenía.
la función de la pena en esta época fue:
VENGANZA PUBLICA
Expiación:
Pago o reparación de las culpas mediante la realización de algún sacrificio:
Ejemplo: vivir solo en el monte como expiación de sus pecados
La pena era la representador del interés del pueblo. y era elegida según el designio del poder del pueblo
La Biblia, el código Manu, Y Corán eran las leyes de la época .
Prevenir frente al evitar que el individuo en sociedad genere la conducta punible al saber de la existencia de un castigo.
Esta directamente ligada con la prevención especial
evitar que el condenado vuelva a reincidir en la conducta que le otorgo a pena
Este frente a que la pena no solo se vea como un castigo sin como una forma de enseñarle al individuo a volver a adaptarse a la sociedad
Maneja los mismo criterios que en nuestro país pero agregándole el hecho de que la pena debe ser un ejemplo para los demás individuos demostrando que cada conducta punible es efectivamente castigada
Articulo 4: (Código Penal) Funciones de la pena. La pena cumplirá las funciones de prevención general, retribución justa, prevención especial, reinserción social y protección al condenado.
La prevención especial y la reinserción social operan en el momento de la ejecución de la pena de prisión.
Sentencia C- 806 del 2002: Al respecto de la finalidad de la pena, ha señalado esta Corte que, ella tiene en nuestro sistema jurídico un fin preventivo, que se cumple básicamente en el momento del establecimiento legislativo de la sanción, la cual se presenta como la amenaza de un mal ante la violación de las prohibiciones; un fin retributivo, que se manifiesta en el momento de la imposición judicial de la pena, y un fin resocializador que orienta la ejecución de la misma, de conformidad con los principios humanistas y las normas de derecho internacional adoptadas.
La retribución se basa en la relación daño causado-condena. buscando la proporcionalidad entre la conducta y la pena.
evitar cualquier riesgo que tente contra su vida o integridad personal dentro y fuera del centro carcelario.
No busca la protección simplemente del acusado como en nuestro país sino también proteger a la sociedad del peligro que genera al acusado.
Pena
Conducta
“sólo son compatibles con los derechos humanos penas que tiendan a la resocialización del condenado, esto es a su incorporación a la sociedad como un sujeto que la engrandece, con lo cual además se contribuye a la prevención general y la seguridad de la coexistencia, todo lo cual excluye la posibilidad de imponer la pena capital”.
Nos permitiremos dar una explicación sobre las funciones de la pena en Colombia basandonos en:
* Evolución
*Teorías
*Jurisprudencias colombianas
*Tratados interamericanos
*Derecho comparado
Sentencia C- 595- 1993 La función de la pena debe examinarse en el momento estático de su descripción legislativa y en el dinámico de su efectiva aplicación. En el primero, la pena cumple una función preventiva (para que los asociados se abstengan de realizar el comportamiento delictivo so pena de incurrir en la imposición de sanciones), mientras en la segunda, la potestad punitiva del Estado se hace presente mediante la imposición de la pena en concreto, con la represión que implica castigar efectivamente, con el rigor requerido, aquellos delitos abominables
Dicha comisión parte de la siguientes premisas:
1.Que el artículo 4 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos reconoce el derecho a la vida y restringe la aplicación de la pena de muerte.
2. Que la aplicación de la pena de muerte produce consecuencias irreparables que impiden subsanar el error judicial y eliminar toda posibilidad de enmienda y rehabilitación del procesado.
Artículo 1
Los Estados partes en el presente Protocolo no aplicarán en su territorio la pena de muerte a ninguna persona sometida a su jurisdicción.
El concepto refiere a un castigo que se aplica a la persona que viola una norma o una regla.
El actual código penal Colombiano es la lay 599 de 2000
Del latín poena, una pena es la condena, la sanción o la punición que un juez o un tribunal impone, según lo estipulado por la legislación, a la persona que ha cometido un delito o una infracción.