Historia del Derecho Laboral en México
Concepto
Trabajo: Se le denomina a toda aquella actividad ya sea de origen manual o intelectual que se realiza a cambio de una compensación o económica, por las labores concretadas.
El Derecho Laboral es un derecho protector de la clase trabajadora, a su vez busca el equilibrio de los factores de producción, capital y trabajo, al garantizar que las fuentes de empleo y la productividad permitan un nivel de vida digno al trabajador y su familia.
Art. 5°
Art. 123°
- Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social para el trabajo, conforme a la ley.
- A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que se le acomode, siendo lícitos.
- Nadie podrá ser privado del producto de su trabajo, si no por resolución jurídica.
Historia
Problemática actual el México
- México Prehispánico
- México Colonial
- México Independiente
- México Revolucionario
- México Post-Revolucionario
- México Actual
Condiciones inseguras y precarias
- MÉXICO ACTUAL (1970- A LA FECHA)
• MÉXICO COLONIAL (1521-1821)
• MÉXICO PREHISPÁNICO (-1521)
- MEXICO POST REVOLUCIONARIO
(1917-1970)
• MÉXICO INDEPENDIENTE (1821-1910)
San Luis Potosí (1915)
- Fijación de salarios mínimos.
- Después de un lapso de casi 40 años de vigencia, la ley de 1931 fue abrogada, y en su lugar se aprobó, en 1970 la Ley Federal del Trabajo.
- En su texto presenta avances notorios en relación a la de 1931, pues es un derecho más moderno, tomando en consideración los casi 40 años que separan a una de la otra.
- La Encomienda.
- Recopilación de Leyes de de Indias 1680 en materias laboral establecía:
Veracruz (Ley Cándido Aguilar 1918 )
- Jornada máxima de 9 horas
- Descanso semanal
- Salario mínimo
- Se aceptaba la teoría del riesgo profesional.
1929 Se federalizó la legislación del trabajo, mediante una reforma constitucional, retirando el Congreso de la Unión esta facultad a los Estados.
Yucatán (1915)
- Base para el art. 123
- Jornadas de trabajo
- Descansos y días festivos
- Salario
- El trabajo de la mujer
- Protecciones laborales del menor
- Crear las Juntas de Conciliación y Arbitraje como órganos jurisdiccionales.
- Conglomerados de civilizaciones interrelacionadas (artesanos y campesinos).
- No existían relaciones y condiciones de trabajo antes de la conquista de los españoles, según la interpretación que existe en la realidad de esa época.
- Jornadas de trabajo excesivas (18 hrs.) y salarios muy bajos.
- En la constitución de 1857 Ignacio Ramírez e Ignacio Vallarta hablaron a favor de los derechos trabajadores.
“nadie puede ser obligado a prestar trabajos personales sin una justa retribución y sin su pleno consentimiento” y el de “libertad de asociación”.
El derecho del trabajo en nuestros tiempos debe ser un derecho real, que contenga las normas que en realidad se requieren para estructurar y regir las relaciones presentes.
Hasta el 2006 esta ley ha sufrido 24 reformas.
- El art 5º ha sufrido 4 reformas (28 de enero de 1992)
- El art 123 ha reformado en 23 ocasiones (24 de agosto del 2009)
José Natividad Macías
Pastor Rouaix Méndez
1) Jornada máxima de 8 horas.
2) Descansos semanales.
3) Pago del salario en efectivo.
4) Protección a mujeres embarazadas.
5) Prohibición a trabajar a los menores de 14 años.
6) Protección contra labores insalubres.
7) Obligación de proporcionar habitaciones a los indígenas
- La Secretaría de Industria, Comercio y Trabajo elaboró un proyecto, que se discutió primero en el Consejo de Ministros y luego en el Congreso de la Unión.
- Así el 18 de agosto de 1931 surgió la Ley Federal del Trabajo.
“GRAN CIRCULO DE OBREROS”.
En 1870 con la llegada de Porfirio Díaz.
Introducción del capitulo “Capital de trabajo”.
ley federal del trabajo
Los artículos que se incluyeron en la constitución de 1917 en materia laboral, 5º y 123 .
- Inició la inversión extranjera.
- Explotación de los recursos naturales.
- Exportación dentro y fuera del país.
- En Europa surge la Revolución Industrial 1820-1840 (Inglaterra)
- Globalización,
- Integración económica,
- y Empresas Transnacionales
1906 : Huelga en Cananea, Sonora, que fue aplastado por el gobierno con una violencia cruenta y vergonzosa además de contar con la ayuda de tropas estadounidenses.
Huelga en Río Blanco, Veracruz, también reprimida por el gobierno.
En la época de opresión porfirista hubo dos legislaciones estatales que constituyen puntos positivos para la aparición del derecho del trabajo:
a) Estado de México (Ley Vicente Villada) En los riesgos de trabajo, el patrón debería prestar la atención médica necesaria y pagar salario a la víctima hasta por tres meses.
b) Nuevo León (Ley Bernardo Reyes ) Los accidentes de trabajo, definiéndolo como el que ocurre a los empleados y operarios en el desempeño de su trabajo o en relación de él.
México ingreso a la OIT el 12 de septiembre de 1931 y lo ratifica en su constitución en el articulo 133 en el que el constituyente mexicano, reconoce la normas contenidas en los tratados internacionales dentro del sistema jurídico nacional mexicano.
C104-
SOBRE EL DESCANSO SEMANAL (INDUSTRIAL) 1921
C105-
SOBRE LA ABOLICIÓN DEL TRABAJO FORZOSO, 1957
C100-
SOBRE IGUALDAD DE REMUNERACIÓN, 1951
C135-
SOBRE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES, 1951
C126-
SOBRE LOS MÉTODOS PARA LA FIJACIÓN DE SALARIOS MÍNIMOS, 1928
C111-
SOBRE LA DISCRIMINACIÓN, 1951
C152-
SOBRE VACACIONES PAGADAS
C182-
SOBRE LAS PEORES FORMAS DE TRABAJO INFANTIL,1999
C169-
SOBRE PUEBLOS INDÍGENAS Y TRIBALES
Gracias...