.FISCALIA:
Corresponde a la Fiscalía General de la Nación, de oficio o mediante denuncia o querella, investigar los delitos y acusar a los presuntos infractores ante los juzgados y tribunales competentes. Se exceptúan los delitos cometidos por miembros de la Fuerza Pública en servicio activo y en relación con el mismo servicio. Para tal efecto la Fiscalía General de la Nación deberá:
1. Asegurar la comparecencia de los presuntos infractores de la ley penal, adoptando las medidas de aseguramiento. Además, y si fuere del caso, tomar las medidas necesarias para hacer efectivos el restablecimiento del derecho y la indemnización de los perjuicios ocasionados por el delito.
2. Calificar y declarar pre incluidas las investigaciones realizadas.
3. Dirigir y coordinar las funciones de policía judicial que en forma permanente cumplen la Policía Nacional y los demás organismos que señale la ley.
4. Velar por la protección de las víctimas, testigos e intervinientes en el proceso.
5. Cumplir las demás funciones que establezca la ley.
El Fiscal General de la Nación y sus delegados tienen competencia en todo el territorio nacional.
La Fiscalía General de la Nación está obligada a investigar tanto lo favorable como lo desfavorable al imputado, y a respetar sus derechos fundamentales y las garantías procesales que le asisten.
https://colombiamashumana.wordpress.com/entidades-que-defienden-los-derechos-humanos-en-colombia/
ICBF: el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar tiene por objeto fortalecer la familia y proteger al menor de edad, recibe denuncias y orienta los procesos relacionados con las responsabilidades y las acciones de las familias.
La Policía Nacional garantiza la protección integral de los niños, niñas y adolescentes a través de un cuerpo especializado denominado policía de Infancia y Adolescencia, su función es hacer cumplir las normas y las decisiones que protegen a la niñez
Es una organización semi-autónoma ya que pertenece al sistema de las Naciones Unidas, pero cuenta con su propio cuerpo de gobierno. Dentro de este sistema es una de las entidades encargadas de la protección y promoción del derecho de los niños alrededor del mundo, de satisfacer sus necesidades básicas y de aumentar las oportunidades que se les ofrece para que puedan alcanzar plenamente sus potencialidades.
• Contraloría General de la Nación. Vigila la gestión de los dineros públicos por parte de los funcionarios públicos y de los particulares que manejan fondos o bienes de la nación.
• Procuraduría General de la Nación. Es la entidad encargada de vigilar que se cumpla la Constitución, se aplique En las leyes, las decisiones judiciales y los actos administrativos. Debe velar por los Derechos Humanos y defender los intereses de la sociedad, incluyendo los de carácter colectivo, como los que se refieren al medio ambiente. Así mismo, la procuraduría vigila la conducta oficial de los funcionarios públicos, inclusive los de elección popular, como alcaldes y concejales. Tiene el deber de investigar y sancionar disciplinariamente a aquellos funcionarios que incumplan la Constitución y las leyes.
1. Las Naciones Unidas y los defensores de los derechos humanos
El 9 de diciembre de 1998, con el voto favorable de Colombia, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos . Ella destaca que la responsabilidad primordial y el deber de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales incumbe al Estado. También reconoce el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover el respeto y el conocimiento de estos derechos y libertades en el plano nacional e internacional.
La mencionada Declaración enuncia, entre otros, los siguientes derechos y deberes :
- El derecho a estudiar y debatir si tales derechos tienen reconocimiento en la ley y en la práctica.
- El derecho a denunciar las acciones y omisiones que se estimen violatorias de esos derechos.
- El derecho a participar en actividades pacíficas contra las violaciones de los mismos derechos.
- El derecho a presentar críticas y propuestas antes las entidades gubernamentales y estatales, y a llamar la atención sobre cualquier actuación de la autoridad que pueda obstaculizar su labor, o impedir la promoción, protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales.
- El derecho a la protección del Estado frente a toda violencia, amenaza, represalia, discriminación, negativa de hecho o de derecho, presión o cualquier otra acción arbitraria que afecte el ejercicio legitimo de sus derechos.
- El derecho a una eficaz protección legal al reaccionar u oponerse, por medios pacíficos, a las acciones u omisiones imputables a los Estados que violen los derechos humanos y las libertades
De acuerdo con la Consejería Presidencial para los Derechos Humanos, estas son algunas de estas instituciones
• Personerías municipales. El personero es el representante de la comunidad, encargado de ejercer la defensa de los Derechos Humanos. Recibe las quejas que le presente cualquier persona sobre situaciones violatorias de Derechos Humanos. Informa inmediatamente a las autoridades sobre los hechos ocurridos e inicia la acción correspondiente
ante la justicia.
a las organizaciones no gubernamentales, con el propósito de dialogar con sus representantes y voceros.
La Oficina espera que prontamente se puedan llevar a cabo estas reuniones, con el fin de desarrollar diálogos constructivos que abran nuevos espacios de intercambio, reflexión y concertación entre las autoridades gubernamentales y las organizaciones de la sociedad civil en general y, en particular, los defensores de los derechos humanos.
La Oficina reconoce el carácter valioso de la labor cumplida por aquellos hombres y mujeres que, en forma individual o como integrantes de una organización civil, contribuyen en Colombia a la promoción, defensa y protección de los derechos humanos.
https://reliefweb.int/report/colombia/colombia-la-importancia-de-la-protecci%C3%B3n-y-defensa-de-los-defensores-de-los-derechos
• Defensoría del Pueblo. Es la entidad encargada de defender y promoverlos Derechos Humanos de todos los ciudadanos. Está adscrita al Ministerio Público y por lo tanto hace parte de los organismos de control del Estado. Cualquier persona puede presentar ante ella solicitudes y quejas sobre violaciones y amenazas a sus derechos o los de la comunidad.
fundamentales, y a los actos de violencia perpetrados por individuos o grupos particulares que afecten el disfrute de esos derechos y libertades.
- El deber y la responsabilidad de toda persona, individualmente o en grupo, a proteger la democracia, promover los derechos humanos y las libertades fundamentales, y contribuir al fomento y progreso del Estado de derecho.
- El deber y la responsabilidad de toda persona a contribuir, individual o colectivamente, a la promoción de un orden social e internacional en el que los derechos y libertades enunciados en la Declaración Universal de Derechos Humanos y otros instrumentos de derechos humanos puedan tener aplicación.
2. El Estado y los defensores de los derechos humanos
A la luz de la Declaración de la Asamblea General ya citada, las relaciones entre el Estado y los defensores de los derechos humanos deben desarrollarse dentro de un marco pacífico de respeto y deferencia que permita, en todo tiempo, la práctica del diálogo, el reconocimiento del pluralismo y el más amplio cultivo de la tolerancia.
El mantenimiento de ese marco se hace especialmente necesario en países con alto grado de polarización como Colombia, donde la generalización de la violencia y la degradación del conflicto armado interno causan, desde hace muchos años, la reiterada victimización de los defensores de los derechos humanos.
En este contexto, las autoridades p=FAblicas deben esforzarse siempre en crear un ambiente distendido y de mutua confianza que permita abrir los espacios de interlocución necesarios para escuchar e incorporar en las políticas p=FAblicas los valiosos aportes de los defensores de los derechos humanos.
3. Directivas nacionales y recomendaciones internacionales sobre la protección de los defensores de los derechos humanos
La protección efectiva de los defensores de los derechos humanos ha sido recomendada al Estado colombiano por numerosos órganos y mecanismos internacionales. Entre los de las Naciones Unidas son de mencionar el Alto Comisionado para los Derechos Humanos, la Comisión de Derechos Humanos, el Comité de Derechos Humanos, los Relatores Especiales sobre la tortura y las
ENTIDADES NACIONALES E INTERNACIONALES QUE PROTEGEN LOS DERECHOS HUMANOS