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Beneficios del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS)

Acuerdos 1123 y 1118 de Junta Directiva

¿Qué es un beneficio?

Patrono es toda persona individual o jurídica, que emplea los servicios de trabajadores en virtud de un contrato o relación de trabajo.

Base Legal

- Bien que se hace a una persona o a una cosa.

- Mejora que experimenta una persona o una cosa gracias a algo que se le hace o se le da.

Es una institución autónoma, de derecho público, con personería jurídica propia y plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones, cuya finalidad es la de aplicar en beneficio del pueblo de Guatemala un régimen nacional, unitario y obligatorio de seguridad social de conformidad con el sistema de protección mínima.

Articulo 100. Seguridad Social.

El Estado reconoce y garantiza el derecho a la seguridad social para beneficio de los habitantes de la Nación.

Su régimen se instituye como función pública, en forma nacional, unitaria y obligatoria.

Todo patrono que ocupe 3 o más trabajadores, esta obligado a inscribirse en el régimen de seguridad social.

Creación y Objeto

Requisitos de Afiliación

Programas:

EMA (Enfermedad, Maternidad y Accidente)

Enfermedad:

El programa de enfermedad del instituto, otorga subsidio en dinero al afiliado por incapacidad temporal en el trabajo.

Requisitos:

Tener acreditados 3m o periodos de contribución dentro de los 6m calendario inmediatamente anteriores al mes que inicia la incapacidad temporal.

Documentos que se debe presentar:

- Certificado de trabajo

- Carne de afiliación

- DPI

Requisitos para primera consulta

Presentarse a la oficina de la admisión en la sección de Registros micos con los siguientes documentos:

Primera consulta afiliado:

- DPI

- Carne de afiliación al IGSS

- Certificado de Trabajo

Primera consulta beneficiaria esposa o compañera:

- Carne de afiliación de la beneficiaria

-Certificado de trabajo del esposo

- DPI de la beneficiaria

- DPI del esposo

Accidente

IPLENA ( IncorporaciónPlena de la Niñez y la Adolescencia)

El subsidio se reconoce a partir del segundo día de ocurrido el accidente y hasta el día exclusive en que el médico tratante de alta al afiliado a trabajar.

El objetivo es ampliar los beneficios a niños y adolescentes, hijos de afiliados, de forma gradual y sostenible, con el fin de contribuir a la economía de los afiliados y tutelar la buena salud de los futuros ciudadanos.

PRECAPI (Protección para Trabajadora de casa particular)

Maternidad

Documentos que debe presentar:

- Certificado de trabajo

- Carne de afiliación

- DPI

Requisitos:

- Tener vigencia laboral a la fecha de ocurrido el accidente

- tener acreditados 3m o periodos de contribución

El programa brinda protección en los riesgos de maternidad, accidentes y control del niño sano.

Estado o circunstancia de la mujer que ha sido madre.

Requisitos:

- Haber contribuido en 3m o periodos, dentro de los 6m calendario anteriores al inicio del descanso del pre y del post natal en el caso de la maternidad la afiliada recibe el 100% del salario durante su descanso de 30d antes y 54 después del parto.

Documentos que se deben presentar:

- Carne de afiliación

- Certificado de trabajo con 3m o periodos anteriores al mes de descanso de pre y post natal

- DPI

- Cuando ocurra un caso de aborto expontáneo o terapéutico, se concede subsidio hasta por un plazo máximo de 27d contados a partir de la fecha del aborto siempre que se declare incapacidad temporal.

Gracias por su atención!!

Trabajador es la persona individual que presta sus servicios materiales, intelectuales o de ambos géneros, en virtud de un contrato o relación de trabajo.

- Completar el formulario DRTP-59

- Fotocopia DPI, certificación de nacimiento en caso de ser menor de edad y pasaporte en caso de ser extranjero

Pensión por Riesgo de Sobrevivencia

La sobrevivencia el es estado en que quedan los beneficiarios dependientes económicos al fallecimiento del asegurado o pensionado.

Documentos:

- Original y fotocopia del carne de afiliación

- Certificación de matrimonio

- Original y fotocopia del Nit

- Certificación de partida de Nacimiento de los hijos

Requisitos:

- A la fecha del fallecimiento el asegurado debe tener acreditado por lo menos 36 meses de contribución en los 6a inmediatamente anteriores

- A la misma fecha del fallecido, hubiere tenido derecho a la pensión

- Si el fallecimiento es causado por accidente, mientras este afiliado al Igss para calificar al derecho deberá tener vigente su relación de trabajo

- Pensión min de 60% del promedio de sus salarios reportados durante los últimos 5a laborados

- 2/3 partes del salario diario por incapacidad debido a enfermedad o accidente

- Cuota mortuoria en caso de fallecimiento de filiado

Pensionado

Esposa o compañera

Hijos menores de 18a

Pensión por riesgo de invalidez

El departamento de medicina legal y evaluación de incapacidades es el encargado de evaluar al asegurado y establecer el grado de invalidez para emitir el dictamen.

Que es Seguridad Social?

Documentos:

- Original y fotocopia del carne

- Original y fotocopia del NIT

- Certificación de matrimonio

- Deberá llenar y presentar hoja con detalle de historial de trabajo

Requisitos:

- Hacer la solicitud de pensión

- Ser declarado invalido

- Haber cotizado al programa de IVS mínimo 36m de contribución efectivos dentro de 6a al primer día de invalidez

- Si la invalidez es causada por accidente mientras el trabajador esta afiliado, para calificar el derecho deberá tener vigente su relación de trabajo

El afiliado podrá recibir atención médica en las unidades asistenciales del Igss tanto en consulta externa como en hospitalización, rehabilitación, tratamiento psicológico y social. Se proporcionara aparatos ortopédicos y protésicos cuando el médico tratante lo indique.

Pensión por riesgo de Vejez

IVS (Invalidez, Vejez, Sobrevidencia)

La edad mínima para pensionamiento por el riesgo de vejez, es de 60 años.

Documentos:

- Original y fotocopia del carne de afiliación

- Certificación de matrimonio

- Original y fotocopia de NIT

- Certificación de partida de nacimiento

Requisitos:

- A la fecha del fallecimiento el asegurado debe de tener 36m de contribución en los 6a inmediatamente anteriores

- A la misma fecha del fallecido, hubiere tenido derecho a pensión

Programas

Es la protección que una sociedad proporciona a los individuos y los hogares para asegurar el acceso a la asistencia médica y garantizar la seguridad del ingreso, en particular en caso de vejez, desempleo, enfermedad, invalidez, accidentes del trabajo, maternidad o pérdida del sostén de la familia.

Beneficios

Contribuciones de Trabajadores al Igss

El régimen de seguridad social comprende protección y beneficios en caso de que ocurran los siguientes riesgos de carácter social:

a) Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales;

b) Maternidad;

c) Enfermedades generales;

d) Invalidez;

e) Orfandad;

f) Viudedad;

h) Muerte (gastos de entierro

g) Vejez;

i) Los demás que los reglamentos determinen.

Contribuciones por Programa

Contribuciones por Programa:

En el Igss los trabajadores son el centro de todas las iniciativas

Acuerdo 1118. Art. 3. El patrono esta obligado a descontar de las contribuciones de seguridad social a sus trabajadores, para enterarlas al Instituto junto con la contribución patronal, dentro del plazo reglamentario.

El incumplimiento de lo anterior dará lugar a que el instituto inicie las acciones judiciales correspondientes.

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