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Transcript

a) Planear, organizar, dirigir, normar y racionalizar las inscripciones de su competencia

b) Registrar los nacimientos, matrimonios, divorcios, defunciones y demás actos que

modifiquen el estado civil de las personas, así como las resoluciones judiciales o administrativas

que a ellos se refieran susceptibles de inscripción y los demás actos que señale la ley

c) Emitir las constancias de inscripción correspondientes

d) Preparar y mantener actualizado el padrón electoral en coordinación con la Oficina

Nacional de Procesos Electorales

e) Proporcionar al Jurado Nacional de Elecciones y a la Oficina Nacional de Procesos

Electorales la información necesaria para el cumplimiento de sus funciones

f) Mantener el Registro de Identificación de las personas

g) Emitir el documento único que acredita la identidad de las personas, así como sus

duplicados

h) Promover la formación de personal calificado que requiera la institución

i) Colaborar con el ejercicio de las funciones de las autoridades policiales y judiciales

pertinentes para la identificación de las personas, dejando a salvo lo establecido en el inciso

siguiente y en los incisos 1), 5) y 6) del Artículo 2 de la Constitución Política del Perú

j) Velar por el irrestricto respeto del derecho a la intimidad e identidad de la persona y

los demás derechos inherentes a ella derivados de su inscripción en el registro

k) Garantizar la privacidad de los datos relativos a las personas que son materia de

inscripción

l) Implementar, organizar, mantener y supervisar el funcionamiento de los registros

dactiloscópico y pelmatoscópico de las personas

m) Brindar, durante los procesos electorales, la máxima cooperación a la Oficina

Nacional de Procesos Electorales, facilitando el uso de su infraestructura material y humana

n) Cumplir las demás funciones que se le encomiende por ley

o) Realizar la verificación de la autenticidad de las firmas de adherentes para la

inscripción de toda organización política, así como para el ejercicio de los derechos políticos

previstos por la Constitución y las leyes

1. Aprobar su organización interna y su presupuesto.

2. Formular y aprobar el plan de desarrollo regional concertado con las municipalidades y

la sociedad civil.

3. Administrar sus bienes y rentas.

4. Regular y otorgar las autorizaciones, licencias y derechos sobre los servicios de su

responsabilidad.

5. Promover el desarrollo socioeconómico regional y ejecutar los planes y programas

correspondientes.

6. Dictar las normas inherentes a la gestión regional.

7. Promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquería,

industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, vialidad, comunicaciones,

educación, salud y medio ambiente, conforme a ley.

8. Fomentar la competitividad, las inversiones y el financiamiento para la ejecución de

proyectos y obras de infraestructura de alcance e impacto regional.

9. Presentar iniciativas legislativas en materias y asuntos de su competencia.

10. Ejercer las demás atribuciones inherentes a su función, conforme a ley.

1. Aprobar su organización interna y su presupuesto.

2. Aprobar el plan de desarrollo local concertado con la sociedad civil.

3. Administrar sus bienes y rentas.

4. Crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos

municipales, conforme a ley.

5. Organizar, reglamentar y administrar los servicios públicos locales de su

responsabilidad.

6. Planificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la

zonificación, urbanismo y el acondicionamiento territorial.

7. Fomentar la competitividad, las inversiones y el financiamiento para la ejecución de

proyectos y obras de infraestructura local.

8. Desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de educación, salud, vivienda,

saneamiento, medio ambiente, sustentabilidad de los recursos naturales, transporte

colectivo, circulación y tránsito, turismo, conservación de monumentos arqueológicos e

históricos, cultura, recreación y deporte, conforme a ley.

9. Presentar iniciativas legislativas en materias y asuntos de su competencia.

10. Ejercer las demás atribuciones inherentes a su función, conforme a ley

Concepto

Forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país

ENFOQUES SOBRE LA DESCENTRALIZACIÓN

Organismo Autónomo Constitucional con atribuciones exclusivas y excluyentes en materia registral, técnica, administrativa, económica y financiera

Teoría Pluralista

Descentralización como política pública

Descentralización como grado o nivel de autonomía

La Nueva Derecha y la Descentralización

Teoría de las Élites

DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS

Descentralización como forma de organización territorial del Estado

Teoría Marxista

  • Existe respondiendo a la necesidad de administrar y dirigir el sistema registral de los peruanos
  • Es la Entidad de Certificación Digital en el Sector Público
  • En épocas electorales, la única participación del RENIEC es la de proporcionar el padrón electoral inicial al Jurado Nacional de Elecciones

Se descentralizan las competencias y las funciones en cuyo ejercicio se quiere potenciar la participación, la cooperación y la integración de los ciudadanos

La descentralización se justificará cuando la gestión más próxima a los ciudadanos suponga una mejora sensible de la calidad del servicio público

Regiones

Municipalidades Provinciales y Locales

Territorio de la República

DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS

Descentralización Hoy

El elemento complementario y principal de la distribución de competencias es la asignación de recursos a los niveles de gobierno.

Se crean sobre la base de áreas contiguas integradas histórica,

cultural, administrativa y económicamente, conformando unidades geoeconómicas

sostenibles

El diseño de los impuestos por niveles de gobierno debería seguir el principio del beneficio, que consiste básicamente en sostener que aquellas personas que se benefician deberían así mismo pagar los servicios que le ofrece el nivel de gobierno determinado

Órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.

EJE INSTITUCIONAL

Integrado por regiones, departamentos,

provincias y distritos, en cuyas circunscripciones se constituye y organiza el gobierno a

nivel nacional, regional y local

EJE ECONÓMICO

La estructura orgánica del gobierno local la conforman el Concejo Municipal como órgano normativo y fiscalizador y la Alcaldía como órgano ejecutivo, con las funciones y

atribuciones que les señala la ley

Tienen autonomía política, económica y

administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin

interferir sus funciones y atribuciones.

EJE POLÍTICO

FORMA DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN

Estructura Orgánica

Bienes y Rentas

La descentralización territorial, no es solamente una distribución administrativa del poder, es el reconocimiento a la población de un territorio de elegir entre sus miembros las autoridades que se harán responsables de determinadas competencias.

  • Consejo Regional como órgano normativo y fiscalizador
  • Presidente Regional como órgano ejecutivo
  • Consejo de Coordinación Regional como órgano consultivo y de coordinación con las municipalidades
  • Los bienes muebles e inmuebles de su propiedad.
  • Las asignaciones y transferencias específicas para su funcionamiento, que se establezcan en la Ley Anual de Presupuesto.
  • Los tributos creados por Ley a su favor.
  • Los derechos económicos que generen por las privatizaciones y concesiones que otorguen,y aquellos que perciban del gobierno nacional por el mismo concepto.
  • Los recursos asignados del Fondo de Compensación Regional.
  • Los recursos asignados por concepto de canon.
  • El producto de sus operaciones financieras y las de crédito interno concertadas con cargo a su patrimonio propio. Las operaciones de crédito externo requieren el aval o garantía del Estado, y se sujetan a la ley de endeudamiento público.
  • Sus ingresos propios y otros que determine la ley

Historia

Competencia

  • Los bienes muebles e inmuebles de su propiedad.
  • Los tributos creados por ley a su favor.
  • Las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos creados por Ordenanzas
  • Municipales, conforme a ley.
  • Los derechos económicos que generen por las privatizaciones, concesiones y servicios
  • que otorguen, conforme a ley.
  • Los recursos asignados del Fondo de Compensación Municipal, que tiene carácter
  • redistributivo, conforme a ley.
  • Las transferencias específicas que les asigne la Ley Anual de Presupuesto.
  • Los recursos asignados por concepto de canon.
  • Los recursos provenientes de sus operaciones financieras, incluyendo aquellas que
  • requieran el aval del Estado, conforme a ley.
  • Los demás que determine la ley.

Competencia

Época Colonial

Descentralización en el Perú

Código Civil 1852

Reforma institucional dirigida a mejorar la gobernabilidad en el país, mediante transferencia de facultades, atribuciones, obligaciones y responsabilidades del gobierno central a los gobiernos regionales y locales para ejercer un rol activo en la elaboración y ejecución de políticas articuladas en beneficio de los ciudadanos.

Libreta Electoral

ORGANIZACIÓN TERRITORIAL

RENIEC

Cualquier descentralización territorial requiere la división del territorio del Estado en áreas; hay varios criterios a tener en cuenta para definir las áreas: a) Base comunitaria, b) Eficiencia, c) Administrativo o gerencial, d) Técnico, e) Social

Ley Nº 27680

El actual proceso de descentralización se inició en el 2002

Establece una forma de organización democrática que constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio

El proceso de descentralización se realiza por

etapas, en forma progresiva y ordenada

Los Poderes del Estado y los Organismos Autónomos así como el Presupuesto de la República se descentralizan de acuerdo a ley.

La descentralización territorial demanda la creación de entidades que se encarguen del gobierno y la administración en las divisiones territoriales. La descentralización de poder político es inseparable de la creación de instituciones locales.

Sistema Registral

RELACIONES INTERGUBERNAMENTALES

Más que control, lo que debe existir es una interacción entre los niveles de gobierno. Esta interacción se expresa en cooperación, pactos y competencia. Por tanto, el estudio de las relaciones intergubernamentales debería enfocarse en las redes de actores antagónicos pero interdependientes.

Se basa en:

a) Marco jurídico que uniformice los procedimientos en todas las oficinas registrales

b) Generación del liderazgo del RENIEC.

c) Unidad de criterio del sistema, y la correcta aplicación de las normas.

d) Mejor formación de los registradores materia técnico registral.

e) Reconocimiento de la función registral como una actividad de interés nacional.

f) Eliminación progresiva de la inscripción registral informal.

Funciones

Descentralización

Misión

Registrar la identidad, los hechos vitales y los cambios de estado civil de las personas; participar del Sistema Electoral; y promover el uso de la identificación y certificación digital, así como la inclusión social con enfoque intercultural

Organización

VALORES

OBJETIVOS GENERALES

Con el Servicio

Visión

"Fortalecer la ciudadanía y el desarrollo equitativo del país como la entidad de registro del Estado peruano que garantiza a las personas su condición de sujetos de derecho; genera confianza y seguridad jurídica; y promueve el gobierno electrónico a través de la

tecnología de información y comunicaciones"

• Mejora del Servicio.

• Atención a Sectores Vulnerables.

• Innovación y Uso Intensivo de Tecnología.

Con las Personas

De los Trabajadores

PRINCIPALES PROBLEMAS QUE ENFRENTA LA RENIEC

INDOCUMENTACIÓN

Organización Gerencial:

• Jefatura Nacional.

• Sub Jefatura Nacional.

• Secretaría General.

• Gerencias.

• Sub Gerencias.

• Jefaturas Regionales.

• Jefaturas de Departamento.

BARRERAS POLÍTICAS

BARRERAS ADMINISTRATIVAS

BARRERAS LEGISLATIVAS

BARRERAS ECONÓMICAS

BARRERAS GEOGRÁFICAS

DISCRIMINACIÓN POR GÉNERO

EL CONFLICTO ARMADO INTERNO

Estructura Orgánica

a) Alta Dirección

- Jefatura Nacional

- Consejo Consultivo

- Gerencia General

b) Órganos de Línea

- Oficina central

- Oficinas registrales

c) Órganos de Asesoramiento

- Gerencia de informática, estadística y planificación

- Gerencia de asesoría jurídica

d) Órganos de Apoyo

- Gerencia de administración

- Gerencia de presupuesto

e) Órganos de Control

- Oficina General de Control Interno

Inscripciones en el registro

i) Las resoluciones que declaren la nulidad del matrimonio, el divorcio, la separación de

cuerpos y la reconciliación;

j) El acuerdo de separación de patrimonio y su sustitución, la separación de patrimonio

no convencional, las medidas de seguridad correspondientes y su cesación;

k) Las declaraciones de quiebra;

l) Las sentencias de filiación;

m) Los cambios o adiciones de nombre;

n) El reconocimiento de hijos;

o) Las adopciones;

p) Las naturalizaciones y la pérdida o recuperación de la nacionalidad;

q) Los actos que, en general, modifiquen el estado civil de las personas, las resoluciones

judiciales o administrativas susceptibles de inscripción y los demás actos que la ley señale.

Se inscriben en el Registro del Estado Civil:

a) Los nacimientos;

b) Los matrimonios;

c) Las defunciones;

d) Las resoluciones que declaran la incapacidad y las que limitan la capacidad de las

personas;

e) Las resoluciones que declaren la desaparición, ausencia, muerte presunta, la

ausencia por desaparición forzada y el reconocimiento de existencia de las personas.

f) Las sentencias que impongan inhabilitación, interdicción civil o pérdida de la patria

potestad;

g) Los actos de discernimiento de los cargos de tutores o curadores con enumeración de

los inmuebles inventariados y relación de las garantías prestadas, así como cuando la tutela o

curatela acaba, o cesa en el cargo el tutor o curador;

h) Las resoluciones que rehabiliten a los interdictos en el ejercicio de los derechos

civiles;

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