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Es colaborar temporalmente con las actividades de la empresa usuaria
Afiliación de trabajadores al Sistema de Seguridad Social Integral. Las Empresas de Servicios Temporales están obligadas a afiliar y a pagar los aportes parafiscales y los aportes a los Sistemas de Seguridad Social en Salud, Pensiones y Riesgos Profesionales, de acuerdo con las disposiciones legales que regulan la materia.
En las Empresas de Servicios Temporales, los trabajadores son de dos categorías:
Son aquellos que la EST envía a las dependencias de sus usuarios a cumplir tarea o servicio contratado. Ejm: Personas que van a hacer reemplazos.
DECRETO No. 3769
DE 2004
DECRETO 1530
DE 1996
LEY 50 DE 1990
(Art. 71...)
DECRETO 4369
DE 2006
Los contratos deben ser por escrito y en ellos se hará constar que la EST se sujetará a lo establecido en el Código Sustantivo del Trabajo para elpago de los salarios, las prestaciones sociales y demás derechos de los trabajadores.
Toda Empresa de Servicio Temporal debe estar autorizada por el Ministerio de la Protección Social.
No existe un vínculo laboral directo entre quien presta el servicio y quien lo recibe.
Se denomina usuario, toda persona natural o jurídica que contrate los servicios de las empresas de servicios temporales. (Art. 73 Ley 50 de 1990)
DE 1995
DE 2002
Debe existir un contrato de prestación de servicios.
Entre la empresa de servicios
temporales y la empresa usuaria
Existe un contrato de trabajo, con aplicación de la normatividad contenida en el Código Sustantivo del Trabajo.
Entre la empresa de servicios temporales y el trabajador en misión
Entre la empresa usuaria
y el trabajador en misión
Existe un vínculo que no constituye contrato pero que genera derechos
DE 1998
DE 2002
DE 2006
Control de Costos: Los costos laborales para las empresas, se simplifican notoriamente con el apoyo en las EST.
Eliminación de costos fijos de personal: mediante la externalización, los costos fijos se convierten en variables.
Rapidez de respuesta.
Eliminación de tareas y costos (altas, bajas, contratos, seguros sociales, etc…)
Deja la búsqueda y selección de personal en manos expertas.
Elimina los costos de liquidaciones, ausentismo, improductividad etc.
Libera recursos internos para realizar otras actividades.
Ventajas en términos financieros
de Justicia
25717 de 2006
Sen. Consejo de Estado
14535 del 07 de Junio
de 2006
Ninguna Empresa de Servicios Temporales puede usar una razón social que induzca a error o confusión con otra ya existente. Dispone de dos (2) meses contados a partir de la ejecutoria de la resolución para cambiar el nombre.
la Empresa de Servicios Temporales, es aquella que contrata la prestación de servicios con terceros beneficiarios para colaborar temporalmente en el desarrollo de sus actividades, por personas naturales, contratadas directamente por la Empresa de Servicios Temporales.
Su objetivo principal es la Prestación de Servicios.
El objeto social de las Empresas de Servicios Temporales, en palabras del Consejo de Estado, es el de "enganchar y remitir personal", que requieran otras personas naturales o jurídicas, denominados usuarios, a través de un contrato mercantil.
Mediante el Decreto 4369 de Diciembre de 2006, se actualizo la normatividad basada en criterios de Protección Socio-Laboral.
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