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Tasas de Aportacion

Tasa de aportación para los trabajadores autónomos y sin relación de dependencia y de los afiliados voluntarios

Tasa de aporte para los trabajadores en general, así como los trabajadores del sector privado bajo relación de dependencia, los miembros del clero secular las trabajadoras domésticas, operarios y aprendices de artesanía y los de la construcción.

Tasa de aportación para los trabajadores temporales de la industria azucarera

Tasa de aportación para los servidores públicos, incluido el magisterio y los funcionarios y empleados de la Función Judicial o de otras dependencias que prestan servicios públicos. Mediante remuneración variable, en forma de aranceles o similares.

Tasa de aportación para los funcionarios del servicio exterior residentes en el

extranjero

Tasa de aportación para los empleados bancarios, municipales y de entidades públicas descentralizadas; notarios, registradores de la propiedad y registradores mercantiles.

Ley de seguridad Social

Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS)

Gracias por su atención

Es una entidad autónoma que forma parte del sistema de seguridad social del Ecuador y es responsable de aplicar el seguro universal obligatorio, según la Constitución de la República, vigente desde el año 2008.

La Constitución señala que la seguridad social es un derecho irrenunciable de todas las personas. La seguridad social se rige por los principios de solidaridad, obligatoriedad, universalidad, equidad, eficiencia, subsidiaridad, suficiencia, transparencia y participación

Art.15 CALCULO DE APORTACIONES

Para el cálculo del aporte de los trabajadores con relación de dependencia, se toma en cuenta a todo ingreso regular y susceptible de apreciación pecuniaria, percibido por el trabajador, que en ningún caso será inferior a la establecida por el IESS.

Existen ingresos del trabajador que constituyen materia gravada o materia NO gravada del IESS.

¿Cómo calcular el aporte al IESS?

Se suma la remuneración mensual del trabajador (incluye montos por sueldo, comisiones, horas extra y bonos mensuales).

Se multiplica el valor resultante por 0,0945 (correspondiente al 9,45% aporte personal) y el 0,1115 ( correspondiente al 11,15 % aporte patronal )

El resultado se descuenta del salario mensual del trabajador.

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR

FACULTAD DE ECONOMÍA

CONTABILIDAD

LEY DE SEGURIDAD SOCIAL

TASAS DE APORTACION

GRUPO#

Carolina Mancheno

Juan Quinatoa

Lisette Ojeda

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